Presidencia de la Nación

ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES


DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD

ÓRGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES

Resolución 884/2016

Bs. As., 30/06/2016

VISTO el Expediente N° 5403/2016 del Registro del ÓRGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES, organismo desconcentrado de la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, organismo descentralizado bajo la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE, y

CONSIDERANDO:

Que el ÓRGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES tiene a su cargo la supervisión, inspección, auditoría y seguimiento del cumplimiento de los Contratos de Concesión de Redes Viales y de todas aquellas obras viales que en lo sucesivo sean concesionadas, en donde el Estado Nacional sea parte, a fin de asegurar la calidad y adecuada prestación de los servicios y la protección de los usuarios y los bienes públicos del Estado. Actuar coordinadamente con los organismos especializados de las administraciones nacional y provincial en la protección del ambiente, previniendo los impactos ambientales que pudieran ocasionarse con motivo de la construcción, mantenimiento y explotación de los corredores viales bajo su control.

Que para mayor confort de los usuarios de la Red Vial Nacional se debe prever la instalación de áreas de servicios dentro de la zona de camino. Dichas áreas podrán destinarse, entre otras, a las siguientes actividades: estaciones de servicio para automotores; paradores para camiones; áreas de descanso; hoteles; centros comerciales; confiterías; restaurantes y esparcimiento.

Que las áreas de servicio deberán contemplar la transitabilidad y seguridad de la Ruta de la cual se trate, debiendo cumplir las tareas que allí se desarrollen con las normas de protección del medio ambiente, como así también con la legislación nacional, provincial y municipal que regule la actividad de que se trate.

Que por ello, es intención del ÓRGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES convocar al sector empresarial para que manifieste opiniones y propuestas sobre futuras áreas de servicios en la Red Vial Nacional, permitiendo de esta manera promover una efectiva participación en la formación de opinión en el procedimiento de toma de decisión de la Administración Pública Nacional.

Que a tal fin, resulta menester la existencia de una libre concurrencia, debiendo ser entendida como la libre posibilidad de participar en el procedimiento antes mencionado.

Que consecuentemente, con el objeto de que los eventuales interesados en manifestar su expresión adquieran conocimiento de la presente convocatoria y puedan acudir formulando sus propuestas, la referida convocatoria debe contar con la mayor publicidad posible mediante una adecuada publicación.

Que por lo expuesto, corresponde convocar a las empresas para que efectúen una manifestación de interés respecto a la inversión en la construcción y explotación de áreas de servicios en la zona de camino de la Red Vial Nacional, con excepción de la Red de Accesos a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

Que la SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en virtud de las facultades conferidas por los Decretos N° 1994 de fecha 23 de septiembre de 1993, N° 87 de fecha 25 de enero de 2001, N° 1414 de fecha 17 de noviembre de 2005, N° 1020 de fecha 30 de julio de 2009.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Es intención del ÓRGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES concesionar en la zona de camino y remanentes de expropiación en la Red Vial Nacional áreas de servicios que brinden a los usuarios de la misma los servicios de estaciones de servicio para automotores, hoteles, centros comerciales, confiterías, restaurantes, paradores de camiones, áreas de descanso y esparcimiento entre otros.

ARTÍCULO 2° — Convóquese a la presentación de expresiones de interés respecto a las concesiones de áreas de servicios en la Red Vial Nacional, con exclusión de la Red de Accesos a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES conformada por los Accesos Norte, Oeste y Riccheri.

ARTÍCULO 3° — Toda persona física o jurídica que desee manifestar su expresión de interés, deberá efectuarlo mediante la presentación de las Notas que como ANEXO I y ANEXO II forman parte integrante de la presente medida. Respecto del ANEXO II se deberá completar un ejemplar para cada propuesta.

ARTÍCULO 4° — La información respecto de la Red Vial Nacional podrá ser recabada en la página web del ÓRGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES (www.occovi.gob.ar).

ARTÍCULO 5° — Las propuestas deberán incluir, como mínimo, la ubicación indicando el nombre de la Ruta Nacional, sector (entre km y km), descripción de los servicios que están interesados en brindar a los usuarios y superficie de terreno necesarios. No se admitirán ubicaciones en cantero central, en el caso de autovías o autopistas, con accesos y egresos desde carriles izquierdos. Las actividades que se desarrollen en el Área de Servicios, deberán cumplir con las normas de protección al medio ambiente vigentes en la materia.

ARTÍCULO 6° — La presentación de la manifestación de Expresión de Interés no implica en modo alguno compromiso por parte del ESTADO NACIONAL, la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD y/o el ÓRGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES para la selección, contratación y ejecución del proyecto de área de servicios.

