MINISTERIO DE SEGURIDAD
INTERVENCION EN LA TRAMITACION DE LOS SUMARIOS INTERNOS
Resumen:
EL MINISTERIO DE SEGURIDAD PODRA TOMAR INTERVENCION EN LA TRAMITACION DE LOS SUMARIOS INTERNOS DE LAS FUERZAS POLICIALES Y DE SEGURIDAD FEDERALES EN LOS CASOS DE VIOLENCIA INSTITUCIONAL O VIOLENCIA DE GENERO -YA SEA CONTRA PERSONAS PERTENECIENTES O AJENAS A LAS FUERZAS POLICIALES O DE SEGURIDAD-, ASI COMO EN LOS QUE SE SUBSTANCIAREN POR GRAVES ACTOS DE CORRUPCION, PRESUNTA PARTICIPACION O ENCUBRIMIENTO DE MIEMBROS DE LAS FUERZAS EN RELACION CON EL TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES, TRATA DE PERSONAS, SECUESTROS, TERRORISMO, CUALQUIERA DE LAS MODALIDADES DEL CRIMEN ORGANIZADO O CUALQUIER OTRO HECHO QUE PUDIERA CONSTITUIR UN DELITO PREVISTO EN EL CODIGO PENAL DE LA NACION ARGENTINA O EN LEYES ESPECIALES.