MODIFICA ARTICULO DEL CODIGO DE FALTAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
LEY 14.043
LA PLATA, 16 de Septiembre de 2009
Boletín Oficial, 16 de Octubre de 2009
Vigente, de alcance general
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, sancionan con fuerza de Ley
ARTÍCULO 1º Derógase el inciso e) del artículo 67 del Decreto-Ley 8.031/73
ARTÍCULO 2º Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Firmantes
GONZALEZ-Balestrini-Isasi-Rodríguez