MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
Resolución Nº 800/2010
Bs. As., 9/11/2010
VISTO el Expediente Nº S01:0449508/2009 del Registro del entonces MINISTERIO DE PRODUCCION, el Decreto Nº 1585 del 19 de diciembre de 1996, modificado por el Decreto Nº 825 del 10 de junio de 2010, las Resoluciones Nros. 466 del 9 de junio de 2008 y 401 del 14 de junio de 2010, ambas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº 466 de fecha 9 de junio de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, se aprueba el “PROGRAMA DE REORDENAMIENTO NORMATIVO DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA”.
Que por la Resolución Nº 401 de fecha 14 de junio de 2010 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA se da por finalizada la Primera Etapa (“DEFINICION METODOLOGICA”) del mencionado “Programa” y se aprueba el Indice Temático correspondiente al Sistema de Clasificación Normativa del DIGESTO NORMATIVO DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), en reemplazo del Indice Temático correspondiente al antiguo Código de Normas del SENASA (CNS).
Que el reordenamiento, actualización, revisión y armonización de la normativa aplicable en el Organismo, constituye uno de los cursos de acción de la gestión estratégica definida por este Servicio Nacional.
Que en el marco del Componente Apoyo Institucional del SENASA del Convenio ALA/2006/18-398 CE-SENASA y del Contrato de Préstamo Nº 1950/OC-AR celebrado con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) para el financiamiento del Programa para la Gestión de la Sanidad y Calidad Agroalimentaria en nuestro país, han sido financiadas las actividades de revisión y relevamiento de normas, la elaboración de un manual de pautas uniformes para la redacción de la nueva normativa, y la realización de talleres de sensibilización de agentes del SENASA en el uso de las nuevas herramientas.
Que en el marco del PROGRAMA DE REORDENAMIENTO NORMATIVO y sobre la base del relevamiento realizado a partir de la versión preliminar del Indice Temático Básico elaborado por la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES, las Direcciones Nacionales, las Direcciones de primera apertura y la Dirección de Asuntos Jurídicos han elaborado los índices temáticos en los que se establecen los contenidos normativos aplicados por cada una de las dependencias, correspondiendo en consecuencia aprobar el Indice Temático Básico del DIGESTO JURIDICO DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA con su correspondiente contenido normativo.
Que las presentes actuaciones se han iniciado con el objeto de dar cauce formal a la revisión del universo normativo referido a la inocuidad y calidad agroalimentaria, coincidente con las responsabilidades primarias de la Dirección Nacional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria de este Servicio Nacional.
Que en consecuencia procede dictar el acto administrativo correspondiente por el cual se apruebe el contenido normativo del índice citado.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto en virtud de lo dispuesto en el artículo 4º del Decreto Nº 1585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar Nº 825 del 10 de junio de 2010.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
CONTENIDO NORMATIVO DEL INDICE TEMATICO:
ARTICULO 1º — Apruébase el contenido normativo de la Parte Primera (Inocuidad y Calidad Agroalimentaria) del Indice Temático correspondiente al Sistema de Clasificación Normativa aprobado por Resolución Nº 401 de fecha 14 de junio de 2010 del Senasa, que integrará parte del DIGESTO NORMATIVO DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), que como Anexo que forma parte integrante de la presente resolución.
ABROGACIONES:
ARTICULO 2º — Abróganse las Resoluciones Nros. 468 del 8 de junio de 1982, 640 del 3 de junio de 1994, 113 del 7 de septiembre de 1995, 114 del 7 de septiembre de 1995, 603 del 3 de octubre de 1996, todas del ex SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL; la Resolución Nº 61 del 9 de agosto de 1995 del ex INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL, las Resoluciones Nros. 425 del 30 de junio de 1997, 511 del 10 de agosto de 1998 y 19 del 29 de diciembre de 1999, todas de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION; las Resoluciones Conjuntas Nros. 126 y 5 del 12 de marzo de 1996 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION y del ex SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL, respectivamente, 462 y 394 del 2 de agosto de 1996 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION y del ex SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL, respectivamente, las Resoluciones Nros. 783 del 26 de julio de 1999, 225 del 24 de marzo de 2000, 1870 del 25 de octubre de 2000, 2038 del 16 de noviembre de 2000, 423 del 14 de mayo de 2002, 877 del 4 de diciembre de 2002, 885 del 10 de diciembre de 2002, 488 del 20 de agosto de 2003, todas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA; las Disposiciones Conjuntas Nros. 13 y 154 del 21 de septiembre de 2007 de la Dirección Nacional de Protección Vegetal y de la ex Dirección Nacional de Fiscalización Agroalimentaria, respectivamente; 17 y 178 del 23 de noviembre de 2007 de la Dirección Nacional de Protección Vegetal y de la ex Dirección Nacional de Fiscalización Agroalimentaria, respectivamente; las Disposiciones Nros. 19 del 10 de marzo de 1992 del ex INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL y 16 del 29 de noviembre de 2002 de la ex Dirección Nacional de Fiscalización Agroalimentaria.
ARTICULO 3º — Comuníquese a la Dirección Nacional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria y al Centro de Documentación e Información de este Servicio Nacional.
DE FORMA:
ARTICULO 4º — Regístrese, comuníquese y archívese. — Dr. JORGE N. AMAYA, Presidente, Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria.
