MINISTERIO DE CULTURA
SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL
Resolución 9/2022
RESOL-2022-9-APN-SDC#MC
Ciudad de Buenos Aires, 23/03/2022
VISTO el Expediente Nº EX-2022-01123618- -APN-DGD#MC, la Resolución Nº 82 de fecha 27 de enero de 2022 del registro del MINISTERIO DE CULTURA, la Resolución N° 8 de fecha 14 de marzo de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que, por la Resolución Nº 82 de fecha 27 de enero de 2022, el MINISTRO DE CULTURA DE LA NACIÓN aprobó y declaró abierto la Segunda Convocatoria Nacional del PROGRAMA DE APOYO A LAS FERIAS DEL LIBRO DEL PAÍS, de conformidad con el Reglamento técnico de Bases y Condiciones según ANEXO I (IF-2022-01146653-APN-DNPPC#MC), ANEXO II (IF-2022-01132590-APN-DNPPC#MC), ANEXO III (IF-2022-00314447-APN-DNPPC#MC) y ANEXO IV (IF-2022-00315189-APN-DNPPC#MC), que forman parte integrante de la presente medida.
Que según lo estipulado en los apartados 4.1 y 4.2 del Reglamento antes mencionado, la Segunda Convocatoria del PROGRAMA DE APOYO A LAS FERIAS DEL LIBRO DEL PAÍS comprenderá dos llamados.
Que, en línea con lo anterior, el primer llamado comenzó el día 2 de febrero y finalizó el 2 de marzo del presente año.
Que, asimismo, en el artículo 1° de la Resolución RESOL-2022-8-APN-SDC#MC se designó la nómina de Jurados para realizar la evaluación y selección de proyectos, conforme el detalle del ANEXO I (IF-2022-17652972-APN-DNPPC#MC) que integra la citada norma.
Que con fecha 14 de marzo del corriente año, se reunió el jurado del primer llamado y realizó la selección correspondiente, según detalle incorporado en el acta de evaluación que como ANEXO I (IF-2022-24042131-APN-DNPPC#MC) integra la presente medida.
Que, corresponde realizar el pago a los beneficiarios, atendiendo a las distintas formas jurídicas de los postulantes, a saber: entes públicos provinciales o municipales; personas jurídicas; o personas humanas, conforme los datos e información obrante en el ANEXO I (IF-2022-24042131-APN-DNPPC#MC) que forma parte de la presente Resolución.
Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención de sus competencias.
Que el gasto que demande la presente será imputado con cargo a las partidas presupuestarias asignadas mediante la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021 y prorrogadas por Decreto N° 882/21, y distribuido por la Decisión Administrativa N° 4 de fecha 6 de enero de 2022 (DECAD-2022-4-APN-JGM).
Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones y facultades otorgadas por el Decreto No 50/19 y su modificatorio, y el Decreto No 1344/07.
Por ello,
LA SECRETARIA DE DESARROLLO CULTURAL
RESUELVE
ARTÍCULO 1°.- Aprobar la nómina de proyectos correspondiente a la SEGUNDA CONVOCATORIA NACIONAL - PRIMER LLAMADO del PROGRAMA DE APOYO A FERIAS DEL LIBRO DEL PAÍS, de acuerdo con el detalle consignado en el acta suscripta por el jurado que como ANEXO I (IF-2022-24042131-APN-DNPPC#MC) integra la presente Resolución.
ARTÍCULO 2°.- Destinar la suma de PESOS DIEZ MILLONES ($10.000.000.-) a los fines de cubrir los gastos de los beneficiarios seleccionados y aprobados por el Artículo 1°, y autorizar el pago que pudiera corresponder en concepto de comisiones por el servicio prestado, en el marco del CONVE-2020-87787831-APN-DGD#MC.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande la presente se atenderá con cargo a las partidas presupuestarias del presente ejercicio correspondiente a la JURISDICCIÓN 72 - MINISTERIO DE CULTURA.
ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación. Cumplido, pase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN DE PROYECTOS CULTURALES.
