ANMAT prohíbe dos aceites de oliva de la marca AMADA TERRA MÍA
La medida fue tomada por carecer de los registros sanitarios correspondientes.
ANMAT informa a la población que, a partir de la Disposición Nº 1275/2025, se ha prohibido la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea de los siguientes productos productos:
- Aceite de oliva - marca Amada Terra Mía, Calidad Superior (RNE N° 02035449; RNPA N° 02700480)
- Aceite de oliva - marca Amada Terra Mía, Calidad Superior (RNE N° 13005560; RNPA N° 025-13033228)
La medida aplica para cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento. La decisión fue tomada luego de verificar que dichos productos carecían de registros sanitarios de establecimiento y producto, y se encontraban falsamente rotulados al exhibir números de RNPA y RNE pertenecientes a otros productos y establecimientos, resultando ser en consecuencia productos ilegales.
Por lo expuesto, y al no poder garantizarse la calidad e inocuidad, la ANMAT recomienda a la población que se abstengan de consumir el producto arriba mencionado.