CAPITULO I: Frutas, hortalizas, aromáticas, algodón y otros.
Sección 1º: Habilitación de establecimientos de empaque y frigoríficos de frutas frescas, frutas desecadas, frutas secas, hortalizas, aromáticas y otros.
RE 48/98
RE 332/99
RE 676/06
RE 343/07
RI 130/93
RI 214/94
RS 44/10
DF 1/05
DF 139/06
DF 1/08
Sección 2º: Normas de calidad para la comercialización en el mercado interno y la exportación de frutas frescas, desecadas y secas, hortalizas, aromáticas y otros (algodón, algas y hongos).
RM 960/86
Res. SESP 70/75
RX 88/65
RX 1352/67
RX 145/83
RX 297/83
RX 554/83
RY 449/85
RY 43/86
RY 313/88
RY 212/90
RY 388/93
RY 75/94
RY 433/94
RE 600/97
RE 756/97
RE 85/98
RE 404/98
RE 190/99
RE 289/99
RE 221/04
RE 641/04
RE 76/06
RE 343/07
RE 58/07
RE 100/07
RI 311/94
RI 82/94
RI 82/95
RI 88/95
RI 100/95
RI 101/95
RI 144/95
RS 421/09
RS 44/10
DN 1/96
DF 20/77
DF 5/82
DF 18/82
DF 15/83
DF 3/84
DF 12/85
DF 19/86
DF 28/87
DF 9/89
DF 21/89
DF 52/89
DF 5/90
DF 12/90
DF 22/90
DF 64/90
DF 46/91
DF 57/91
DF 7/92
DF 8/92
DF 19/92
Sección 3º: Habilitación de profesionales certificadores de calidad de manzanas y peras para exportación y certificados de calidad.
RX 70/82
RX 286/82
RX 288/82
RX 295/82
RX 686/84
RE 41/07
Sección 4º: Envases.
RX 1352/67
RX 88/65
RX 697/80
RX 145/83
RX 297/83
RX 554/83
RY 43/86
RY 217/86
RY 749/88
RY 251/90
RY 232/94
RI 203/93
DF 17/82
DF 1/87
DF 4/87
DF 8/89
Sección 5º: Uso industrial.
RX 88/65
RX 1352/67
RX 554/83
RX 145/83
DF 29/89
Sección 6º: Buenas Prácticas Agrícolas y de Manufactura.
RE 71/99
RS 530/01
RS 510/02
Sección 7º: Autorizaciones especiales.
RX 88/65
RX 1352/67
RX 145/83
RX 554/83
DNFyC 57/91
DFyH 19/86
Sección 8º: Exportación de frutas y hortalizas a la FEDERACION DE RUSIA.
RS 1171/08
CAPITULO II: Cereales, oleaginosos, legumbres y subproductos.
Sección 1º: Habilitación de empresas controladoras y certificadoras.
Subsección 1: Granos y Subproductos.
RY 365/94
RI 44/94
RI 302/94
Subsección 2: Certificadores de identidad preservada.
RE 37/02
RS 61/00
Sección 2º: Maní. Exportación a la UNION EUROPEA. Habilitación de establecimientos procesadores.
RE 62/07
RS 197/10
RS 436/02
Sección 3º: Normas de calidad, muestreo y metodología para los granos y subproductos.
RY 1075/94, sus modificatorias y ampliatorias.
Subsección 1: Normas de calidad para la comercialización de granos y subproductos.
RY 302/91
RY 1075/94 (Normas I al XXI bis, XXVII al XXX) y sus modificatorias y ampliatorias.
RE 603/06
RI 112/94
RI 25/95
RI 159/96
Subsección 2: Muestreo en granos.
RY 1075/94 (Norma XXII)
Subsección 3: Metodologías varias.
RY 1075/94 (Norma XXVI)
Subsección 4: Exportación de granos. Calidad Convenida.
RY 302/91
RY 1075/94 (Norma XXIII y XXV)
Subsección 5: Plagas que afectan la calidad.
RY 1075/94 (Norma XXIV)
RI 25/95
Sección 4º: Apelaciones por calidad.
RY 2343/93
RY 369/94
RI 112/94
RI 186/95
Sección 5º: Normas Higiénico-sanitarias.
Subsección 1: Granos coloreados.
RE 687/05
RS 803/06
Subsección 2: Micotoxinas.
RC 66/02
RC 344/02
CAPITULO III: Productos orgánicos o ecológicos.
Sección 1º: Certificadoras. Habilitación.
RS 68/94
RI 82/92
RI 42/94
Sección 2º: Acortamiento períodos de transición.
RY 423/92
RZ 1286/93
RE 270/00
Sección 3º: Estándares para la producción y certificación de productos orgánicos o ecológicos.
RY 423/92
RE 270/00
RE 451/01
RI 188/95
RZ 1286/93
RZ 1505/93
Sección 4º: Sistema de control.
RE 270/00
RE 503/05
RZ 1286/93
RI 331/94
CAPITULO IV: Productos agroindustriales de base agropecuaria.
Sección 1º: Análisis de riesgo de eventos biotecnológicos.
RE 131/98
RS 1265/99
RS 412/02
Sección 2º: Análisis de riesgo y registro de aditivos alimentarios y coadyuvantes de tecnología para su uso en vegetales.
