Presidencia de la Nación

Buenos Aires

Ley 10707

Vigente, de alcance general


CATASTRO PROVINCIAL-INMUEBLES-DOMINIO-PARCELAS-ESTADO PARCELARIO-FRACCIONAMIENTO RURAL-DERECHO DE PROPIEDAD

CATASTRO

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Provincial del 05-Dic-1988
Resumen:

LEY DE CATASTRO TERRITORIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Observaciones:

OBSERVACION: Por Ley 13.930, (CAPITULO IV BIS) Incorporado. (B.O 30-12-2008) OBSERVACION: Por art. 176 de la ley 14.333 se suspende, durante el ejercicio fiscal 2012, la aplicación del Valor Inmobiliario de Referencia establecido en el Título II, Capítulo IV Bis. (B.O. 30-12-2011) OBSERVACION: Por art. 135 de la ley 14.394 se suspende, durante el ejercicio fiscal 2013, la aplicación del Valor Inmobiliario de Referencia establecido en el Título II, Capítulo IV Bis. (B.O. 15-11-2012) OBSERVACION: Por art. 127 de la ley 14.653 se suspende durante el ejercicio fiscal 2015, la aplicación del Valor Inmobiliario de Referencia establecido en el Título II, Capítulo IV Bis. (B.O. 19-12-2014 supl.) OBSERVACION: Por art. 95 de la Ley 14.808 se suspende durante el ejercicio fiscal 2016, la aplicación del Valor Inmobiliario de Referencia establecido en el Título II, Capítulo IV Bis, de esta Ley. (B.O. 22-01-2016).OBSERVACION: Por art. 69 de la Ley 14.880 se suspende durante el ejercicio fiscal 2017, la aplicación del Valor Inmobiliario de Referencia establecido en el Título II, Capítulo IV Bis, de esta Ley. (B.O. 2-01-2017).OBSERVACION: Por art. 122 de la Ley 14.983 se suspende, durante el Ejercicio Fiscal 2018, la aplicación del Valor Inmobiliario de Referencia establecido en el Título II, Capítulo IV Bis (B.O. 7-12-2017).OBSERVACION: Por art. 117 de la ley 15.226, se suspende durante el ejercicio fiscal 2021, la aplicación del Valor Inmobiliario establecido en el Título II, Capítulo IV Bis (B.O. 31-12-2020).OBSERVACION: Por art. 14 ley 15.391, Suspende durante el ejercicio fiscal 2023, la aplicación del Valor Inmobiliario de Referencia establecido en el Título II, Capítulo IV Bis . (B.O. 29-12-2022 supl.).OBSERVACION: Por art. 120 de la ley 15479 . Suspéndese, durante el ejercicio fiscal 2024, la aplicación del Valor Inmobiliario de Referencia establecido en el Título II, Capítulo IV Bis. (B.O. 2-1-2024).

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