Presidencia de la Nación

Resolución 815 / 2001

SUBDIREC.NAC. DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Normativa / Número Fecha publicación Descripción
Normativa / Número Resolución 337 / 2002

INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Fecha publicación 13-Mayo-2002 Descripción
RES. 815/01 - MODIFICACION

MODIFICACION DE LA RES. 815/01.- (NOTA: ABROGADA POR RESOLUCION NRO. 3656/2003 - ART. 11 - BOLETIN OFICIAL 19/12/2003).

Normativa / Número Resolución 746 / 2002

INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Fecha publicación 30-Jul-2002 Descripción
RES. 815/01 Y 337/02 - PROCEDIMIENTO

FIJASE EL PROCEDIMIENTO DESCRIPTO EN EL ANEXO I DE LA PRESENTE RESOLUCION Y QUE LA INTEGRA APLICABLE A LOS CASOS, EN QUE LOS PRODUCTORES SOLICITEN LA INCORPORACION DE SUS PELICULAS NACIONALES DE LARGOMETRAJE AL REGIMEN ESTABLECIDO EN LAS RESOLUCIONES 815/01/INCAA Y 337/02/INCAA. (NOTA: ABROGADA POR ART. 1 DE LA RES. INCAA 1278/03 - BO 29/5/2003, PAG. 25).-

Normativa / Número Resolución 1087 / 2002

INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Fecha publicación 27-Sep-2002 Descripción
RES. 815/01 - MODIFICACION

MODIFICASE EL ARTICULO 4RO. DE LA RESOLUCION NRO. 815/01.-(NOTA: ABROGADA POR RESOLUCION NRO. 3656/2003 - ART. 11 - BOLETIN OFICIAL 19/12/2003).

Normativa / Número Resolución 1278 / 2003

INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Fecha publicación 29-Mayo-2003 Descripción
RES. NRO. 746/02 - DEROGACION

DEROGUESE LA RESOLUCION Nº 746/02 EN SU TOTALIDAD, CONJUNTAMENTE CON SU RESPECTIVO ANEXO I.

Normativa / Número Resolución 3656 / 2003

INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Fecha publicación 19-Dic-2003 Descripción
DERECHOS DE EXHIBICION TELEVISIVA

LOS PRODUCTORES DE PELICULAS NACIONALES DE LARGOMETRAJE PODRAN OFRECER AL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES LOS DERECHOS DE EXHIBICION TELEVISIVA DE LAS PELICULAS DE LAS QUE FUERAN TITULARES, PARA SU PROYECCION POR LOS CANALES CON LOS CUALES EL ORGANISMO CELEBRE CONVENIOS AL EFECTO. EL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES RESOLVERA SOBRE LA ADQUISICION UNA VEZ EFECTUADO EL PEDIDO Y LA RESOLUCION QUE SE ADOPTE SERA IRRECURRIBLE EN SEDE ADMINISTRATIVA.

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