MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
REGISTRO PUBLICO UNICO DE OPERADORES DE FAUNA SILVESTRE - EXCEPCIONES
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
18-Ene-2022
Resumen:
ACLARASE POR MEDIO DE LA PRESENTE QUE LAS AUTORIDADES LOCALES DE APLICACION CON COMPETENCIA EN MATERIA DE FAUNA SILVESTRE NO SE ENCUENTRAN ALCANZADAS POR LA RESOLUCION MAYDS N° 170/2021. SE MANTIENE LA OBLIGACION DE INSCRIPCION PARA LAS INSTITUCIONES PUBLICAS QUE ALBERGUEN EJEMPLARES, PRODUCTOS Y/O SUBPRODUCTOS DE LA FAUNA SILVESTRE COMPRENDIDAS EN ALGUNA DE LAS CATEGORIAS ENUMERADAS EN EL ANEXO III DE LA RESOLUCION MAYDS N° 170/2021.
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 1° DE LA RESOLUCION 189/2022 DEL MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, B.O. 11/05/2022, PAGINA 53.