Presidencia de la Nación

Anhídrido ftálico y DOP - Cierre - Expte. 2016.090

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO
Resolución 45/2018
RESOL-2018-45-APN-MPYT

ARTÍCULO 1°.- Procédese al cierre de la investigación que se llevara a cabo para las operaciones de exportación hacia la REPÚBLICA ARGENTINA de Anhídrido Ftálico originario de los ESTADOS UNIDOS MEXICANOS y de la REPÚBLICA DE COREA, que clasifica en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 2917.35.00, sin la aplicación de derechos antidumping definitivos.
ARTÍCULO 2°.- Procédese al cierre de la investigación para las operaciones de exportación hacia la REPÚBLICA ARGENTINA de Ortoftalato de di-2-etilhexilo (DOP) originario de la REPÚBLICA DE CHILE, que clasifica en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 2917.32.00, exportado por la firma PANIMEX QUÍMICA LTDA., sin la aplicación de derechos antidumping definitivos.
ARTÍCULO 3°.- Procédese al cierre de la investigación para las operaciones de exportación hacia la REPÚBLICA ARGENTINA de Ortoftalato de di-2-etilhexilo (DOP) originarias de la REPÚBLICA DE COREA, que clasifica en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 2917.32.00, y fíjase para dichas operaciones un derecho AD VALOREM definitivo calculado sobre los valores FOB declarados de SEIS COMA SETENTA Y TRES POR CIENTO (6,73%).
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