Cómo exportar vinos desde la Argentina al mundo por primera vez
Recién cuando el producto está debidamente probado en el mercado local, conviene dar los pasos necesarios para encarar una venta en el exterior
Noticia publicada en La Nación
Exportar no es más que una venta realizada a un sujeto que se encuentra en el exterior. Aplican, además de las normas comunes del comercio y el transporte, las del transporte internacional, el Código Aduanero, la Ley Penal Cambiaria y otras relacionadas al tipo de producto.
Como en todo emprendimiento, se suele comenzar con un producto básico, vendiendo a amigos, familiares y allegados y, si éste tiene éxito, sus progenitores empiezan a pensar en generar divisas y ofrecerlo más allá de nuestras fronteras. Entonces aparecen algunos conceptos como las famosas “Incoterms”, siglas como FOB y CIF que se refieren a cláusulas comunes en el comercio internacional y que definen la aceptación por parte de vendedor y comprador de riesgos y costos involucrados en la operación comercial.
Ya sea que las oportunidades provengan de algún contacto, la contratación de vendedores especializados o a través de la participación en alguna feria internacional, es cuestión de tiempo que la primera venta se concrete. ¿Qué hace falta hacer para no “fracasar con todo éxito”?
Primero, estar inscripto como exportador ante la Afip-DGA y el Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV). Cada trámite puede implicar no más de 2 semanas, y es clave tener el asesoramiento de especialistas en las normas y requisitos que aplican esos organismos.
La operativa de declaración de exportaciones de vinos se encuentra dentro de la Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (Vucea), integrando los controles tanto de la Aduana como el INV. El objetivo de la Vucea es permitir a los operadores involucrados en una misma operación que cumplan con todos los trámites asociados, proporcionando información y documentos de manera estandarizada, con un único punto de entrada.
El disparador del proceso es la declaración aduanera, comúnmente llamado “Permiso de Embarque” que contiene los datos de la mercadería, las cantidades, los valores, el país de destino, etc. Para eso es necesario detallarlos en una factura proforma, la que luego se transformará en una factura definitiva. También se deben incluir ciertos códigos relacionados al varietal, la marca registrada en el INV y la añada (o año de cosecha), datos que luego serán confirmados y complementados en la Vucea por el exportador o su representante. En paralelo y luego de ser oficializado el Permiso de Embarque, la mercadería puede ingresar al depósito fiscal de exportación, que es una zona donde la aduana ejerce su control.
Con toda esa información, siempre y cuando sean correctos y exista saldo disponible de cantidades del análisis de exportación, el INV desbloqueará el permiso y puede ser presentado ante el servicio aduanero. En ese momento es cuando el exportador y el despachante toman conocimiento de cuál es el canal de selectividad asignado por el sistema, que puede ser verde, en cuyo caso no habrá más controles o bien naranja para el control documental y rojo para la verificación física de la mercadería, lo que necesariamente implicará un costo adicional.
Próximo paso
Si todo se encuentra en orden, la carga está lista para salir rumbo al exterior, ya sea vía puertos chilenos o bien por el Puerto Buenos Aires. Aquí es importante detenerse en la logística de transporte. Salvo que la venta sea a países limítrofes, donde el transporte será vía camión, al tratarse de poca cantidad de cajas, es común que el cliente del exterior haya organizado, a través de un agente de cargas de su país, con un representante en el nuestro, el armado de un embarque consolidado, es decir, compuesto por varios exportadores. Para este último también conviene que cuente con experiencia en el procedimiento y en general de otros aspectos logísticos, lo que puede incluir material de acomodación y protección, la selección de un contenedor adecuado para el transporte de alimentos y los controles que ejercerá la aduana en las fronteras para lograr el cumplido de la exportación en tiempo y forma. De lo contrario se pueden agregar costos no contemplados inicialmente, los que en la práctica siempre estarán a cargo del exportador.
Con la carga sobre el buque, se debe enviar el documento de transporte (llamado Bill of Lading o BL) que dará la titularidad de la misma frente a las autoridades aduaneras en el país de destino y los documentos sanitarios requeridos por el cliente extranjero. También se puede autorizar a la compañía naviera que entregue el BL original de manera electrónica (express release) si se deseara y fuera posible evitar un envío vía Courier.
Ingreso de divisas
Con el pago del cliente se deberá realizar el trámite ante el banco comercial para el ingreso de las divisas, al tipo de cambio oficial del día de su liquidación. Recordemos que actualmente rige un estricto control de plazos para su ingreso, que en el caso de ventas de vino a clientes no vinculados es de 180 días desde la fecha efectiva de salida de la mercadería del país. Esto es requisito para el cobro del reintegro, que actualmente es del 7% sobre el valor FOB. Si bien la exportación de vino requiere del pago de derechos de exportación, las ventas incrementales o los envíos mediante el régimen de Exporta Simple, están exceptuadas.
Decidir exportar representa un desafío porque además de capital, como en cualquier plan comercial, implica riesgos, que se reducen mediante una adecuada preparación y el asesoramiento profesional. Conocer cuáles son los actores dentro de una operación, el rol y las responsabilidades que la legislación les confiere, serán la clave para evitar confusiones y para que los costos se encuentren dentro de lo planificado.
Por Martín Clement