Modificatoria de ley 6366 sobre ley de ministerios y ley 6006 sobre administración de parques zoológico
LEY 7.177
MENDOZA, 10 de Diciembre de 2003
Boletín Oficial, 15 de Diciembre de 2003
Vigente, de alcance general
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE MENDOZA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY:
Artículo 1.- Nota de Redacción (Modifica Ley 6366).
Artículo 2.- Nota de Redacción (Modifica Ley 6366)
Artículo 3.- Nota de Redacción (Modifica Ley 6366)
Artículo 4.- Desaféctase a la Administración de Parques y Zoológico de la relación funcional con el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Ambiente y Obras Públicas dispuesto en el Art. 15 de la Ley Nº 6366.
Artículo 5.- Nota de Redacción: Modifica Ley Nº 6006.
Artículo 6.- El Poder Ejecutivo ajustará las pautas presupuestarias necesarias, de acuerdo con las nuevas estructuras ministeriales aprobadas por la presente ley, sin exceder los créditos totales establecidos en la Ley Nº 7091, Presupuesto 2003.
El Poder Ejecutivo oportunamente comunicará al Poder Legislativo las adecuaciones y modificaciones presupuestarias que realice.
Artículo 7.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Firmantes
MAURICIO SUÁREZ-JORGE LEOPOLDO CAIRONE-MIGUEL ANGEL SERRALTA-JORGE MANZITTI