Agricultura impulsa un mayor procesamiento en tierra del calamar
La medida, que apunta a duplicar el porcentaje mínimo en los compromisos de reproceso de la especie, busca alentar el trabajo en tierra, para promover el agregado de valor y fomentar la generación de empleo.
El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación informa que el Consejo Federal Pesquero (CFP) estableció un nuevo mínimo para la presentación de compromisos de procesamiento en tierra de la especie Calamar (Ilex argentinus), que no podrá ser inferior al 20% del total de las capturas.
Con el objetivo de promover el agregado de valor y la generación de empleo en la actividad, la Resolución N° 2 de fecha 4 de febrero de 2021, determina que aquellos buques poteros incorporados a la matrícula nacional que cuentan con permisos de pesca temporales y deban renovarlos, deberán presentar sus proyectos para la explotación exclusiva de Calamar, además de haber cumplimentando los requisitos estipulados en la Resolución N° 3 de fecha 5 de abril de 2018, entre ellos, el compromiso de reprocesamiento en tierra.
Al respecto, el titular de la cartera agropecuaria nacional, Luis Basterra, afirmó que "la medida apunta a duplicar el nivel mínimo de procesamiento en plantas en tierra, para impulsar el aprovechamiento integral de la especie, y generar mayor valor agregado tanto para el mercado interno como para la exportación".
Por su parte, el subsecretario de Pesca y Acuicultura, Carlos Liberman, destacó que "con el Ministro Basterra venimos trabajando diferentes iniciativas para promover el trabajo argentino que genera valor a la hora de comercializar la materia prima, esta iniciativa aprobada en el Consejo Federal Pesquero se inscribe en esa línea. Ya habíamos establecido que el compromiso de reprocesar el calamar en tierra, que existe en varios permisos de pesca vigentes, no podía reemplazarse por la venta de calamar entero. A esto le sumamos la duplicación de piso de reprocesamiento en tierra que los proyectos de renovación de permiso de calamar deberán contener para poder ser evaluados".
En este sentido, la decisión refuerza lo establecido por el CFP en la Resolución N° 1 del 13 de febrero de 2020, donde se deja sin efecto el cómputo de las ventas de Calamar entero al mercado interno dentro del porcentaje de procesamiento en plantas en tierra comprometido en los proyectos vigentes, apuntando a cumplir con la totalidad del volumen de procesamiento en tierra.