MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN
Resolución 729-E/2017
Reglamentación Decreto N° 1109/2017.
Ciudad de Buenos Aires, 28/12/2017
VISTO: el Expediente EX-2017-35443452-APN-DGAJ#MM del Registro del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias, el Decreto N° 1109 de fecha 28 de diciembre de 2017 y sus modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 13 del 10 de diciembre de 2015 se modificó la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias, creándose el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, con el propósito, entre otros, de diseñar, proponer y coordinar las políticas de transformación y modernización del Estado en las distintas áreas del Gobierno Nacional, su Administración central y descentralizada.
Que, entre las competencias asignadas al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, se encuentra la entender en el perfeccionamiento de la organización y funcionamiento de la Administración Pública Nacional Central y Descentralizada, procurando optimizar y coordinar los recursos humanos, técnicos, materiales y financieros con que cuenta. Que, en este contexto, por Decreto N° 1109 de fecha 28 de diciembre de 2017 se deroga a partir del 1° de enero de 2018 el Decreto N° 2345 del 30 de diciembre de 2008, sus modificatorios y sus normas complementarias.
Que por el artículo 2° del citado Decreto N° 1109/17 se dispuso que la relación contractual que vincule a las partes se regirá por las disposiciones del régimen aprobado por dicha norma, por las normas que se dicten en su consecuencia y por los contratos que a tal efecto se celebren, de acuerdo con el Modelo de Contrato que establezca la Autoridad de Aplicación pudiendo en cada caso incorporarse cláusulas especiales adecuadas a la contratación que se propusiera.
Que por el artículo 4° del Decreto N° 1109/17 se estableció que el régimen de contratación para personas humanas, con el objeto de la prestación de servicios profesionales autónomos que sean necesarios para el desarrollo de tareas, estudios, proyectos o programas especiales resultará de aplicación a la contratación de Consultores, Asesores o Asistentes.
Que el citado artículo 4° indica que los requisitos para acceder a tales funciones, las tareas correspondientes a cada una de ellas, así como los requisitos para los niveles que podrán revestir las mismas, serán determinados por la Autoridad de Aplicación, siendo, de acuerdo al artículo 12 del Decreto N° 1109/17, el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.
Que el artículo 6° del precitado Decreto establece que la Autoridad de Aplicación del mismo establecerá los distintos niveles de retribución, según lo dispuesto en el artículo 4°.
Que en este contexto se considera oportuno establecer los nuevos perfiles y el régimen retributivo según la función y experiencia de las personas humanas que presten servicios profesionales autónomos, propiciando un sistema de base igualitaria y transparente en la asignación del nivel de los honorarios, como así también aprobar el modelo de contrato que suscribirán dichos profesionales.
Que ha tomado la debida intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este MINISTERIO.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 23 octies del Decreto N° 513/17 y del artículo 12 del Decreto N° 1109/17.
Por ello,
EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébanse la descripción y los requisitos para cada función, correspondientes al régimen de contratación para personas humanas, con el objeto de la prestación de servicios profesionales autónomos que sean necesarios para el desarrollo de tareas, estudios, proyectos o programas especiales, los que como Anexo I (IF-2017-35552407-APN-MM) forman parte de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Establécense los rangos de retribución correspondientes al régimen de contratación para personas humanas, con el objeto de la prestación de servicios profesionales autónomos que sean necesarios para el desarrollo de tareas, estudios, proyectos o programas especiales que como Anexo II (IF-2017-35552654-APN-MM) forman parte integrante de la presente medida, según las funciones y niveles previstos en el artículo anterior.
ARTÍCULO 3°.- Apruébase el Modelo de Contrato que como ANEXO III (IF-2017-35552771-APN-MM) integra el presente régimen de contrataciones, pudiendo en cada caso incorporarse cláusulas especiales adecuadas a la contratación que se propusiera.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Andrés Horacio Ibarra.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial.)
ANEXO I
I- CONSULTOR
I.1. Principales funciones y tareas:
A- Liderar proyectos de consultoría en el campo profesional específico.