RE 425/00
RE 214/04
RI 198/96
Sección 3º: Estándares para la comercialización de productos agroindustriales de base agropecuaria.
RY 1075/94 Cap. XIX.
CAPITULO V: Productos de origen animal.
Sección 1º: Certificación de calidad de alimentos.
RS 758/99
RS 280/01
Sección 2º: Etiquetado y trazabilidad de carnes vacunas con destino a la UNION EUROPEA.
RE 3/07
RE 143/07
RS 141/02
Sección 3º: Certificación de carne vacuna con destino a la REPUBLICA DE CHILE.
RE 452/04
RS 869/02
Sección 4º: Carne vacuna de calidad superior para exportación a UNION EUROPEA.
RE 128/07
RE 143/07
Sección 5º: Programa de procesos verificados Convenio USDA-AMS/SENASA para exportación a los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
RS 278/99
RS 228/00
RS 526/00
RS 1311/99
CAPITULO I: Certificación de exportación de productos, subproductos y derivados de origen animal, insumos con componente animal y alimentos para animales.
RS 281/01
RS 595/01
Disposición 05/03
CAPITULO II: Importación de productos, subproductos y derivados de origen animal, insumos con componente animal y alimentos para animales.
RE 315/06
RS 2038/00
RS 238/01
RS 117/02
RS 816/02
CAPITULO III: Tránsito entre terceros países de animales vivos, material reproductivo y productos, subproductos y derivados de origen animal, insumos con componente animal y alimentos para animales.
RZ 647/96
RS 281/01
RS 595/01
RS 1134/08
RS 284/09
CAPITULO IV: Control en fronteras de importación y exportación de animales vivos, material reproductivo, productos, subproductos y derivados de origen animal, insumos con componente animal y alimentos para animales.
RZ 1353/94
RZ 1354/94
RZ 1415/94
RS 1131/00
RS 1172/00
RS 1442/00
RS 1504/00
RS 1505/00
RS 1876/00
RS 44/01
RS 281/01
RS 501/01
RS 595/01
RS 117/02
RS 816/02
RS 194/04
RS 403/04
DN 05/03
CAPITULO V: Control en fronteras de tráfico vecinal fronterizo, vehicular y equipaje.
RS 99/99
RS 295/99
RS 299/99
RS 1310/99
RS 501/01
RS 1310/99
RS 1088/08
DF 63/09
CAPITULO VI: Control en barreras sanitarias de animales vivos, material reproductivo y productos, subproductos y derivados de origen animal, insumos con componente animal y alimentos para animales, tráfico vecinal, vehicular y equipajes.
RS 283/09
DC 15 y 5/01
RC 19 y 2/02
DC 15 y 8/02
DC 8 y 34/05
RS 1282/08
CAPITULO VII: Control de tráfico federal de productos, subproductos y derivados de origen animal y movimiento de animales y material de reproducción.
RC 448/98 y 614/98
RS 119/98
RS 449/04
CAPITULO VIII: Registro de operadores comerciales en importación y exportación.
RS 492/01
CAPITULO IX: Registro de plazoletas y terminales de carga de comercio exterior.
RS 1957/00
RS 77/03
RS 159/08
CAPITULO I: Fiscalización de Agroquímicos y Biológicos.
Sección 1º: Productos fitosanitarios.
Subsección 1º: Control y fiscalización.
RS 500/03
DF 119/07
Subsección 2º: Trazabilidad.
RE 1230/04
Sección 2º: Fertilizantes y enmiendas.
RS 500/03
DF 119/07
Sección 3º: Prevención del riesgo de la salud humana.
RS 500/03
DF 119/07
CAPITULO II: Fiscalización de Alimentos para animales.
Sección 1º: Establecimientos y firmas.
Subsección 1º: Registro.
RS 354/99
RS 337/03
RS 341/03
RS 656/06
Subsección 2º: Fiscalización y control.
RS 341/03
RS 656/06
RS 337/03
RS 440/09
Sección 2º: Productos.
Subsección 1º: Fiscalización y control.
RE 1389/04
RZ 345/94 (anexo III)
RZ 117/95
RZ 248/95
RZ 253/95
RZ 765/96
RS 60/01
RS 508/01
RS 525/01
DN 1/07
DN 115/08
CAPITULO III: Sistema de Control de frutas y hortalizas frescas.
Sección 1º: Control de frutas y hortalizas frescas.
RS 493/01
Subsección 1º: Registros.
Apartado 1: Registro de establecimientos mayoristas de frutas y hortalizas.
RS 240/03
RS 513/04
Apartado 2: Registro de responsables técnicos de establecimientos mayoristas de frutas y hortalizas.
RS 874/06
Apartado 3: Registro de establecimientos de empaque.
RX 297/83
RX 554/83
RE 58/07
Apartado 4: Registro de empresas industrializadoras y elaboradoras de frutas frescas de la Región Patagónica.
RX 145/83
RY 93/97
RI 271/95
RS 338/99
Sección 2º: Inspecciones en establecimientos.
Subsección 1º: Visitas de inspección a establecimientos mayoristas para constatar el grado de implementación del manual POES (Mejora continua).
RS 48/06
Subsección 2º: Controles físicos en establecimientos de empaque.
