MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA
FORMULACIONES DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS Y COMPUESTOS DE FEROMONAS
Resumen:
FORMULACIONES DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS Y COMPUESTOS DE FEROMONAS DESTINADOS AL CONTROL DE LOBESIA BOTRANA. OBLIGATORIEDAD DE INSCRIPCION DEFINITIVA EN EL REGISTRO NACIONAL DE TERAPEUTICA VEGETAL. LAS FORMULACIONES DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS Y COMPUESTOS DE FEROMONAS DESTINADOS AL USO DE LA TECNICA DE CONFUSION SEXUAL (TCS) Y/O ACTIVIDADES DE MONITOREO PARA EL CONTROL DE LOBESIA BOTRANA, AUTORIZADAS CON CARACTER PROVISORIO EN EL ANEXO I DE LA RESOLUCION N° 504 DEL 29 DE JULIO DE 2010 DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA DEBEN SER INSCRIPTAS EN EL REGISTRO NACIONAL DE TERAPEUTICA VEGETAL QUE ADMINISTRA LA DIRECCION NACIONAL DE AGROQUIMICOS, PRODUCTOS VETERINARIOS Y ALIMENTOS DEL CITADO SERVICIO NACIONAL.
Observaciones:
LA PRESENTE NORMA NO SE RELACIONA CON SU ANTECEDENTE - RESOLUCION 401/2010 DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA - PORQUE, SEGUN NUESTROS REGISTROS, NO SE HABRIA PUBLICADO EN BOLETIN OFICIAL. ABROGADA POR EL ARTICULO 3° DE LA RESOLUCION 233/2022 DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, B.O. 10/05/2022, PAGINA 60. VIGENCIA: VER ARTICULO 4° DE LA NORMA PRECEDENTEMENTE CITADA.