B- Planificar y ejecutar actividades de consultoría en un campo profesional especializado.
C- Armar propuestas estratégicas con contenido teórico y práctico para la obtención de resultados.
D- Armar un plan de trabajo que contenga entregables para la consecución exitosa del objetivo.
E- Diseñar indicadores para la medición de avances del proyecto.
F- Coordinar y dirigir el diagnóstico y la puesta en marcha de la implementación.
G- Asesorar en temáticas de su especialidad y generar mecanismos de transferencia de conocimiento.
I. 2. Requisitos específicos para la función:
A. Educación formal: Profesional Universitario. Título universitario de grado correspondiente a carrera afín, de duración no inferior a CUATRO (4) años.
B. Experiencia:
Nivel I: experiencia profesional pertinente hasta CINCO (5) años.
Nivel II: experiencia profesional pertinente de entre CINCO (5) y DIEZ (10) años.
Nivel III: experiencia profesional pertinente superior a DIEZ (10) años.
II- ASESOR
II. 1. Principales funciones y tareas:
A- Realizar un diagnóstico de situación teniendo en cuenta todas las variables.
B- Ejecutar actividades de consultoría y asesoramiento profesional. Siguiendo el plan de trabajo/estrategia establecida.
C- Efectuar el diseño detallado de procedimientos y sus manuales y/o documentación acordados y que son necesarios para la obtención de resultados.
D- Realizar relevamientos y análisis de información.
E- Armar presentaciones de status de los proyectos.
F- Realizar el seguimiento de los indicadores de resultados de los proyectos.
G- Ejecutar trasferencia de conocimiento utilizando mecanismos establecidos previamente.
II. 2. Requisitos específicos para la función:
A. Educación formal: Profesional Universitario: Título universitario de grado correspondiente a carrera afín, de duración no inferior a CUATRO (4) años. También podrá contratarse a quien acredite título universitario o terciario de carrera afín no inferior a TRES (3) años de duración
B. Experiencia:
Nivel I: experiencia profesional pertinente de hasta (5) años.
Nivel II: experiencia profesional pertinente superior a CINCO (5) años.
III- ASISTENTE
III.1. Principales funciones y tareas:
A- Asistir al equipo de consultores/asesores en la ejecución de actividades de consultoría.
B- Ayudar en el relevamiento y análisis de información.
C- Plasmar la información en base de datos.
D- Asistir al cuerpo de consultores en la elaboración de avances de presentaciones.
E- Elaborar minutas de reuniones de avance.
III.2. Requisitos específicos para la función: A. Educación formal: secundario completo.
B. Experiencia:
Nivel I: experiencia en tareas atinentes hasta CINCO (5) años.
Nivel II: experiencia en tareas atinentes superior a CINCO (5) años.
ANEXO II
ANEXO III
En la Ciudad de ............ a los ............ días del mes de ............ del año ............ se celebra el presente contrato de locación de servicios, (ad referéndum de Autoridad competente si correspondiere) entre la Administración Pública Nacional representada en este acto por............con domicilio en............de............ por una parte, y por la otra lo hace............constituyendo domicilio en............de............con Documento de Identidad N°............quien declara ser mayor de edad, de estado civil ............, de profesión............, de Nacionalidad............
El presente contrato de locación de servicios se encuadra en lo establecido por el artículo 64 de la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto N° 11.672 (t.o. 2005), y en el Decreto N° ............ y se conviene en un todo de acuerdo a los términos y condiciones particulares que seguidamente se enuncian:
1. OBJETO
El contratado prestará sus servicios de ............ de acuerdo con las condiciones generales, definición de resultados y cronograma de actividades y de avance que se detallan en el Anexo que también se suscribe y que forma parte integrante del presente.
La actividad a realizar por el contratado podrá sufrir modificaciones para ser adecuada a las variaciones que pueda experimentar el desarrollo de los objetivos para los que fue contratado y el mejor logro de éstos.
El contratado deberá mantener informado al (identificación del funcionario de reporte) sobre los aspectos referidos a la ejecución del presente contrato.
