SANIDAD VEGETAL
PICUDO ALGODONERO - DESINSECTACION DE TRANSPORTE
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
10-Oct-2002
Resumen:
ESTABLECESE QUE EL TRANSPORTE AUTOMOTOR, FERROVIARIO Y FLUVIAL DEBERA SER DESINSECTADO CONTRA LA PLAGA DEL PICUDO DEL ALGODONERO EN LOS PASOS FRONTERIZOS CON LAS REPUBLICAS DEL PARAGUAY, FEDERATIVA DEL BRASIL Y DE BOLIVIA. METODOLOGIA DE APLICACION.
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 11 DE LA RESOLUCION 207/2010 DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, B.O. 17/06/2010, PAGINA 11.