AGENTES DE VIAJES
SUSPENSION DE ACTIVIDADES
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
23-Jul-1981
Resumen:
SE REGLAMENTA EL PROCEDIMIENTO A SEGUIR POR LAS AGENCIAS DE VIAJES HABILITADAS QUE SOLICITEN LA SUSPENSION DE SUS ACTIVIDADES.
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 1° DE LA RESOLUCION 218/2018 DEL MINISTERIO DE TURISMO, B.O. 12/06/2018, PAGINA 20.