Presidencia de la Nación

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS


MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Resolución 927 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 05/10/2016

VISTO el Expediente N° S04:0030250/2016 del registro de este Ministerio, la Ley N° 22.117 y sus modificatorias, el Convenio de Cooperación Técnica y Financiera suscripto entre la entonces SECRETARIA DE JUSTICIA y el COLEGIO PUBLICO DE ABOGADOS DE LA CAPITAL FEDERAL el 23 de diciembre de 1986 en el marco de la Ley N° 23.412, la Resolución MJyDH N° 2316 del 29 de diciembre de 2014 y,

CONSIDERANDO:

Que a través de la Resolución MJyDH N° 2316/2014, fueron modificados, a partir del 1° de febrero de 2015, los valores correspondientes de los formularios denominados “Solicitud de Certificado de Antecedentes Penales”, por el servicio que brinda el Registro Nacional de Reincidencia.

Que la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE REINCIDENCIA viene implementando nuevas herramientas tecnológicas y adoptando mayores normas de seguridad en la confección del Certificado Digital de Antecedentes Penales, en resguardo de la integridad e inviolabilidad de dichos documentos públicos, atento el carácter de fedatarios que los mismos revisten.

Que en virtud del aumento en los costos que se ha venido acumulando en los últimos CATORCE (14) meses y las necesidades crecientes que impone la actividad de la Dirección Nacional, resulta necesario modificar los aranceles de los diversos tipos de trámite ofrecidos por la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE REINCIDENCIA, en aras de asegurar la prestación de un servicio de calidad y eficiencia.

Que en ese sentido, se advierte que el formulario N° 1 (trámite normal) es el requerido por la mayoría de los usuarios del sistema, por lo que se estima procedente incrementar su valor en una mínima proporción.

Que asimismo, el formulario del “Trámite Domiciliario”, por resultar un servicio excepcional que presta el Registro en situaciones de características particulares, debe ser readecuado en su valor toda vez que el importe actualmente vigente deviene insuficiente para absorber los gastos que demanda el traslado del personal y del equipamiento técnico requerido para su tramitación.

Que en atención a la creciente demanda que se viene operando por parte de diferentes usuarios del sistema, y en la inteligencia de ofrecer alternativas que se ajusten a la necesidad de quienes requieren el Certificado de Antecedentes Penales con fines de inserción en el mercado laboral formal, resulta oportuno y conveniente implementar un nuevo trámite al cual puedan acceder aquellos en casos de urgencia, sin requerir el turno correspondiente y cuyo diligenciamiento concluya en el término de UNA (1) hora.

Que dicho trámite habrá de denominarse Certificado de Antecedentes Penales “Express” y abonará un arancel diferencial en atención a la labor que implica su celeridad.

Que en lo concerniente a la fecha en que comenzarán a regir los nuevos valores, corresponde contemplar la situación de los trámites que hubieran sido abonados con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente, a fin de permitir a los usuarios, el cabal conocimiento de la modificación implementada.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 22 inciso 17 de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificatorios, según texto del Decreto N° 13 del 10 de diciembre de 2015, y de conformidad con lo normado por el artículo 12 de la Ley N° 22.117.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Modifícanse los valores de los Formularios denominados “Solicitud de Certificado de Antecedentes Penales” de acuerdo a lo fijado en la planilla adjunta que, como Anexo I (IF-2016-01533923- APN-RNR#MJ), forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2° — Establécese que los trámites abonados con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente, serán aceptados por un plazo de TREINTA (30) días.

ARTÍCULO 3° — Institúyese el trámite denominado Certificado de Antecedentes Penales “Express”, el cual podrá tramitarse en las distintas sedes del Registro Nacional de Reincidencia, sin requerir turno previo y cuya expedición se realizará en el término de UNA (1) hora, el cual tendrá un valor de PESOS QUINIENTOS ($ 500).

ARTÍCULO 4° — La presente entrará en vigencia a partir del 1° de noviembre de 2016.

ARTÍCULO 5° — Remítase copia de la presente Resolución al Consejo de Administración del Fondo de Cooperación Técnica y Financiera, Ente Cooperador Colegio Público de Abogados de la Capital Federal.

ARTÍCULO 6° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — GERMÁN CARLOS GARAVANO, Ministro, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 11/10/2016 N° 74971/16 v. 11/10/2016

(Nota Infoleg: Ver Resolución N° 24/2021 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos B.O. 14/01/2021 por la cual se modifican los valores de los Formularios denominados “Solicitud de Certificado de Antecedentes Penales” de acuerdo a lo fijado en la planilla adjunta que, como Anexo I (IF-2020-69088722-APN-RNR#MJ), forma parte integrante de la Resolución de referencia. Vigencia: a partir del día siguiente de la fecha de publicación)

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)
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