DN 43/03
DN 1/04
DN 182/06
Subsección 3º: Control de trazabilidad, etiquetado e inscripciones de productos frutihortícolas frescos.
DN 43/03
DN 1/04
DN 182/06
DC 13 y 154/07
DC 17 y 178/07
DC 01 y 41/08
Sección 3º: Monitoreo de contaminantes biológicos y químicos.
Subsección 1º: Muestreo de productos frutihortícolas.
RS 148/07
DN 42/08
Subsección 2º: Interdicción de mercaderías que violan la normativa vigente en materia de contaminantes químicos y biológicos.
DN 1/03
CAPITULO I: Habilitación de Establecimientos.
Sección 1º: Establecimientos terrestres.
Subsección 1: De producción cárnica.
RE 993/97
RZ 330/75
Apartado 1: De especies mayores.
RE 513/97
Apartado 2: De especies menores.
RE 430/04
RZ 198/95
RE 125/95
RE 574/05
RS 108/10
Subsección 2: De producción pesquera.
RE 429/04
Subsección 3: De producción acuícola y otros.
RS 121/06
RS 371/08
RS 761/09
Subsección 4: De producción apícola.
RE 121/98
RE 870/06
RZ 220/95
RS 186/03
RS 797/05
Subsección 5: De producción láctea.
RZ 1102/93
RZ 1231/93
RZ 1268/93
RS 1256/98
Sección 2º: Establecimientos flotantes.
RS 122/06
RS 348/07
Sección 3º: Establecimientos para tráfico federal o con barreras sanitarias internas.
RE 79/06
RS 783/99
RS 283/09
RS 225/06
RS 323/06
RS 204/07
Sección 4º: Establecimientos para tráfico internacional.
RY 370/97
RE 128/07
RE 143/07
RS 969/97
RS 345/98
RS 1256/98
RS 238/01
RS 117/02
RS 816/02
RS 128/07
CAPITULO II: Registro.
RE 906/00
RE 3/02
RE 139/03
CAPITULO III: Sistema Oficial de Inspección.
RE 144/05
RS 176/00
Sección 1º: Faena.
RE 400/01
Sección 2º: Desposte.
RS 1128/99
Sección 3º: Subproductos y derivados de origen animal.
RS 337/03
RS 1389/04
RS 283/09
Sección 4º: Embalaje y rotulado.
RE 205/99
RE 310/04
RE 3/05
RS 1134/99
RS 1128/99
RS 1134/99
RS 87/00
RS 494/01
RS 43/02
RS 201/10
Sección 5º: Certificación.
RC 126/96 y 5/96
RX 45/93
RX 286/93
RZ 1367/93
RW 16/96
RE 429/04
RE 128/07
RE 143/07
RS 56/97
RS 1407/00
RS 170/06
Sección 6º: Transporte.
RE 429/04
CAPITULO IV: Manuales de Procedimiento.
Sección 1º: HCCP
RZ 134/96
RZ 460/95
RS 718/99
Sección 2º: Otros manuales.
RS 505/98
RS 833/00
RS 370/01
RS 811/05
RS 685/05
RS 49/06
CAPITULO V: Control de Gestión.
Sección 1º: Gestión administrativa.
RC 19/00
RS 488/02
RS 437/07
Sección 2º: Gestión de la inocuidad.
RZ 134/96
RS 718/99
RS 740/99
RS 117/02
CAPITULO I: Plan de Control de Residuos e Higiene de los Alimentos (Plan CREHA).
RZ 125/95
RZ 216/95
RS 1298/00
RS 222/2008
Sección 1º: Para productos nacionales e importados.
RS 121/98
RS 797/05
CAPITULO II: Programa de muestreo. Tiempos Reglamentarios.
RE 813/99
RS 290/95 bis (2º período)
CAPITULO III: Procedimientos de Toma y Remisión de muestras.
Sección 1º: Procedimiento General de Toma y Remisión de Muestras (PP 5.1).
RE 125/98
Sección 2º: Confección de campos excluidos para exportar a la UNION EUROPEA (PG7).
RE 370/97
Sección 3º: Procedimiento para productos importados.
RS 119/00
RS 816/02
Sección 4º: Procedimiento para exportación de productos.
RE 370/97
RS 290/95
RS 515/97
CAPITULO IV: Prohibiciones
Sección 1º: Prohibición de Anabolizantes.
RE 60/01
RE 447/04
RS 300/95
Sección 2º: Prohibición de Nitrofuranos.
RC 15/05 y 141/05
RZ 248/95
Sección 3º: Prohibición de Quinoxsalinas.
RE 84/07
RE 124/09
RS 895/02
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
Resolución Nº 800/2010
Bs. As., 9/11/2010
VISTO el Expediente Nº S01:0449508/2009 del Registro del entonces MINISTERIO DE PRODUCCION, el Decreto Nº 1585 del 19 de diciembre de 1996, modificado por el Decreto Nº 825 del 10 de junio de 2010, las Resoluciones Nros. 466 del 9 de junio de 2008 y 401 del 14 de junio de 2010, ambas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº 466 de fecha 9 de junio de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, se aprueba el “PROGRAMA DE REORDENAMIENTO NORMATIVO DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA”.