2. PRESUPUESTOS DE CONTRATACION
Las partes han tenido en mira a efectos de la celebración del presente acuerdo que:
a) No es intención ni se deriva del contrato, el establecimiento o la creación de una relación laboral de dependencia o una relación de principal y agente entre la contratante y el contratado, quedando entendido que el contratado es una persona independiente y autónoma en su relación con la contratante.
b) Los antecedentes profesionales del contratado, quien se obliga a realizar la prestación del servicio, poniendo en su ejecución la máxima diligencia y eficiencia y de conformidad con sanas prácticas profesionales. Deberá velar en todo momento, por proteger los intereses de la contratante y por no actuar en forma contraria a dichos intereses, adoptando todas cuantas medidas fueren razonables para la concreción de los servicios.
c) El contratado, sin perjuicio de la facultad de modificación otorgada a favor de la contratante, deberá respetar y encuadrar su conducta contractual dentro de los términos de referencia y las disposiciones legales que rigen esta contratación.
d) No está previsto ni autorizado ni resulta necesario conforme el objeto contractual, que el contratado, para el cumplimiento de este contrato, solicite el concurso de terceros. Si eventualmente lo hiciere, será responsable exclusivo por todos los reclamos de esas personas que tuvieren su origen en la circunstancia de su participación en el cumplimiento del presente contrato, o que estuvieren directa o indirectamente vinculados con esa circunstancia.
e) El contratado desvincula expresamente a la contratante de toda responsabilidad por reclamos de cualquier tipo por parte de terceros derivados de daños que pudieran ocasionarse con motivo del cumplimiento del presente contrato. Consecuentemente, responderá directamente, indemnizará o defenderá a su costa a la contratante en todos los juicios, reclamos, demandas y responsabilidades de toda naturaleza y especie, incluidas las costas y gastos que se deriven de actos u omisiones del contratado en el cumplimiento de cualquiera de los términos y condiciones del presente acuerdo.
f) La contratante, no asume responsabilidad alguna sobre los seguros de vida, enfermedad, accidentes de viajes u otros seguros que pudieran ser necesarios o convenientes a los fines del cumplimiento del presente contrato.
g) El contratado no tratará de obtener ni aceptará instrucciones de autoridades o personas ajenas a la contratante.
3. DURACION DEL CONTRATO
El servicio deberá realizarse dentro del plazo de ............ meses a partir del ............ finalizando en consecuencia el ............
Queda establecido que este contrato no importa una expectativa o derecho a prórroga a beneficio del contratado, pudiendo ser prorrogado o renovado únicamente de común acuerdo entre las partes mediante la suscripción de otro contrato. La continuación en la prestación de servicios, una vez operado el vencimiento del contrato, no importará en modo alguno la tácita reconducción del mismo, aun cuando las tareas fijadas en los términos de referencia excedan el plazo del presente contrato.
4. RETRIBUCION
El honorario total por todo concepto se ha convenido en PESOS............($............)
Forma de pago: En............pagos consecutivos, del primero el quinto día hábil del mes.
La persona contratada deberá presentar constancias del cumplimiento de los aportes previsionales y de las obligaciones impositivas que correspondan junto con la factura de los honorarios a percibir.
Se deja establecido que si la prestación a cargo de una de las partes se tornara excesivamente onerosa por acontecimientos extraordinarios e imprevisibles, la parte perjudicada podrá demandar la resolución de su contrato.
La otra parte podrá impedir la resolución ofreciendo mejorar equitativamente los efectos del contrato.
5. APORTES JUBILATORIOS Y PRESTACIONES MÉDICAS
El contratado manifiesta encontrarse incorporado al Sistema Previsional efectuando sus aportes a............
bajo el C.U.I.T. N°............en el cual efectúa y continuará efectuando sus aportes previsionales.
A tal fin declara que su actuación es independiente y autónoma, comprendida en las disposiciones de la Ley N° 24.241 y normas concordantes, cuyo puntual y estricto cumplimiento correrá por su cuenta exclusiva, como así también toda otra obligación derivada de la legislación impositiva y de seguridad social.
