Presidencia de la Nación

MINISTERIO DE DEFENSA


MINISTERIO DE DEFENSA

Resolución 750/2024

RESOL-2024-750-APN-MD

Ciudad de Buenos Aires, 26/07/2024

VISTO el Expediente Nº EX-2024-47556266- -APN-SIPIYPD#MD del registro del MINISTERIO DE DEFENSA, la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificatorias, los Decretos Nros. 1344 del 4 de octubre de 2007, 690 del 17 de mayo de 2016, 1030 del 15 de septiembre de 2016 y 6 del 3 de enero del 2024, las Decisiones Administrativas Nros. 286 del 3 de marzo del 2020, 43 del 7 de febrero de 2024, 163 del 26 de marzo de 2024, la Resolución N° RESOL-2024-131-APN-MD de fecha 15 de febrero de 2024, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 24.156 regula la Administración Financiera y los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, estableciendo en su artículo 35 que los órganos de los tres poderes del Estado determinarán, para cada uno de ellos, los límites cuantitativos y cualitativos mediante los cuales podrán contraer compromisos por sí, o por la competencia específica que asignen, al efecto, a los funcionarios de sus dependencias, y que la competencia así asignada será indelegable.

Que por el Decreto Nº 1344/07 se aprobó el Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y respecto del artículo 35 de dicha ley, con las modificaciones incorporadas por el Decreto N° 690/16, se establecieron las pautas a las que deben adecuarse las competencias para autorizar gastos, ordenar pagos y efectuar desembolsos, todo ello en función de los límites cuantitativos fijados en módulos de PESOS VEINTISIETE MIL ($ 27.000) cada uno de conformidad con la modificación establecida por el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 43/24.

Que de acuerdo al inciso a) de la norma reglamentaria antes citada es facultad de los Ministros de cada Cartera designar, dentro del ámbito de su respectiva jurisdicción, los funcionarios de “nivel equivalente” autorizados para aprobar gastos, ordenar pagos y efectuar desembolsos.

Que dicha equiparación de nivel resulta procedente para el supuesto de aprobación de gastos específicos consignados en el inciso b) de la misma norma reglamentaria.

Que el artículo 9° del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 1030/16 y sus modificatorios, establece que los Ministerios que tengan a su cargo las Fuerzas Armadas y las Fuerzas de Seguridad fijarán las competencias, para el dictado de los actos administrativos de autorización de la convocatoria y elección del procedimiento de selección; aprobación de los pliegos de bases y condiciones particulares, de la preselección de los oferentes en los procedimientos con etapa múltiple y del procedimiento de selección; adjudicación; declaración de desierto o fracasado y decisión de dejar sin efecto un procedimiento; en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones y dentro de los límites establecidos en el ANEXO del mismo artículo.

Que por el Decreto N° 6/24 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y sus respectivos Objetivos, correspondiente al MINISTERIO DE DEFENSA.

Que por la Decisión Administrativa N° 286/20 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del citado Ministerio, entre cuyas reparticiones se encuentran el INSTITUTO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS PARA LA DEFENSA y el SERVICIO DE HIDROGRAFÍA NAVAL, bajo la dependencia de la SECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN, POLÍTICA INDUSTRIAL Y PRODUCCIÓN PARA LA DEFENSA del MINISTERIO DE DEFENSA, ambos a cargo de funcionarios con nivel de Dirección Nacional.

Que por la Decisión Administrativa N° 163/24 se designó, con carácter transitorio, a partir del 17 de enero de 2024 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al ingeniero Fernando Roberto LLOVERAS (D.N.I. N° 11.813.415) en el cargo de Presidente del INSTITUTO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS PARA LA DEFENSA del MINISTERIO DE DEFENSA, Nivel A – Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.

Que mediante Resolución N° RESOL-2024-131-APN-MD, se designó con carácter transitorio, a partir del 07 de febrero de 2024, como Director del SERVICIO DE HIDROGRAFÍA NAVAL dependiente de la SECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN, POLÍTICA INDUSTRIAL Y PRODUCCIÓN PARA LA DEFENSA del MINISTERIO DE DEFENSA al Comodoro de Marina Hernán Jorge Montero (D.N.I. N° 18.393.006) por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la notificación de la designación transitoria, Nivel A – Grado 0 - Función Ejecutiva Nivel I del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).

Que, con la finalidad de incrementar la eficiencia administrativa, atendiendo en tiempo y forma los compromisos contraídos, en las condiciones que impone la legalidad vigente, resulta necesario asignar a la Presidencia del INSTITUTO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS PARA LA DEFENSA y a la Dirección del SERVICIO DE HIDROGRAFÍA NAVAL, el carácter de funcionarios de nivel equivalente a Subsecretarios a los efectos de lo establecido en los artículos 35 inciso b) del reglamento aprobado por Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios y 9° del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1030/16 y sus modificatorios.

Que la asignación del carácter referido facultará a los funcionarios encargados de ambos órganos a aprobar gastos, autorizar pagos, efectuar desembolsos, suscribir órdenes de pago, fondos rotatorios, documentos modificatorios y demás información vinculada a los Sistemas de Administración Financiera y dictar los actos administrativos de los procedimientos de contrataciones consignados en el párrafo primero del artículo 9° del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1030/16 y sus modificatorios, en el rango previsto para los Subsecretarios.

Que el Servicio Permanente de Asesoramiento Jurídico ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por la reglamentación del artículo 35 de la Ley N° 24.156 según el Anexo al Decreto Nº 1344 de fecha 4 de octubre de 2007, modificado por artículo 4° del Decreto N° 690 de fecha 17 de mayo de 2016.

Por ello,

EL MINISTRO DE DEFENSA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Asígnase al titular de la Presidencia del INSTITUTO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS PARA LA DEFENSA del MINISTERIO DE DEFENSA el carácter de funcionario de nivel equivalente a Subsecretario a los efectos de lo establecido en los artículos 35 inciso b) del reglamento aprobado por Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios y 9° del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1030/16 y sus modificatorios.

ARTÍCULO 2°.- Asígnase al titular de la Dirección del SERVICIO DE HIDROGRAFÍA NAVAL del MINISTERIO DE DEFENSA el carácter de funcionario de nivel equivalente a Subsecretario a los efectos de lo establecido en los artículos 35 inciso b) del reglamento aprobado por Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios y 9° del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1030/16 y sus modificatorios.

ARTÍCULO 3°.- Las equiparaciones establecidas en los artículos precedentes se otorgan con la exclusiva finalidad de aprobar gastos, autorizar pagos, efectuar desembolsos, suscribir órdenes de pago, fondos rotatorios, documentos modificatorios y demás información vinculada a los Sistemas de Administración Financiera y dictar los actos administrativos de los procedimientos de contrataciones consignados en el párrafo primero del artículo 9° del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1030/16 y sus modificatorios.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Luis Petri

e. 30/07/2024 N° 48712/24 v. 30/07/2024
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