Que por la Resolución Nº 401 de fecha 14 de junio de 2010 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA se da por finalizada la Primera Etapa (“DEFINICION METODOLOGICA”) del mencionado “Programa” y se aprueba el Indice Temático correspondiente al Sistema de Clasificación Normativa del DIGESTO NORMATIVO DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), en reemplazo del Indice Temático correspondiente al antiguo Código de Normas del SENASA (CNS).
Que el reordenamiento, actualización, revisión y armonización de la normativa aplicable en el Organismo, constituye uno de los cursos de acción de la gestión estratégica definida por este Servicio Nacional.
Que en el marco del Componente Apoyo Institucional del SENASA del Convenio ALA/2006/18-398 CE-SENASA y del Contrato de Préstamo Nº 1950/OC-AR celebrado con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) para el financiamiento del Programa para la Gestión de la Sanidad y Calidad Agroalimentaria en nuestro país, han sido financiadas las actividades de revisión y relevamiento de normas, la elaboración de un manual de pautas uniformes para la redacción de la nueva normativa, y la realización de talleres de sensibilización de agentes del SENASA en el uso de las nuevas herramientas.
Que en el marco del PROGRAMA DE REORDENAMIENTO NORMATIVO y sobre la base del relevamiento realizado a partir de la versión preliminar del Indice Temático Básico elaborado por la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES, las Direcciones Nacionales, las Direcciones de primera apertura y la Dirección de Asuntos Jurídicos han elaborado los índices temáticos en los que se establecen los contenidos normativos aplicados por cada una de las dependencias, correspondiendo en consecuencia aprobar el Indice Temático Básico del DIGESTO JURIDICO DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA con su correspondiente contenido normativo.
Que las presentes actuaciones se han iniciado con el objeto de dar cauce formal a la revisión del universo normativo referido a la inocuidad y calidad agroalimentaria, coincidente con las responsabilidades primarias de la Dirección Nacional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria de este Servicio Nacional.
Que en consecuencia procede dictar el acto administrativo correspondiente por el cual se apruebe el contenido normativo del índice citado.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto en virtud de lo dispuesto en el artículo 4º del Decreto Nº 1585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar Nº 825 del 10 de junio de 2010.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
CONTENIDO NORMATIVO DEL INDICE TEMATICO:
ARTICULO 1º — Apruébase el contenido normativo de la Parte Primera (Inocuidad y Calidad Agroalimentaria) del Indice Temático correspondiente al Sistema de Clasificación Normativa aprobado por Resolución Nº 401 de fecha 14 de junio de 2010 del Senasa, que integrará parte del DIGESTO NORMATIVO DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), que como Anexo que forma parte integrante de la presente resolución.
ABROGACIONES:
ARTICULO 2º — Abróganse las Resoluciones Nros. 468 del 8 de junio de 1982, 640 del 3 de junio de 1994, 113 del 7 de septiembre de 1995, 114 del 7 de septiembre de 1995, 603 del 3 de octubre de 1996, todas del ex SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL; la Resolución Nº 61 del 9 de agosto de 1995 del ex INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL, las Resoluciones Nros. 425 del 30 de junio de 1997, 511 del 10 de agosto de 1998 y 19 del 29 de diciembre de 1999, todas de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION; las Resoluciones Conjuntas Nros. 126 y 5 del 12 de marzo de 1996 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION y del ex SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL, respectivamente, 462 y 394 del 2 de agosto de 1996 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION y del ex SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL, respectivamente, las Resoluciones Nros. 783 del 26 de julio de 1999, 225 del 24 de marzo de 2000, 1870 del 25 de octubre de 2000, 2038 del 16 de noviembre de 2000, 423 del 14 de mayo de 2002, 877 del 4 de diciembre de 2002, 885 del 10 de diciembre de 2002, 488 del 20 de agosto de 2003, todas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA; las Disposiciones Conjuntas Nros. 13 y 154 del 21 de septiembre de 2007 de la Dirección Nacional de Protección Vegetal y de la ex Dirección Nacional de Fiscalización Agroalimentaria, respectivamente; 17 y 178 del 23 de noviembre de 2007 de la Dirección Nacional de Protección Vegetal y de la ex Dirección Nacional de Fiscalización Agroalimentaria, respectivamente; las Disposiciones Nros. 19 del 10 de marzo de 1992 del ex INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL y 16 del 29 de noviembre de 2002 de la ex Dirección Nacional de Fiscalización Agroalimentaria.
ARTICULO 3º — Comuníquese a la Dirección Nacional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria y al Centro de Documentación e Información de este Servicio Nacional.
DE FORMA:
ARTICULO 4º — Regístrese, comuníquese y archívese. — Dr. JORGE N. AMAYA, Presidente, Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria.
ANEXO
INDICE TEMATICO QUE ESTABLECE EL CONTENIDO NORMATIVO DEL DIGESTO NORMATIVO DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA)
LIBRO TERCERO
Reglamentación Agroalimentaria
PARTE PRIMERA
INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
TITULO I
LIBRO TERCERO
Reglamentación Agroalimentaria
PARTE PRIMERA
INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
TITULO I
CALIDAD AGROALIMENTARIA
CAPITULO I: Frutas, hortalizas, aromáticas, algodón y otros.
Sección 1º: Habilitación de establecimientos de empaque y frigoríficos de frutas frescas, frutas desecadas, frutas secas, hortalizas, aromáticas y otros.
