LEALTAD COMERCIAL
CERTIFICACION OBLIGATORIA - SIMBOLOS -
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
03-Nov-1999
Resumen:
APRUEBASE EL SIMBOLO QUE SERA APLICADO EN LOS PRODUCTOS ALCANZADOS POR LOS REGIMENES DE CERTIFICACION OBLIGATORIA, Y QUE DEBERA SER EXHIBIDO POR CADA UNA DE LAS UNIDADES DE LOS PRODUCTOS ALCANZADOS, SUS ENVASES O ETIQUETAS.-
Observaciones:
ABROGADA POR ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION N° 237/2024 DE LA SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO B.O. 30/08/2024 PAGINA 42. VIGENCIA: A PARTIR DE LOS TREINTA DIAS CORRIDOS AL DE SU PUBLICACION EN EL BOLETIN OFICIAL.