Modificación de la ley Q 2952 Código de Aguas
LEY 5.571
VIEDMA, 15 de Junio de 2022
Boletín Oficial, 04 de Julio de 2022
Vigente, de alcance general
La Legislatura de la Provincia de Río Negro Sanciona con Fuerza de LEY
Artículo 1º.- Se incorpora el artículo 274 al Código de Aguas, aprobado por la ley Q nº 2952 , el que queda redactado de la siguiente forma:
" Artículo 274.- Las facultades y poderes del Departamento Provincial de Aguas y de los consorcios de usuarios para determinar las obligaciones respectivas, aplicar sanciones y exigir el pago de los tributos, tasas, cánones, contribuciones, regalías, multas e intereses, prescriben en un plazo de cinco (5) años.
El cómputo, suspensión, interrupción y los demás aspectos complementarios o instrumentales de los plazos de prescripción, se rigen por las disposiciones del Título Décimo Segundo, "DE LA PRESCRIPCION", de la ley provincial I nº 2686".
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.
Firmantes
CARRERAS.- C. Valeri