Ley Orgánica del Poder Judicial. Se modifica la Ley 6238.
LEY 9.296
SAN MIGUEL DE TUCUMAN, 08 de Octubre de 2019
Boletín Oficial, 04 de Septiembre de 2020
Vigente, de alcance general
La Legislatura de la provincia sanciona con fuerza de Ley:
Artículo 1°.- Modifícase la Ley N° 6238 y sus modificatorias (Orgánica del Poder Judicial), en la forma que a continuación se indica:
- Sustituir el inc. 1 del Art. 85 por el siguiente:
"1. Una (1) Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Común, dividida en dos (2) Salas." - Sustituir el Art. 165 por el siguiente:
"Art. 165.- La Cámara Civil y Comercial Común del Centro Judicial de Concepción se compondrá de un (1) Presidente, un (1) Vicepresidente y dos (2) Salas integradas por dos (2) miembros."
Art 2°.- Facúltase al Poder Ejecutivo a efectuar las adecuaciones presupuestarias necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ley.
Art 3°.- Comuníquese.
Firmantes
Dr. Juan Luis Manzur, Gobernador de Tucumán. Dra. Carolina Vargas Aignasse, Ministra de Gobierno y Justicia.