ARTÍCULO 7° — Las expresiones recibidas serán analizadas y posteriormente licitadas públicamente, previa intervención del ÓRGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES. La presente convocatoria no generará ningún derecho, prerrogativa o ventaja a ninguna de las personas físicas o jurídicas que participen en la presente expresión de interés. Las presentaciones servirán de base para conocer las ubicaciones dentro de la zona de camino perteneciente a la Red Vial Nacional donde haya interés en instalar áreas de servicios, y para poder verificar si en los lugares propuestos, teniendo en cuenta condiciones de seguridad vial y ambiental, se pueden destinar los mismos para la construcción de áreas de servicios. Las actividades propuestas podrán ser ampliadas o reducidas.

ARTÍCULO 8° — El área de servicio, así como sus accesos y vinculaciones, estarán a cargo de las empresas Concesionarias de las mismas, tanto la construcción como la conservación y el mantenimiento durante todo el plazo de concesión.

ARTÍCULO 9° — Las manifestaciones de Expresión de Interés deberán ser enviadas por email a la dirección [email protected], hasta el día 05 de agosto de 2016. En el sitio web estarán disponibles los formularios en formato Excel para que sean completados.

ARTÍCULO 10. — Difúndase en el sitio web del ÓRGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES (www.occovi.gob.ar).

ARTÍCULO 11. — Publíquese el aviso de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la República Argentina por el término de DOS (2) días, y en DOS (2) diarios de circulación nacional por el término de DOS (2) días corridos.

ARTÍCULO 12. — Comuníquese a la CÁMARA DE LA MEDIANA EMPRESA, a la CÁMARA ARGENTINA DE LA CONSTRUCCIÓN, a la CÁMARA DE LA INDUSTRIA DEL PETRÓLEO, a la CONFEDERACIÓN DE ENTIDADES DEL COMERCIO DE HIDROCARBUROS Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, a la FEDERACIÓN DE EXPENDEDORES DE COMBUSTIBLES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, a la FEDERACIÓN DE EXPENDEDORES DE COMBUSTIBLES Y AFINES DEL CENTRO DE LA REPÚBLICA, a la FEDERACIÓN ARGENTINA DE EXPENDEDORES DE NAFTA DEL INTERIOR, a la ASOCIACIÓN MENDOCINA DE EXPENDEDORES DE NAFTA Y AFINES, a la CÁMARA DE COMERCIANTES DE DERIVADOS DEL PETRÓLEO, GARAGES Y AFINES DE TUCUMÁN, a la CÁMARA DE ESTACIONES DE SERVICIO, EXPENDEDORES DE COMBUSTIBLES Y AFINES DE SALTA Y JUJUY, a la FEDERACIÓN DE ENTIDADES DE COMBUSTIBLES DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, a la CÁMARA DE EXPENDEDORES DE COMBUSTIBLES Y AFINES DE NEUQUÉN Y RÍO NEGRO, a la FEDERACIÓN ARGENTINA DE ENTIDADES EMPRESARIAS DEL AUTOTRANSPORTE DE CARGAS, y toda otra entidad que el ÓRGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES estime conveniente convocar.

ARTÍCULO 13. — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. — Ing. LUIS PABLO BELENKY, Dirección Ejecutiva, Órgano de Control de Concesiones Viales, Resolución DNV N° 7/16.

ANEXO I

EXPRESIÓN DE INTERÉS

ÁREAS DE SERVICIO - RED VIAL NACIONAL

BUENOS AIRES, ____________________ de 2016

En calidad de (cargo) de (empresa) expreso el interés de la empresa que represento en participar de la Convocatoria referida a Áreas de Servicios en la Red Vial Nacional.

Asimismo, envío (cantidad de formularios) formularios ANEXO II solicitados completos, de acuerdo a la información suministrada en las bases de la presente convocatoria.

_____________________________ (firma)

_____________________________ (aclaración)

ANEXO II

Presentación de antecedentes (uno por cada ubicación propuesta)

1.1 Datos Empresariales

Nombre de la empresa                                                    
Dirección, Localidad, Provincia, CP
Teléfono

En caso de ser un consorcio de dos o más empresas, complete los datos de las demás empresas en el cuadro 1.2.

1.2 Datos Empresariales (segunda empresa del consorcio)

Nombre de la empresa                                                    
Dirección, Localidad, Provincia, CP
Teléfono

2. Persona de contacto

Completar a continuación los datos de una persona designada como contacto para el envío de las comunicaciones

Nombre y apellido                            
Teléfono
Correo electrónico

Nota: los datos empresariales aquí indicados son meramente enunciativos. En el llamado a licitación se establecerán los requerimientos formales que deberán cumplir las personas físicas o jurídicas para ser oferentes.

3. Interés y propuesta

Establecer las ubicaciones propuestas, superficie requerida, servicios para los usuarios, y otro dato de interés.
   

Nota: los servicios al usuario aquí indicados no son definitivos. El ESTADO NACIONAL podrá solicitar, en el llamado a licitación, servicios adicionales a los aquí propuestos y los oferentes podrán proponer también servicios adicionales a los aquí enunciados.

4. Anticipo de la propuesta

Descripción de los servicios a prestar a los usuarios y actividades comerciales a desarrollar


e. 01/07/2016 N° 46480/16 v. 04/07/2016
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