Presidencia de la Nación

Córdoba

Ley 6222

Vigente, de alcance general


BIOQUÍMICOS-FARMACÉUTICOS-ENFERMEROS-DIETISTAS-PSICÓLOGOS-FONOAUDIÓLOGOS-ASISTENTES SOCIALES-MÉDICOS-OBSTETRA-HONORARIOS

ODONTÓLOGOS

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Provincial del 30-Nov-1978
Resumen:

EJERCICIO DE LAS PROFESIONES Y ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LA SALUD

Observaciones:

OBSERVACION NORMA REGLAMENTADA POR DECRETO 2148/02 OBSERVACION El Anexo "A" y "B" incorporados a esta Ley corresponden al Texto del Decreto Reglamentario 679/93 (B.O. 18/6/93).Los Anexos "C" y "D" incorporados a esta Ley, corresponden al texto del Decreto 747/95 (B.O. 9-8-95) Art. 7 Conforme Modificación (incs. b) y c) derogados) por art. 12 y 8535 (B.O. 9-8-96) Art. 73 Bis: Conforme Incorporación por Art. 1, LEY 7483 (B.O. 18-11-86).Art. 73 Ter: conforme Incorporación por Art. 1, LEY 7483 (B.O. 18-11-86).Art. 73 Quater: Conforme Incorporación por Art. 1, LEY 7.483 (B.O. 18-11-86).Art. 73 Quinter: Conforme Incorporación por Art. 1, LEY 7.483 (B.O. 18-11-86).Art. 73 Sexter: Conforme Incorporación por Art. 1, L. 7.483 (B.O. 18-11-86).

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