A 18 años de la anulación de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final
El 21 de agosto de 2003 se anularon las leyes de Obediencia Debida y Punto Final que dieron lugar a la reapertura de los juicios por delitos de lesa humanidad.
En 2003, el Senado de la Nación había sancionado la anulación de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final, la 23.492 y la 23.521, que impedían que se juzgue a los responsables de los delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico-militar.
El 2 de septiembre de ese mismo año el Poder Ejecutivo, a cargo del entonces presidente Néstor Kirchner, promulgó la ley 25.779 que declaró la nulidad de las leyes.
Y el 14 de junio 2005, la Corte Suprema declaró en la causa “Simón” que ambas eran inconstitucionales. Lo que permitió que cientos de represores, civiles y militares, cuyos enjuiciamientos se habían interrumpido, sean juzgados.
¿Qué significaban ambas leyes?
La Ley de Punto Final (23.492) fue promulgada el 24 de diciembre de 1986 por el entonces presidente Raúl Alfonsín, y estableció la paralización de los procesos judiciales contra los imputados de ser autores penalmente responsables de haber cometido el delito de desaparición forzada de personas durante la dictadura.
La Ley de Obediencia Debida (23.521) también fue dictada por Alfonsín el 4 de junio de 1987, y estableció una presunción iuris et de iure (es decir, que no admitía prueba en contrario) respecto de los delitos cometidos por los miembros de las Fuerzas Armadas que no eran punibles por haber actuado en virtud de la denominada "obediencia debida", un concepto militar según el cual los subordinados se limitan a obedecer las órdenes de sus superiores.
Tras su anulación y el fallo de la Corte, en la reapertura de los juicios de lesa humanidad se dictaron 269 sentencias en 15 años. También se condenaron 1065 personas y 165 fueron absueltas en los procesos de investigación de los crímenes ocurridos en la última dictadura cívico-militar.
Según datos del informe anual de la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad (PCCH), al 2022, durante el año pasado se dictaron 17 sentencias, de las cuales 6 ocurrieron en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hubo 2 en Mar del Plata y en San Martín y 1 en Bahía Blanca, Catamarca, Córdoba, Posadas, Resistencia, Rosario y Santa Fe.
Quedaron pendientes al finalizar el año al menos 364 causas judiciales, y son 17 las que ya están en etapa de juicio oral o plenario. De la misma forma, son 17 los juicios que se iniciaron en el último año, 9 tuvieron sentencia, 7 seguirán con la instancia de debate en curso y solo uno se suspendió por el fallecimiento de los dos imputados involucrados. Al menos 3 causas de las 67 que fueron elevadas a juicio ya cuentan con fecha de inicio en 2022.
Al respecto, el análisis de los tiempos de ejecución indicaron desde la fiscalía especializada que el promedio de tiempo entre el requerimiento de elevación a juicio y la clausura de la investigación es de 4 meses. En cuanto a la instancia de juicio, en promedio son 2 años y 2 meses desde la elevación hasta el veredicto. Por su parte, las instancias recursivas tardan en promedio 3 años y 7 meses entre la sentencia y el fallo del último recurso ante la Corte Suprema para que una sentencia quede firme.