6. DERECHOS Y OBLIGACIONES
Los derechos y obligaciones del contratado serán exclusivamente los aquí previstos. Por consiguiente, no tendrá derecho a recibir de la Administración Pública Nacional ningún beneficio, prestación, compensación, indemnización u otro pago fuera de los estipulados expresamente en el presente y los previstos en el Decreto N°............
7. INTRANSFERIBILIDAD
A todos los efectos se entiende y así se acuerda que el presente contrato es intuitu personae, por lo que queda expresamente prohibida su cesión total o parcial, reservándose la contratante todos los derechos de accionar legalmente ante la violación de la presente obligación.
8. RESCISION
Cada una de las partes podrá, en todo momento, rescindir el presente notificando por escrito a la otra parte con TREINTA (30) días de anticipación.
En caso de incumplimiento de las obligaciones que se derivan del presente contrato por parte del contratado, la contratante podrá rescindirlo sin necesidad de notificarlo por anticipado.
9. DERECHO DE PROPIEDAD
Los derechos de propiedad de autor y de reproducción, así como cualquier otro derecho intelectual de cualquier naturaleza que sea, sobre cualquier informe, trabajo, estudio u obra producida como consecuencia de este contrato pertenecerán exclusivamente a la contratante.
10. INFORMACION NO PUBLICADA. CONFIDENCIAL
El contratado no podrá comunicar a persona alguna la información no publicada o de carácter confidencial de que haya tenido conocimiento, con motivo de la ejecución de sus obligaciones emanadas del presente contrato, salvo que así lo requiera su cometido o que la contratante lo hubiera autorizado expresamente para hacerlo.
Esta obligación de reserva o confidencialidad seguirá en vigor aún después del vencimiento del plazo de la rescisión o resolución del presente contrato, haciéndose responsable el contratado de los daños y perjuicios que pudiera irrogar la difusión de datos o informes no publicados.
11. DECLARACION
El contratado pondrá en conocimiento toda ocupación, empleo o actividad profesional pública o privada que haya ejercido o ejerza, aún encontrándose en goce de licencia de cualquier tipo, con el Estado Nacional, los Estados Provinciales, Municipales, Organismos Descentralizados y/u Organismos Internacionales, como así también los beneficios previsionales y de retiro que perciba. Esta declaración se hará con los alcances de Declaración Jurada.
De resultar falsa esta declaración o si tales actividades resultan incompatibles a juicio de la contratante, podrá ésta rescindir el presente contrato, sin derecho a indemnización o compensación alguna a favor del contratado, reservándose el derecho de accionar legalmente, si de tal violación pudiera surgir un daño o perjuicio.
12. SUSPENSION O INTERRUPCION DEL PROYECTO O PROGRAMA
Encontrándose esta contratación supeditada al desenvolvimiento o desarrollo del proyecto para el cual se lo efectuara, el contratado se aviene a que en caso de suspenderse o interrumpirse en forma total o parcial la continuación del proyecto o programa, en especial por falta de financiamiento del mismo, o cualquier otra causa, este contrato puede ser suspendido o directamente rescindido sin derecho a indemnización, en cuyo caso es de aplicación lo establecido en la Cláusula 8 de este contrato.
13. OBLIGACION FISCAL
El contratado no estará exento de ningún impuesto en virtud de este convenio y será de su exclusiva responsabilidad el pago de los impuestos con que se graven las sumas recibidas en virtud del presente contrato liberando expresamente a la contratante de toda obligación fiscal cuyo cumplimiento expreso sea ajeno a la misma.
14. COMPETENCIA
Para todo reclamo que pudiera derivarse de las previsiones del presente contrato las partes convienen que será competente el Fuero Contencioso Administrativo Federal con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ANEXO AL CONTRATO Debe incluirse:
-La denominación precisa de la función según lo establecido en el Anexo 1 del presente Régimen.
-Los Objetivos Generales y Específicos, las actividades y los resultados parciales y finales que se procuran obtener o alcanzar.
