MODIFICATORIA DE LA LEY 3278 -JUSTICIA, RECURSO DE CASACION-
LEY N. 5258
SAN LUIS, 06 de Junio de 2001
Boletín Oficial, 22 de Junio de 2001
Individual, Solo Modificatoria o Sin Eficacia
EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY:
ARTICULO 1: Nota de Redacción. (Modifica Artículo 20 Ley N. 3278).
ARTICULO 2: Nota de Redacción.
Agrégase Artículo 23 a la Ley N. 3278.
ARTICULO 3: Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.
Firmantes
LEMME-VERGES-OCHOA-RODRIGUEZ