Resolución GENERAL 841 / 2020
COMISION NACIONAL DE VALORES
Normativa / Número | Fecha publicación | Descripción |
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Normativa / Número
Resolución GENERAL 622 / 2013
COMISION NACIONAL DE VALORES |
Fecha publicación 09-Sep-2013 |
Descripción
NORMAS N.T. 2013 - APROBACIONAPROBAR EN VIRTUD DE LA LEY DE MERCADO DE CAPITALES Nº 26.831, Y DEL DICTADO DEL DECRETO REGLAMENTARIO Nº 1023 DE FECHA 1° DE AGOSTO DE 2013, LAS NORMAS DE LA COMISION NACIONAL DE VALORES (N.T. 2013), QUE EN ANEXO SE ADJUNTAN COMO PARTE INTEGRANTE DE LA PRESENTE. DEROGAR LAS NORMAS DE LA COMISION NACIONAL DE VALORES (N.T. 2001 Y MODS.), Y LAS RESOLUCIONES GENERALES Nº 615/2013 Y Nº 621/2013, A PARTIR DE LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LAS NORMAS (N.T. 2013).
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Normativa / Número
Decreto DNU 596 / 2019
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 29-Ago-2019 |
Descripción
DISPOSICIONESLAS OBLIGACIONES DE PAGO CORRESPONDIENTES A LOS TITULOS REPRESENTATIVOS DE DEUDA PUBLICA NACIONAL DE CORTO PLAZO, INDIVIDUALIZADOS EN EL ANEXO (IF-2019-77795012-APN-SF#MHA) QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DE LA PRESENTE MEDIDA, SERAN ATENDIDAS SEGUN EL CRONOGRAMA QUE SE ESTABLECE A CONTINUACION: 1. EN LAS RESPECTIVAS FECHAS DE VENCIMIENTO PREVISTAS EN LOS TERMINOS Y CONDICIONES ORIGINALES SE CANCELARA EL QUINCE POR CIENTO (15%) DEL MONTO ADEUDADO A LA RESPECTIVA FECHA. 2. A LOS NOVENTA (90) DIAS CORRIDOS DEL PAGO ANTERIOR, SE PAGARA EL VEINTICINCO POR CIENTO (25%) DEL MONTO ADEUDADO A LA FECHA DEL PAGO PREVISTO EN EL APARTADO ANTERIOR, MAS EL INTERES DEVENGADO SOBRE EL SALDO DE DICHO MONTO, NETO DEL PAGO EFECTUADO SEGUN EL APARTADO 1. 3. EL SALDO REMANENTE SE CANCELARA A LOS CIENTO OCHENTA (180) DIAS CORRIDOS DEL PAGO PREVISTO EN EL APARTADO 1. 4. EXCLUSIVAMENTE EN EL CASO DE LAS LETRAS DEL TESORO CAPITALIZABLES EN PESOS (LECAPS) INDIVIDUALIZADAS EN EL ANEXO (IF-2019-77795012-APN-SF#MHA) QUE TENGAN VENCIMIENTO A PARTIR DEL 1° DE ENERO DE 2020, EL PAGO DEL SALDO REMANENTE LUEGO DEL PAGO PREVISTO EN EL APARTADO 1, SERA ATENDIDO INTEGRAMENTE A LOS NOVENTA (90) DIAS CORRIDOS DE DICHO PAGO.
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