RE 48/98
RE 332/99
RE 676/06
RE 343/07
RI 130/93
RI 214/94
RS 44/10
DF 1/05
DF 139/06
DF 1/08
Sección 2º: Normas de calidad para la comercialización en el mercado interno y la exportación de frutas frescas, desecadas y secas, hortalizas, aromáticas y otros (algodón, algas y hongos).
RM 960/86
Res. SESP 70/75
RX 88/65
RX 1352/67
RX 145/83
RX 297/83
RX 554/83
RY 449/85
RY 43/86
RY 313/88
RY 212/90
RY 388/93
RY 75/94
RY 433/94
RE 600/97
RE 756/97
RE 85/98
RE 404/98
RE 190/99
RE 289/99
RE 221/04
RE 641/04
RE 76/06
RE 343/07
RE 58/07
RE 100/07
RI 311/94
RI 82/94
RI 82/95
RI 88/95
RI 100/95
RI 101/95
RI 144/95
RS 421/09
RS 44/10
DN 1/96
DF 20/77
DF 5/82
DF 18/82
DF 15/83
DF 3/84
DF 12/85
DF 19/86
DF 28/87
DF 9/89
DF 21/89
DF 52/89
DF 5/90
DF 12/90
DF 22/90
DF 64/90
DF 46/91
DF 57/91
DF 7/92
DF 8/92
DF 19/92
Sección 3º: Habilitación de profesionales certificadores de calidad de manzanas y peras para exportación y certificados de calidad.
RX 70/82
RX 286/82
RX 288/82
RX 295/82
RX 686/84
RE 41/07
Sección 4º: Envases.
RX 1352/67
RX 88/65
RX 697/80
RX 145/83
RX 297/83
RX 554/83
RY 43/86
RY 217/86
RY 749/88
RY 251/90
RY 232/94
RI 203/93
DF 17/82
DF 1/87
DF 4/87
DF 8/89
Sección 5º: Uso industrial.
RX 88/65
RX 1352/67
RX 554/83
RX 145/83
DF 29/89
Sección 6º: Buenas Prácticas Agrícolas y de Manufactura.
RE 71/99
RS 530/01
RS 510/02
Sección 7º: Autorizaciones especiales.
RX 88/65
RX 1352/67
RX 145/83
RX 554/83
DNFyC 57/91
DFyH 19/86
Sección 8º: Exportación de frutas y hortalizas a la FEDERACION DE RUSIA.
RS 1171/08
CAPITULO II: Cereales, oleaginosos, legumbres y subproductos.
Sección 1º: Habilitación de empresas controladoras y certificadoras.
Subsección 1: Granos y Subproductos.
RY 365/94
RI 44/94
RI 302/94
Subsección 2: Certificadores de identidad preservada.
RE 37/02
RS 61/00
Sección 2º: Maní. Exportación a la UNION EUROPEA. Habilitación de establecimientos procesadores.
RE 62/07
RS 197/10
RS 436/02
Sección 3º: Normas de calidad, muestreo y metodología para los granos y subproductos.
RY 1075/94, sus modificatorias y ampliatorias.
Subsección 1: Normas de calidad para la comercialización de granos y subproductos.
RY 302/91
RY 1075/94 (Normas I al XXI bis, XXVII al XXX) y sus modificatorias y ampliatorias.
RE 603/06
RI 112/94
RI 25/95
RI 159/96
Subsección 2: Muestreo en granos.
RY 1075/94 (Norma XXII)
Subsección 3: Metodologías varias.
RY 1075/94 (Norma XXVI)
Subsección 4: Exportación de granos. Calidad Convenida.
RY 302/91
RY 1075/94 (Norma XXIII y XXV)
Subsección 5: Plagas que afectan la calidad.
RY 1075/94 (Norma XXIV)
RI 25/95
Sección 4º: Apelaciones por calidad.
RY 2343/93
RY 369/94
RI 112/94
RI 186/95
Sección 5º: Normas Higiénico-sanitarias.
Subsección 1: Granos coloreados.
RE 687/05
RS 803/06
Subsección 2: Micotoxinas.
RC 66/02
RC 344/02
CAPITULO III: Productos orgánicos o ecológicos.
Sección 1º: Certificadoras. Habilitación.
RS 68/94
RI 82/92
RI 42/94
Sección 2º: Acortamiento períodos de transición.
RY 423/92
RZ 1286/93
RE 270/00
Sección 3º: Estándares para la producción y certificación de productos orgánicos o ecológicos.
RY 423/92
RE 270/00
RE 451/01
RI 188/95
RZ 1286/93
RZ 1505/93
Sección 4º: Sistema de control.
RE 270/00
RE 503/05
RZ 1286/93
RI 331/94
CAPITULO IV: Productos agroindustriales de base agropecuaria.
Sección 1º: Análisis de riesgo de eventos biotecnológicos.
RE 131/98
RS 1265/99
RS 412/02
Sección 2º: Análisis de riesgo y registro de aditivos alimentarios y coadyuvantes de tecnología para su uso en vegetales.
RE 425/00
RE 214/04
RI 198/96
Sección 3º: Estándares para la comercialización de productos agroindustriales de base agropecuaria.
RY 1075/94 Cap. XIX.
