Causa Sobresueldos: Nos opusimos a pedidos de prescripción
La Oficina Anticorrupción (OA), en su rol de querellante, solicitó que se rechacen los pedidos de prescripción de la acción penal presentados por las defensas del ex subsecretario de la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE), Ricardo Díaz Luján, y del ex Director de Finanzas del mismo organismo, José Luis Losada López, en el marco de la Causa N° 5713/11, en trámite ante el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 2, donde se investiga el sistema de pago de sobresueldos a funcionarios mediante sumas procedentes de fondos reservados previstos para fines de inteligencia y seguridad de Estado.
Según el planteo formulado por la defensora oficial que representa a ambos ex funcionarios, la acción se encontraría prescripta, bajo el argumento de que la permanencia del ex Presidente de la Nación Carlos Menem como senador nacional desde 2005 no podría tenerse en cuenta para la suspensión del plazo de prescripción. Ello por considerar que la condena impuesta a Menem en diciembre pasado por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 4 (en la causa N° 1706) supondría que éste no pudo ejercer influencias (que es el tópico considerado por la causal de suspensión) para impedir el avance del proceso.
Ante dicho planteo, la OA respondió que “la circunstancia de que el Dr. Menem haya sido finalmente condenado por su intervención en el sistema de pago de sobresueldos a funcionarios con fondos reservados no permite concluir en la ausencia absoluta de influencias vinculadas al cargo de Senador, en el tiempo anterior a tal veredicto”. Además, señaló que Díaz Luján y Losada López fueron convocados a prestar declaración indagatoria con anterioridad a que se dictara la condena contra Menem, por lo que “no es posible que una condena impuesta un año y medio más tarde sirva para descartar la objetiva y potencial influencia del cargo ostentado por Menem”. En este sentido, la Oficina Anticorrupción afirmó que a partir de estas convocatorias a declaración indagatoria “se perfeccionó una de las causales interruptivas contempladas en la ley vigente”, por lo que “se concluye que a la fecha no se ha cumplido el plazo de diez años que corresponde aplicar al caso”.
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Solicitamos rechazar el pedido de prescripción de Ricardo Díaz Luján (0.15 MB)
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