CÁMARA ELECTORAL-NOMBRE PARTIDARIO-PLATAFORMA ELECTORAL-PROPAGANDA POLÍTICA-INFORMACIÓN RESERVADA-ELECCIONES PARTIDARIAS-SANCIONES PARTIDARIAS-FONDOS PARTIDARIOS-EXENCIONES IMPOSITIVAS-EXTINCIÓN DE PARTIDOS POLÍTICOS-TRANSPARENCIA ELECTORAL-PARIDAD DE GÉNERO EN LA REPRESENTACIÓN POLÍTICA
PARTIDOS POLÍTICOS
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Provincial del
14-Ene-1983
Resumen:
Ley de Partidos Políticos
Observaciones:
OBSERVACION La Ley 9129 en su artículo 3, dispone se ordene el texto de la Ley 6808.OBSERVACION VER Decreto Reglamentario 1008/72 (BO 31/5/72).OBSERVACION VER Decreto Reglamentario 1832/83 (BO 4/7/83).