-El plazo y el cronograma del programa de trabajo a cumplimentar por el contratado que deberá incluir la dedicación horaria de la prestación de servicios acordada.
-La vinculación expresa de los títulos de educación formal de la persona a contratar y suexperiencia acreditada con relación al objeto del contrato.
Resolución 729-E/2017
Reglamentación Decreto N° 1109/2017.
Ciudad de Buenos Aires, 28/12/2017
VISTO: el Expediente EX-2017-35443452-APN-DGAJ#MM del Registro del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias, el Decreto N° 1109 de fecha 28 de diciembre de 2017 y sus modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 13 del 10 de diciembre de 2015 se modificó la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias, creándose el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, con el propósito, entre otros, de diseñar, proponer y coordinar las políticas de transformación y modernización del Estado en las distintas áreas del Gobierno Nacional, su Administración central y descentralizada.
Que, entre las competencias asignadas al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, se encuentra la entender en el perfeccionamiento de la organización y funcionamiento de la Administración Pública Nacional Central y Descentralizada, procurando optimizar y coordinar los recursos humanos, técnicos, materiales y financieros con que cuenta. Que, en este contexto, por Decreto N° 1109 de fecha 28 de diciembre de 2017 se deroga a partir del 1° de enero de 2018 el Decreto N° 2345 del 30 de diciembre de 2008, sus modificatorios y sus normas complementarias.
Que por el artículo 2° del citado Decreto N° 1109/17 se dispuso que la relación contractual que vincule a las partes se regirá por las disposiciones del régimen aprobado por dicha norma, por las normas que se dicten en su consecuencia y por los contratos que a tal efecto se celebren, de acuerdo con el Modelo de Contrato que establezca la Autoridad de Aplicación pudiendo en cada caso incorporarse cláusulas especiales adecuadas a la contratación que se propusiera.
Que por el artículo 4° del Decreto N° 1109/17 se estableció que el régimen de contratación para personas humanas, con el objeto de la prestación de servicios profesionales autónomos que sean necesarios para el desarrollo de tareas, estudios, proyectos o programas especiales resultará de aplicación a la contratación de Consultores, Asesores o Asistentes.
Que el citado artículo 4° indica que los requisitos para acceder a tales funciones, las tareas correspondientes a cada una de ellas, así como los requisitos para los niveles que podrán revestir las mismas, serán determinados por la Autoridad de Aplicación, siendo, de acuerdo al artículo 12 del Decreto N° 1109/17, el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.
Que el artículo 6° del precitado Decreto establece que la Autoridad de Aplicación del mismo establecerá los distintos niveles de retribución, según lo dispuesto en el artículo 4°.
Que en este contexto se considera oportuno establecer los nuevos perfiles y el régimen retributivo según la función y experiencia de las personas humanas que presten servicios profesionales autónomos, propiciando un sistema de base igualitaria y transparente en la asignación del nivel de los honorarios, como así también aprobar el modelo de contrato que suscribirán dichos profesionales.
Que ha tomado la debida intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este MINISTERIO.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 23 octies del Decreto N° 513/17 y del artículo 12 del Decreto N° 1109/17.
Por ello,
EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébanse la descripción y los requisitos para cada función, correspondientes al régimen de contratación para personas humanas, con el objeto de la prestación de servicios profesionales autónomos que sean necesarios para el desarrollo de tareas, estudios, proyectos o programas especiales, los que como Anexo I (IF-2017-35552407-APN-MM) forman parte de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Establécense los rangos de retribución correspondientes al régimen de contratación para personas humanas, con el objeto de la prestación de servicios profesionales autónomos que sean necesarios para el desarrollo de tareas, estudios, proyectos o programas especiales que como Anexo II (IF-2017-35552654-APN-MM) forman parte integrante de la presente medida, según las funciones y niveles previstos en el artículo anterior.
