Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Provincial del
02-Ago-1974
Resumen:
NORMA DEROGADA POR LEY 5578-LAS MUTUALIDADES Y COMPAÑIAS DE SEGUROS DEBERAN ABONAR A LAS ADMINISTRACIONES DE HOSPITALES Y CENTROS ASISTENCIALES EL ARANCEL NOMENCLADOR.