IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
DISTRIBUCION LIMITE MAXIMO ANUAL
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
07-Nov-2022
Resumen:
A LOS FINES DEL REGIMEN PREVISTO EN EL PRIMER ARTICULO INCORPORADO SIN NUMERO A CONTINUACION DEL ARTICULO 24 DE LA LEY DE IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, TEXTO ORDENADO EN 1997 Y SUS MODIFICACIONES, EL ORDEN DE PRELACION PARA LA DISTRIBUCION DEL LIMITE MAXIMO ANUAL QUE RESULTE APLICABLE A LOS EFECTOS DE AFRONTAR LAS EROGACIONES QUE DEMANDEN LAS SOLICITUDES INTERPUESTAS POR LOS CONTRIBUYENTES Y/O RESPONSABLES CORRESPONDIENTES A CADA AÑO, SE DETERMINARA CON BASE EN LA ANTIGÜEDAD DE LOS SALDOS ACUMULADOS SEGUN EL PERIODO FISCAL EN EL QUE SE HUBIEREN GENERADO.