SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESOLUCION N° 754/2006 - MODIFICACION
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
29-Nov-2018
Resumen:
SE INCORPORA COMO INCISO C) DEL ARTICULO 8° DE LA RESOLUCION N° 754 DEL 30 DE OCTUBRE DE 2006 DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA EL SIGUIENTE TEXTO: “C. EN EL CASO DE LOS ESTABLECIMIENTOS RURALES LINDEROS AL MARGEN NORTE DEL RIO COLORADO Y RIO BARRANCAS SERA RESPONSABILIDAD DEL PRODUCTOR IDENTIFICAR A LOS ANIMALES AL DESTETE O AL PRIMER MOVIMIENTO, LO QUE OCURRA PRIMERO”.
Observaciones:
LA PRESENTE NORMA NO SE RELACIONA CON SU ANTECEDENTE - RESOLUCION 401/2010 DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA - PORQUE, SEGUN NUESTROS REGISTROS, NO SE HABRIA PUBLICADO EN BOLETIN OFICIAL.