MINISTERIO DE HACIENDA
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA
Resolución 8/2018
RESOL-2018-8-APN-SGE#MHA
Ciudad de Buenos Aires, 13/09/2018
VISTO el Expediente N° EX-2018-41667509-APN-DGDO#MEN y la Resolución N° 126 del 5 de septiembre de 2018 del ex MINISTERIO DE ENERGÍA, y
CONSIDERANDO:
Que en el texto del artículo 3° de la Resolución N° 126 del 5 de septiembre de 2018 del ex MINISTERIO DE ENERGÍA, se verifica un error material que debe ser rectificado.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 101 del “Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017” y el artículo 14 del Decreto N° 802 del 5 de septiembre de 2018.
Por ello,
EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE ENERGÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Rectifícase el artículo 3° de la Resolución N° 126 del 5 de septiembre de 2018 del ex MINISTERIO DE ENERGÍA, el que quedará redactado del siguiente modo: “ARTÍCULO 3°.- Las facultades conferidas por el artículo 55 de la Ley N° 27.431 de Presupuesto General de la Administración Nacional a efectos de instruir directamente al BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA para que disponga los pagos de los desembolsos correspondientes a la obra mencionada en el artículo precedente, corresponderán a IEASA en virtud de la transferencia ordenada por el Decreto N° 882/17 y lo resuelto en la presente”.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Javier Alfredo Iguacel
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA
Resolución 8/2018
RESOL-2018-8-APN-SGE#MHA
Ciudad de Buenos Aires, 13/09/2018
VISTO el Expediente N° EX-2018-41667509-APN-DGDO#MEN y la Resolución N° 126 del 5 de septiembre de 2018 del ex MINISTERIO DE ENERGÍA, y
CONSIDERANDO:
Que en el texto del artículo 3° de la Resolución N° 126 del 5 de septiembre de 2018 del ex MINISTERIO DE ENERGÍA, se verifica un error material que debe ser rectificado.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 101 del “Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017” y el artículo 14 del Decreto N° 802 del 5 de septiembre de 2018.
Por ello,
EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE ENERGÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Rectifícase el artículo 3° de la Resolución N° 126 del 5 de septiembre de 2018 del ex MINISTERIO DE ENERGÍA, el que quedará redactado del siguiente modo: “ARTÍCULO 3°.- Las facultades conferidas por el artículo 55 de la Ley N° 27.431 de Presupuesto General de la Administración Nacional a efectos de instruir directamente al BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA para que disponga los pagos de los desembolsos correspondientes a la obra mencionada en el artículo precedente, corresponderán a IEASA en virtud de la transferencia ordenada por el Decreto N° 882/17 y lo resuelto en la presente”.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Javier Alfredo Iguacel
e. 14/09/2018 N° 68276/18 v. 14/09/2018