MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
Resolución 960/2014
Bs. As., 5/12/2014
VISTO el Expediente N° S01:0266663/2014 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y el Decreto N° 1.518 de fecha 4 de septiembre de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 1° del Decreto N° 1.518 de fecha 4 de septiembre de 2014 se aprobó el Modelo de Contrato de Préstamo entre la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) por un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS MILLONES (U$S 200.000.000), destinado a financiar parcialmente el “Programa de Competitividad de Economías Regionales” que consta de las “Estipulaciones Especiales” integradas por SIETE (7) Capítulos, de las “Normas Generales” integradas por DIEZ (10) Capítulos y UN (1) Anexo Unico.
Que por el Artículo 4° de dicho decreto se designó a la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ECONOMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA Y PLANIFICACION DEL DESARROLLO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS como “Organismo Ejecutor” del “Programa de Competitividad de Economías Regionales”, quedando facultado para realizar todas las operaciones y contrataciones necesarias para la ejecución del Programa, conforme a las normas y procedimientos contenidos en el citado Modelo de Contrato de Préstamo.
Que con fecha 30 de septiembre de 2014 se celebró el Contrato de Préstamo entre la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), cuya Cláusula 3.03 de las “Estipulaciones Especiales” dispone que, en forma previa al primer desembolso del préstamo, se deberá constituir la Unidad Ejecutora Central del Programa.
Que mediante la Cláusula 4.02 del Anexo Unico del Contrato de Préstamo celebrado entre la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) se estableció que la Unidad Ejecutora Central deberá contar con UN (1) Coordinador General y UN (1) Coordinador de la Unidad Ejecutora del Programa.
Que en función de lo expuesto resulta necesario crear UNA (1) Unidad Ejecutora Central la cual actuará en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ECONOMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA Y PLANIFICACION DEL DESARROLLO y tendrá bajo su órbita a la Coordinación Ejecutiva del Programa.
Que atento a las actividades previstas para la ejecución del Programa, y considerando las competencias asignadas a la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ECONOMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD, a efectos de viabilizar la ejecución del mismo, resulta necesario poner a cargo de la Unidad Ejecutora Central la administración financiera del Programa.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas en el Artículo 20 de la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones y en el Decreto N° 1.518/14.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Créase en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ECONOMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA Y PLANIFICACION DEL DESARROLLO la Unidad Ejecutora Central del “Programa de Competitividad de Economías Regionales”.
ARTICULO 2° — La Unidad Ejecutora Central del Programa que se crea por el Artículo 1° de la presente resolución, tendrá a su cargo la coordinación, dirección y orientación estratégica y la supervisión de la ejecución de los componentes y subcomponentes del “Programa de Competitividad de Economías Regionales”, de conformidad con lo previsto en el Contrato de Préstamo aprobado por la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), en el marco de lo establecido en el Decreto N° 1.518 de fecha 4 de septiembre de 2014.
ARTICULO 3° — Asígnase al Subsecretario de Coordinación Económica y Mejora de la Competitividad la función de Coordinador General de la Unidad Ejecutora Central del “Programa de Competitividad de Economías Regionales”.
ARTICULO 4° — Asígnase al Coordinador General, la función de representar a la Unidad Ejecutora Central ante autoridades gubernamentales y no gubernamentales vinculadas a las tareas encomendadas y la realización de todos aquellos actos orientados a garantizar un adecuado y eficiente desenvolvimiento del Programa.
ARTICULO 5° — Asígnase al Director de Coordinación de Políticas Productivas, la función de Coordinador Ejecutivo de la Unidad Ejecutora Central del “Programa de Competitividad de Economías Regionales”.
ARTICULO 6° — Asígnase al Coordinador Ejecutivo la instrumentación de todas las acciones que sean necesarias para llevar adelante las actividades del Programa, de acuerdo a lo establecido en el citado Contrato de Préstamo. Entre ellas, la planificación, administración y ejecución del Programa, de acuerdo a lo establecido en el correspondiente Contrato de Préstamo y Reglamento Operativo. Asimismo, tendrá a su cargo la organización, coordinación, supervisión, monitoreo y evaluación del accionar técnico y operativo del Programa, así como la verificación de su cumplimiento.
ARTICULO 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. AXEL KICILLOF, Ministro de Economía y Finanzas Públicas.