ARTÍCULO 3°.- Apruébase el Modelo de Contrato que como ANEXO III (IF-2017-35552771-APN-MM) integra el presente régimen de contrataciones, pudiendo en cada caso incorporarse cláusulas especiales adecuadas a la contratación que se propusiera.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Andrés Horacio Ibarra.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.
e. 29/12/2017 N° 102108/17 v. 29/12/2017
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial.)
ANEXOS
ANEXO I
I- CONSULTOR
I.1. Principales funciones y tareas:
A- Liderar proyectos de consultoría en el campo profesional específico.
B- Planificar y ejecutar actividades de consultoría en un campo profesional especializado.
C- Armar propuestas estratégicas con contenido teórico y práctico para la obtención de resultados.
D- Armar un plan de trabajo que contenga entregables para la consecución exitosa del objetivo.
E- Diseñar indicadores para la medición de avances del proyecto.
F- Coordinar y dirigir el diagnóstico y la puesta en marcha de la implementación.
G- Asesorar en temáticas de su especialidad y generar mecanismos de transferencia de conocimiento.
I. 2. Requisitos específicos para la función:
A. Educación formal: Profesional Universitario. Título universitario de grado correspondiente a carrera afín, de duración no inferior a CUATRO (4) años.
B. Experiencia:
Nivel I: experiencia profesional pertinente hasta CINCO (5) años.
Nivel II: experiencia profesional pertinente de entre CINCO (5) y DIEZ (10) años.
Nivel III: experiencia profesional pertinente superior a DIEZ (10) años.
II- ASESOR
II. 1. Principales funciones y tareas:
A- Realizar un diagnóstico de situación teniendo en cuenta todas las variables.
B- Ejecutar actividades de consultoría y asesoramiento profesional. Siguiendo el plan de trabajo/estrategia establecida.
C- Efectuar el diseño detallado de procedimientos y sus manuales y/o documentación acordados y que son necesarios para la obtención de resultados.
D- Realizar relevamientos y análisis de información.
E- Armar presentaciones de status de los proyectos.
F- Realizar el seguimiento de los indicadores de resultados de los proyectos.
G- Ejecutar trasferencia de conocimiento utilizando mecanismos establecidos previamente.
II. 2. Requisitos específicos para la función:
A. Educación formal: Profesional Universitario: Título universitario de grado correspondiente a carrera afín, de duración no inferior a CUATRO (4) años. También podrá contratarse a quien acredite título universitario o terciario de carrera afín no inferior a TRES (3) años de duración
B. Experiencia:
Nivel I: experiencia profesional pertinente de hasta (5) años.
Nivel II: experiencia profesional pertinente superior a CINCO (5) años.
III- ASISTENTE
III.1. Principales funciones y tareas:
A- Asistir al equipo de consultores/asesores en la ejecución de actividades de consultoría.
B- Ayudar en el relevamiento y análisis de información.
C- Plasmar la información en base de datos.
D- Asistir al cuerpo de consultores en la elaboración de avances de presentaciones.
E- Elaborar minutas de reuniones de avance.
III.2. Requisitos específicos para la función: A. Educación formal: secundario completo.
B. Experiencia:
Nivel I: experiencia en tareas atinentes hasta CINCO (5) años.
Nivel II: experiencia en tareas atinentes superior a CINCO (5) años.
ANEXO II
ANEXO III
En la Ciudad de ............ a los ............ días del mes de ............ del año ............ se celebra el presente contrato de locación de servicios, (ad referéndum de Autoridad competente si correspondiere) entre la Administración Pública Nacional representada en este acto por............con domicilio en............de............ por una parte, y por la otra lo hace............constituyendo domicilio en............de............con Documento de Identidad N°............quien declara ser mayor de edad, de estado civil ............, de profesión............, de Nacionalidad............
El presente contrato de locación de servicios se encuadra en lo establecido por el artículo 64 de la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto N° 11.672 (t.o. 2005), y en el Decreto N° ............ y se conviene en un todo de acuerdo a los términos y condiciones particulares que seguidamente se enuncian:
1. OBJETO
El contratado prestará sus servicios de ............ de acuerdo con las condiciones generales, definición de resultados y cronograma de actividades y de avance que se detallan en el Anexo que también se suscribe y que forma parte integrante del presente.
