Presidencia de la Nación

Resolución 827 / 2012

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL


ASOCIACIONES SINDICALES

SINDICATO UNIDOS TRABAJADORES CUSTODIOS ARGENTINOS

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 03-Oct-2012
Resumen:

RECONOCESE AL SINDICATO UNIDOS TRABAJADORES CUSTODIOS ARGENTINOS, LA AMPLIACION DEL AMBITO DE ACTUACION CON CARACTER DE INSCRIPCION GREMIAL A LAS SIGUIENTES LOCALIDADES Y PARTIDOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES: LANUS, CASTELAR, MORON, EZEIZA, BURZACO, PINAMAR, PARTIDO DE LA COSTA, BAHIA BLANCA, AVELLANEDA, QUILMES, FLORENCIO VARELA, PILAR, ENSENADA, LA PLATA, SAN MARTIN, BERAZATEGUI, GUERNICA, ADROGUE, BERNAL, ITUZAINGO, SAN NICOLAS; LOS SIGUIENTES DEPARTAMENTOS Y LOCALIDADES DE LA PROVINCIA DE MENDOZA: CIUDAD, GUAYMALLEN, LAS HERAS, MAIPU, LUJAN DE CUYO, YACIMIENTO AREA BARRANCAS; EN LA CIUDAD CAPITAL DE LA PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO Y EN LA CIUDAD CAPITAL DE LA PROVINCIA DE SALTA; PARA AGRUPAR A LOS TRABAJADORES VIGILADORES Y CUSTODIOS EN RELACION DE DEPENDENCIA CON EMPRESAS DE SEGURIDAD PRIVADA. ELLO SIN PERJUICIO DE LOS RECAUDOS QUE PUEDA EXIGIRSE A LA ENTIDAD AL MOMENTO DE SOLICITAR LA PERSONERIA GREMIAL, CUESTION ESTA QUE DEBERA SUSTANCIARSE DE CONFORMIDAD CON LO REGULADO POR LOS ARTÍCULOS 25 Y 28 DE LA LEY Nº 23.551, SIN QUE PUEDA ALEGARSE CONTRADICCION DE LA ADMINISTRACION EN EL EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LAS NORMAS JURIDICAS MENCIONADAS.

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