Resolución 960/2014
Bs. As., 5/12/2014
VISTO el Expediente N° S01:0266663/2014 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y el Decreto N° 1.518 de fecha 4 de septiembre de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 1° del Decreto N° 1.518 de fecha 4 de septiembre de 2014 se aprobó el Modelo de Contrato de Préstamo entre la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) por un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS MILLONES (U$S 200.000.000), destinado a financiar parcialmente el “Programa de Competitividad de Economías Regionales” que consta de las “Estipulaciones Especiales” integradas por SIETE (7) Capítulos, de las “Normas Generales” integradas por DIEZ (10) Capítulos y UN (1) Anexo Unico.
Que por el Artículo 4° de dicho decreto se designó a la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ECONOMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA Y PLANIFICACION DEL DESARROLLO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS como “Organismo Ejecutor” del “Programa de Competitividad de Economías Regionales”, quedando facultado para realizar todas las operaciones y contrataciones necesarias para la ejecución del Programa, conforme a las normas y procedimientos contenidos en el citado Modelo de Contrato de Préstamo.
Que con fecha 30 de septiembre de 2014 se celebró el Contrato de Préstamo entre la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), cuya Cláusula 3.03 de las “Estipulaciones Especiales” dispone que, en forma previa al primer desembolso del préstamo, se deberá constituir la Unidad Ejecutora Central del Programa.
Que mediante la Cláusula 4.02 del Anexo Unico del Contrato de Préstamo celebrado entre la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) se estableció que la Unidad Ejecutora Central deberá contar con UN (1) Coordinador General y UN (1) Coordinador de la Unidad Ejecutora del Programa.
Que en función de lo expuesto resulta necesario crear UNA (1) Unidad Ejecutora Central la cual actuará en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ECONOMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA Y PLANIFICACION DEL DESARROLLO y tendrá bajo su órbita a la Coordinación Ejecutiva del Programa.
Que atento a las actividades previstas para la ejecución del Programa, y considerando las competencias asignadas a la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ECONOMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD, a efectos de viabilizar la ejecución del mismo, resulta necesario poner a cargo de la Unidad Ejecutora Central la administración financiera del Programa.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas en el Artículo 20 de la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones y en el Decreto N° 1.518/14.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Créase en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ECONOMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA Y PLANIFICACION DEL DESARROLLO la Unidad Ejecutora Central del “Programa de Competitividad de Economías Regionales”.
ARTICULO 2° — La Unidad Ejecutora Central del Programa que se crea por el Artículo 1° de la presente resolución, tendrá a su cargo la coordinación, dirección y orientación estratégica y la supervisión de la ejecución de los componentes y subcomponentes del “Programa de Competitividad de Economías Regionales”, de conformidad con lo previsto en el Contrato de Préstamo aprobado por la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), en el marco de lo establecido en el Decreto N° 1.518 de fecha 4 de septiembre de 2014.
ARTICULO 3° — Asígnase al Subsecretario de Coordinación Económica y Mejora de la Competitividad la función de Coordinador General de la Unidad Ejecutora Central del “Programa de Competitividad de Economías Regionales”.
ARTICULO 4° — Asígnase al Coordinador General, la función de representar a la Unidad Ejecutora Central ante autoridades gubernamentales y no gubernamentales vinculadas a las tareas encomendadas y la realización de todos aquellos actos orientados a garantizar un adecuado y eficiente desenvolvimiento del Programa.
ARTICULO 5° — Asígnase al Director de Coordinación de Políticas Productivas, la función de Coordinador Ejecutivo de la Unidad Ejecutora Central del “Programa de Competitividad de Economías Regionales”.
ARTICULO 6° — Asígnase al Coordinador Ejecutivo la instrumentación de todas las acciones que sean necesarias para llevar adelante las actividades del Programa, de acuerdo a lo establecido en el citado Contrato de Préstamo. Entre ellas, la planificación, administración y ejecución del Programa, de acuerdo a lo establecido en el correspondiente Contrato de Préstamo y Reglamento Operativo. Asimismo, tendrá a su cargo la organización, coordinación, supervisión, monitoreo y evaluación del accionar técnico y operativo del Programa, así como la verificación de su cumplimiento.
ARTICULO 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. AXEL KICILLOF, Ministro de Economía y Finanzas Públicas.
e. 09/12/2014 N° 96895/14 v. 09/12/2014