Presidencia de la Nación

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Resolución 88/2025

RESOL-2025-88-APN-JGM

Ciudad de Buenos Aires, 28/03/2025

VISTO el expediente N° EX-2025-29609834- -APN-DGDYL#MI, las Leyes Nros. 19.549 y 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92), los Decretos Nros. 1759 de fecha 3 de abril de 1972 (T.O. 2017) y 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la Resolución N° 101 de fecha 12 de agosto 2024 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, determina las atribuciones de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que el Decreto N° 50/19 y sus modificatorios, aprobó el organigrama de la Administración Pública Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y estableció los objetivos de sus unidades organizativas.

Que mediante la Resolución N° 101/24 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se delegaron ciertas facultades en las distintas unidades organizativas de la VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR.

Que por razones operativas, deviene conveniente y oportuno dejar sin efecto la delegación dispuesta en el artículo 4° de la Resolución N° 101/24 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y delegar ciertas facultades en la VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR, la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA DE INTERIOR, la SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES y la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de Interior ha intervenido en el ámbito de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 2° del Reglamento aprobado por el Decreto N° 1759 de fecha 3 de abril de 1972 (T.O. 2017 y sus modificatorios).

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°. - Déjase sin efecto la delegación dispuesta en el artículo 4 de la Resolución N° 101 de fecha 12 de agosto de 2024 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 2°. - Suprímanse las facultades 16 y 17 del Anexo I y 5, 6, 7 y 22 del Anexo VII de la Resolución N° 101 de fecha 12 de agosto 2024 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 3°. - Incorpórase al Anexo I de la Resolución N° 101 de fecha 12 de agosto de 2024 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS las facultades que se detallan en el Anexo I que como IF-2025-29741113-SCLYAI#JGM, forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 4°. - Incorpórase al Anexo II de la Resolución N° 101 de fecha 12 de agosto de 2024 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS las facultades que se detallan en el Anexo II que como IF-2025-29741672-APN-SCLYAI#JGM, forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 5°. - Incorpórase como artículo 2° bis de la Resolución N° 101 de fecha 12 de agosto de 2024 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS el siguiente:

“ARTÍCULO 2° bis. - Delégase en la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA DE INTERIOR la facultad de aplicar las medidas disciplinarias previstas en los artículos 31, 32 y 33 de la Ley N° 25.164 -en el marco del Reglamento de Investigaciones Administrativas, aprobado por el Decreto N° 456 de fecha 3 de agosto de 2022- en el ámbito de toda la VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR.”

ARTÍCULO 6°. - Incorpórase al Anexo VII de la Resolución N° 101 de fecha 12 de agosto de 2024 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS las facultades que se detallan en el Anexo III que como IF-2025-29741823-APN-SCLYAI#JGM, forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 7°. - Incorpórase al Anexo IX de la Resolución N° 101 de fecha 12 de agosto de 2024 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS las facultades que se detallan en el Anexo IV que como IF-2025-29740704-APN-SCLYAI#JGM, forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 8°. - La presente medida entrará en vigencia a partir de su dictado.

ARTÍCULO 9°. - Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Guillermo Francos

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 01/04/2025 N° 19375/25 v. 01/04/2025

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII, AnexoIV)
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