SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
BUQUES DE TRANSPORTE MARITIMO - REQUISITOS FITOSANITARIOS
Resumen:
BUQUES DE TRANSPORTE MARITIMO. REQUISITOS FITOSANITARIOS CON RELACION A LA PLAGA LYMANTRIA DISPAR RAZA ASIATICA Y JAPONICA. SE ESTABLECEN LOS REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA LOS BUQUES DE TRANSPORTE MARITIMO QUE HAYAN ZARPADO O PERMANECIDO EN AREAS CON PRESENCIA DE LYMANTRIA DISPAR RAZA ASIATICA Y JAPONICA DURANTE LOS ULTIMOS VEINTICUATRO (24) MESES, CONTADOS DESDE EL MOMENTO DE ARRIBO DEL BUQUE A PUERTO ARGENTINO.
Observaciones:
LA PRESENTE NORMA NO SE RELACIONA CON SU ANTECEDENTE - RESOLUCION 401/2010 DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA - PORQUE, SEGUN NUESTROS REGISTROS, NO SE HABRIA PUBLICADO EN BOLETIN OFICIAL.