CAPITULO V: Productos de origen animal.
Sección 1º: Certificación de calidad de alimentos.
RS 758/99
RS 280/01
Sección 2º: Etiquetado y trazabilidad de carnes vacunas con destino a la UNION EUROPEA.
RE 3/07
RE 143/07
RS 141/02
Sección 3º: Certificación de carne vacuna con destino a la REPUBLICA DE CHILE.
RE 452/04
RS 869/02
Sección 4º: Carne vacuna de calidad superior para exportación a UNION EUROPEA.
RE 128/07
RE 143/07
Sección 5º: Programa de procesos verificados Convenio USDA-AMS/SENASA para exportación a los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
RS 278/99
RS 228/00
RS 526/00
RS 1311/99
TITULO II
TRAFICO INTERNACIONAL
TRAFICO INTERNACIONAL
CAPITULO I: Certificación de exportación de productos, subproductos y derivados de origen animal, insumos con componente animal y alimentos para animales.
RS 281/01
RS 595/01
Disposición 05/03
CAPITULO II: Importación de productos, subproductos y derivados de origen animal, insumos con componente animal y alimentos para animales.
RE 315/06
RS 2038/00
RS 238/01
RS 117/02
RS 816/02
CAPITULO III: Tránsito entre terceros países de animales vivos, material reproductivo y productos, subproductos y derivados de origen animal, insumos con componente animal y alimentos para animales.
RZ 647/96
RS 281/01
RS 595/01
RS 1134/08
RS 284/09
CAPITULO IV: Control en fronteras de importación y exportación de animales vivos, material reproductivo, productos, subproductos y derivados de origen animal, insumos con componente animal y alimentos para animales.
RZ 1353/94
RZ 1354/94
RZ 1415/94
RS 1131/00
RS 1172/00
RS 1442/00
RS 1504/00
RS 1505/00
RS 1876/00
RS 44/01
RS 281/01
RS 501/01
RS 595/01
RS 117/02
RS 816/02
RS 194/04
RS 403/04
DN 05/03
CAPITULO V: Control en fronteras de tráfico vecinal fronterizo, vehicular y equipaje.
RS 99/99
RS 295/99
RS 299/99
RS 1310/99
RS 501/01
RS 1310/99
RS 1088/08
DF 63/09
CAPITULO VI: Control en barreras sanitarias de animales vivos, material reproductivo y productos, subproductos y derivados de origen animal, insumos con componente animal y alimentos para animales, tráfico vecinal, vehicular y equipajes.
RS 283/09
DC 15 y 5/01
RC 19 y 2/02
DC 15 y 8/02
DC 8 y 34/05
RS 1282/08
CAPITULO VII: Control de tráfico federal de productos, subproductos y derivados de origen animal y movimiento de animales y material de reproducción.
RC 448/98 y 614/98
RS 119/98
RS 449/04
CAPITULO VIII: Registro de operadores comerciales en importación y exportación.
RS 492/01
CAPITULO IX: Registro de plazoletas y terminales de carga de comercio exterior.
RS 1957/00
RS 77/03
RS 159/08
TITULO III
FISCALIZACION VEGETAL
FISCALIZACION VEGETAL
CAPITULO I: Fiscalización de Agroquímicos y Biológicos.
Sección 1º: Productos fitosanitarios.
Subsección 1º: Control y fiscalización.
RS 500/03
DF 119/07
Subsección 2º: Trazabilidad.
RE 1230/04
Sección 2º: Fertilizantes y enmiendas.
RS 500/03
DF 119/07
Sección 3º: Prevención del riesgo de la salud humana.
RS 500/03
DF 119/07
CAPITULO II: Fiscalización de Alimentos para animales.
Sección 1º: Establecimientos y firmas.
Subsección 1º: Registro.
RS 354/99
RS 337/03
RS 341/03
RS 656/06
Subsección 2º: Fiscalización y control.
RS 341/03
RS 656/06
RS 337/03
RS 440/09
Sección 2º: Productos.
Subsección 1º: Fiscalización y control.
RE 1389/04
RZ 345/94 (anexo III)
RZ 117/95
RZ 248/95
RZ 253/95
RZ 765/96
RS 60/01
RS 508/01
RS 525/01
DN 1/07
DN 115/08
CAPITULO III: Sistema de Control de frutas y hortalizas frescas.
Sección 1º: Control de frutas y hortalizas frescas.
RS 493/01
Subsección 1º: Registros.
Apartado 1: Registro de establecimientos mayoristas de frutas y hortalizas.
RS 240/03
RS 513/04
Apartado 2: Registro de responsables técnicos de establecimientos mayoristas de frutas y hortalizas.
RS 874/06
Apartado 3: Registro de establecimientos de empaque.
RX 297/83
RX 554/83
RE 58/07
Apartado 4: Registro de empresas industrializadoras y elaboradoras de frutas frescas de la Región Patagónica.
RX 145/83
RY 93/97
RI 271/95
RS 338/99
Sección 2º: Inspecciones en establecimientos.
Subsección 1º: Visitas de inspección a establecimientos mayoristas para constatar el grado de implementación del manual POES (Mejora continua).
RS 48/06
Subsección 2º: Controles físicos en establecimientos de empaque.
DN 43/03
DN 1/04
DN 182/06
Subsección 3º: Control de trazabilidad, etiquetado e inscripciones de productos frutihortícolas frescos.
