HOSPITALES PUBLICOS
COBRO DE FACTURACIONES
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
06-Feb-2004
Resumen:
AMPLIANSE TRANSITORIAMENTE LOS PLAZOS ESTABLECIDOS EN LOS ARTICULOS 12 Y 13 DE LA RESOLUCION Nº487/2002 Y DISPONESE QUE LOS HOSPITALES PUBLICOS DE GESTION DESCENTRALIZADA PODRAN PRESENTAR AL COBRO ANTE LA SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD FACTURACIONES POR PRESTACIONES BRINDADAS DESDE EL 1º DE ENERO DE 1999, QUE ESTANDO INTIMADO SU PAGO A LOS AGENTES DEL SEGURO DE SALUD, NO HAN SIDO CANCELADAS POR ESTOS.