ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
EDENOR S.A. Y EDESUR S.A.
Resumen:
DISPONER QUE LA EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANONIMA (EDENOR S.A.) Y LA EMPRESA DISTRIBUIDORA SUR SOCIEDAD ANONIMA (EDESUR S.A.) DEBERAN INFORMAR AL ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) LOS RECLAMOS DE LAS PERSONAS USUARIAS QUE RECIBE POR TODOS Y CADA UNO DE LOS CANALES DE COMUNICACION, INCLUYENDO REDES SOCIALES Y DE INFORMACION DE INTERRUPCIONES DE SUMINISTRO EN LOS DIFERENTES NIVELES DE TENSION CONFORME SE ESTABLECE EN EL ANEXO I (IF-2023-141102562-APN-SI#ENRE) QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DE LA PRESENTE MEDIDA.
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 1° DE LA RESOLUCION SINTETIZADA 152/2024 DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, B.O. 12/03/2024, PAGINA 35. VIGENCIA: A PARTIR DEL 12/03/2024.