DN 43/03
DN 1/04
DN 182/06
DC 13 y 154/07
DC 17 y 178/07
DC 01 y 41/08
Sección 3º: Monitoreo de contaminantes biológicos y químicos.
Subsección 1º: Muestreo de productos frutihortícolas.
RS 148/07
DN 42/08
Subsección 2º: Interdicción de mercaderías que violan la normativa vigente en materia de contaminantes químicos y biológicos.
DN 1/03
TITULO IV
FISCALIZACION DE PRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL
FISCALIZACION DE PRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL
CAPITULO I: Habilitación de Establecimientos.
Sección 1º: Establecimientos terrestres.
Subsección 1: De producción cárnica.
RE 993/97
RZ 330/75
Apartado 1: De especies mayores.
RE 513/97
Apartado 2: De especies menores.
RE 430/04
RZ 198/95
RE 125/95
RE 574/05
RS 108/10
Subsección 2: De producción pesquera.
RE 429/04
Subsección 3: De producción acuícola y otros.
RS 121/06
RS 371/08
RS 761/09
Subsección 4: De producción apícola.
RE 121/98
RE 870/06
RZ 220/95
RS 186/03
RS 797/05
Subsección 5: De producción láctea.
RZ 1102/93
RZ 1231/93
RZ 1268/93
RS 1256/98
Sección 2º: Establecimientos flotantes.
RS 122/06
RS 348/07
Sección 3º: Establecimientos para tráfico federal o con barreras sanitarias internas.
RE 79/06
RS 783/99
RS 283/09
RS 225/06
RS 323/06
RS 204/07
Sección 4º: Establecimientos para tráfico internacional.
RY 370/97
RE 128/07
RE 143/07
RS 969/97
RS 345/98
RS 1256/98
RS 238/01
RS 117/02
RS 816/02
RS 128/07
CAPITULO II: Registro.
RE 906/00
RE 3/02
RE 139/03
CAPITULO III: Sistema Oficial de Inspección.
RE 144/05
RS 176/00
Sección 1º: Faena.
RE 400/01
Sección 2º: Desposte.
RS 1128/99
Sección 3º: Subproductos y derivados de origen animal.
RS 337/03
RS 1389/04
RS 283/09
Sección 4º: Embalaje y rotulado.
RE 205/99
RE 310/04
RE 3/05
RS 1134/99
RS 1128/99
RS 1134/99
RS 87/00
RS 494/01
RS 43/02
RS 201/10
Sección 5º: Certificación.
RC 126/96 y 5/96
RX 45/93
RX 286/93
RZ 1367/93
RW 16/96
RE 429/04
RE 128/07
RE 143/07
RS 56/97
RS 1407/00
RS 170/06
Sección 6º: Transporte.
RE 429/04
CAPITULO IV: Manuales de Procedimiento.
Sección 1º: HCCP
RZ 134/96
RZ 460/95
RS 718/99
Sección 2º: Otros manuales.
RS 505/98
RS 833/00
RS 370/01
RS 811/05
RS 685/05
RS 49/06
CAPITULO V: Control de Gestión.
Sección 1º: Gestión administrativa.
RC 19/00
RS 488/02
RS 437/07
Sección 2º: Gestión de la inocuidad.
RZ 134/96
RS 718/99
RS 740/99
RS 117/02
TITULO V
CONTROL DE RESIDUOS E HIGIENE DE LOS ALIMENTOS
CONTROL DE RESIDUOS E HIGIENE DE LOS ALIMENTOS
CAPITULO I: Plan de Control de Residuos e Higiene de los Alimentos (Plan CREHA).
RZ 125/95
RZ 216/95
RS 1298/00
RS 222/2008
Sección 1º: Para productos nacionales e importados.
RS 121/98
RS 797/05
CAPITULO II: Programa de muestreo. Tiempos Reglamentarios.
RE 813/99
RS 290/95 bis (2º período)
CAPITULO III: Procedimientos de Toma y Remisión de muestras.
Sección 1º: Procedimiento General de Toma y Remisión de Muestras (PP 5.1).
RE 125/98
Sección 2º: Confección de campos excluidos para exportar a la UNION EUROPEA (PG7).
RE 370/97
Sección 3º: Procedimiento para productos importados.
RS 119/00
RS 816/02
Sección 4º: Procedimiento para exportación de productos.
RE 370/97
RS 290/95
RS 515/97
CAPITULO IV: Prohibiciones
Sección 1º: Prohibición de Anabolizantes.
RE 60/01
RE 447/04
RS 300/95
Sección 2º: Prohibición de Nitrofuranos.
RC 15/05 y 141/05
RZ 248/95
Sección 3º: Prohibición de Quinoxsalinas.
RE 84/07
RE 124/09
TITULO VI
PLAN NACIONAL DE PREVENCION DE INGRESO Y TRANSMISION DE PLAGAS
Y ENFERMEDADES A TRAVES DE RESIDUOS REGULADOS
PLAN NACIONAL DE PREVENCION DE INGRESO Y TRANSMISION DE PLAGAS
Y ENFERMEDADES A TRAVES DE RESIDUOS REGULADOS
RS 895/02
e. 16/07/2012 N° 75813/12 v. 16/07/2012