MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
REGISTRO DE AUDITORES
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
08-Mayo-2009
Resumen:
EL REGISTRO DE AUDITORES CONTEMPLADO EN EL ARTICULO 17 INCISO C) DE LA RESOLUCION Nº 1418/03, —T.O. RESOLUCION Nº 2773/08—, ESTARA A CARGO DE LA SECRETARIA DE CONTRALOR, LA QUE DEBERA ADOPTAR LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA SU HABILITACION.