DEFENSA DEL CONSUMIDOR
COMPAÑIAS DE SEGUROS - INFORMACION
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
24-Dic-2002
Resumen:
INFORMACION QUE DEBERAN SUMINISTRAR CUATRIMESTRALMENTE A LA DIRECCION NACIONAL DE COMERCIO INTERIOR, LAS COMPAÑIAS DE SEGUROS AUTORIZADAS POR LA SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION A OPERAR EN EL RAMO DE AUTOMOTORES, EN RELACION AL VALOR MENSUAL DE LOS PREMIOS DE LOS SEGUROS DE AUTOMOTORES QUE OFRECEN AL MERCADO Y AL VALOR ASEGURADO DE LOS MISMOS. DEROGASE LA RESOLUCION NRO. 679/99 EX- SICYM.
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 1° DE LA RESOLUCION 51/2024 DE LA SECRETARIA DE COMERCIO, B.O. 29/01/2024, PAGINA 17. VIGENCIA: A PARTIR DEL 30 DE ENERO DE 2024.