Maria Lucrecia Cardoso
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)
SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL
Resolución 9/2022
RESOL-2022-9-APN-SDC#MC
Ciudad de Buenos Aires, 23/03/2022
VISTO el Expediente Nº EX-2022-01123618- -APN-DGD#MC, la Resolución Nº 82 de fecha 27 de enero de 2022 del registro del MINISTERIO DE CULTURA, la Resolución N° 8 de fecha 14 de marzo de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que, por la Resolución Nº 82 de fecha 27 de enero de 2022, el MINISTRO DE CULTURA DE LA NACIÓN aprobó y declaró abierto la Segunda Convocatoria Nacional del PROGRAMA DE APOYO A LAS FERIAS DEL LIBRO DEL PAÍS, de conformidad con el Reglamento técnico de Bases y Condiciones según ANEXO I (IF-2022-01146653-APN-DNPPC#MC), ANEXO II (IF-2022-01132590-APN-DNPPC#MC), ANEXO III (IF-2022-00314447-APN-DNPPC#MC) y ANEXO IV (IF-2022-00315189-APN-DNPPC#MC), que forman parte integrante de la presente medida.
Que según lo estipulado en los apartados 4.1 y 4.2 del Reglamento antes mencionado, la Segunda Convocatoria del PROGRAMA DE APOYO A LAS FERIAS DEL LIBRO DEL PAÍS comprenderá dos llamados.
Que, en línea con lo anterior, el primer llamado comenzó el día 2 de febrero y finalizó el 2 de marzo del presente año.
Que, asimismo, en el artículo 1° de la Resolución RESOL-2022-8-APN-SDC#MC se designó la nómina de Jurados para realizar la evaluación y selección de proyectos, conforme el detalle del ANEXO I (IF-2022-17652972-APN-DNPPC#MC) que integra la citada norma.
Que con fecha 14 de marzo del corriente año, se reunió el jurado del primer llamado y realizó la selección correspondiente, según detalle incorporado en el acta de evaluación que como ANEXO I (IF-2022-24042131-APN-DNPPC#MC) integra la presente medida.
Que, corresponde realizar el pago a los beneficiarios, atendiendo a las distintas formas jurídicas de los postulantes, a saber: entes públicos provinciales o municipales; personas jurídicas; o personas humanas, conforme los datos e información obrante en el ANEXO I (IF-2022-24042131-APN-DNPPC#MC) que forma parte de la presente Resolución.
Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención de sus competencias.
Que el gasto que demande la presente será imputado con cargo a las partidas presupuestarias asignadas mediante la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021 y prorrogadas por Decreto N° 882/21, y distribuido por la Decisión Administrativa N° 4 de fecha 6 de enero de 2022 (DECAD-2022-4-APN-JGM).
Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones y facultades otorgadas por el Decreto No 50/19 y su modificatorio, y el Decreto No 1344/07.
Por ello,
LA SECRETARIA DE DESARROLLO CULTURAL
RESUELVE
ARTÍCULO 1°.- Aprobar la nómina de proyectos correspondiente a la SEGUNDA CONVOCATORIA NACIONAL - PRIMER LLAMADO del PROGRAMA DE APOYO A FERIAS DEL LIBRO DEL PAÍS, de acuerdo con el detalle consignado en el acta suscripta por el jurado que como ANEXO I (IF-2022-24042131-APN-DNPPC#MC) integra la presente Resolución.
ARTÍCULO 2°.- Destinar la suma de PESOS DIEZ MILLONES ($10.000.000.-) a los fines de cubrir los gastos de los beneficiarios seleccionados y aprobados por el Artículo 1°, y autorizar el pago que pudiera corresponder en concepto de comisiones por el servicio prestado, en el marco del CONVE-2020-87787831-APN-DGD#MC.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande la presente se atenderá con cargo a las partidas presupuestarias del presente ejercicio correspondiente a la JURISDICCIÓN 72 - MINISTERIO DE CULTURA.
ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación. Cumplido, pase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN DE PROYECTOS CULTURALES.
Maria Lucrecia Cardoso
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 29/03/2022 N° 18557/22 v. 29/03/2022
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)