La actividad a realizar por el contratado podrá sufrir modificaciones para ser adecuada a las variaciones que pueda experimentar el desarrollo de los objetivos para los que fue contratado y el mejor logro de éstos.
El contratado deberá mantener informado al (identificación del funcionario de reporte) sobre los aspectos referidos a la ejecución del presente contrato.
2. PRESUPUESTOS DE CONTRATACION
Las partes han tenido en mira a efectos de la celebración del presente acuerdo que:
a) No es intención ni se deriva del contrato, el establecimiento o la creación de una relación laboral de dependencia o una relación de principal y agente entre la contratante y el contratado, quedando entendido que el contratado es una persona independiente y autónoma en su relación con la contratante.
b) Los antecedentes profesionales del contratado, quien se obliga a realizar la prestación del servicio, poniendo en su ejecución la máxima diligencia y eficiencia y de conformidad con sanas prácticas profesionales. Deberá velar en todo momento, por proteger los intereses de la contratante y por no actuar en forma contraria a dichos intereses, adoptando todas cuantas medidas fueren razonables para la concreción de los servicios.
c) El contratado, sin perjuicio de la facultad de modificación otorgada a favor de la contratante, deberá respetar y encuadrar su conducta contractual dentro de los términos de referencia y las disposiciones legales que rigen esta contratación.
d) No está previsto ni autorizado ni resulta necesario conforme el objeto contractual, que el contratado, para el cumplimiento de este contrato, solicite el concurso de terceros. Si eventualmente lo hiciere, será responsable exclusivo por todos los reclamos de esas personas que tuvieren su origen en la circunstancia de su participación en el cumplimiento del presente contrato, o que estuvieren directa o indirectamente vinculados con esa circunstancia.
e) El contratado desvincula expresamente a la contratante de toda responsabilidad por reclamos de cualquier tipo por parte de terceros derivados de daños que pudieran ocasionarse con motivo del cumplimiento del presente contrato. Consecuentemente, responderá directamente, indemnizará o defenderá a su costa a la contratante en todos los juicios, reclamos, demandas y responsabilidades de toda naturaleza y especie, incluidas las costas y gastos que se deriven de actos u omisiones del contratado en el cumplimiento de cualquiera de los términos y condiciones del presente acuerdo.
f) La contratante, no asume responsabilidad alguna sobre los seguros de vida, enfermedad, accidentes de viajes u otros seguros que pudieran ser necesarios o convenientes a los fines del cumplimiento del presente contrato.
g) El contratado no tratará de obtener ni aceptará instrucciones de autoridades o personas ajenas a la contratante.
3. DURACION DEL CONTRATO
El servicio deberá realizarse dentro del plazo de ............ meses a partir del ............ finalizando en consecuencia el ............
Queda establecido que este contrato no importa una expectativa o derecho a prórroga a beneficio del contratado, pudiendo ser prorrogado o renovado únicamente de común acuerdo entre las partes mediante la suscripción de otro contrato. La continuación en la prestación de servicios, una vez operado el vencimiento del contrato, no importará en modo alguno la tácita reconducción del mismo, aun cuando las tareas fijadas en los términos de referencia excedan el plazo del presente contrato.
4. RETRIBUCION
El honorario total por todo concepto se ha convenido en PESOS............($............)
Forma de pago: En............pagos consecutivos, del primero el quinto día hábil del mes.
La persona contratada deberá presentar constancias del cumplimiento de los aportes previsionales y de las obligaciones impositivas que correspondan junto con la factura de los honorarios a percibir.
Se deja establecido que si la prestación a cargo de una de las partes se tornara excesivamente onerosa por acontecimientos extraordinarios e imprevisibles, la parte perjudicada podrá demandar la resolución de su contrato.
La otra parte podrá impedir la resolución ofreciendo mejorar equitativamente los efectos del contrato.
5. APORTES JUBILATORIOS Y PRESTACIONES MÉDICAS
El contratado manifiesta encontrarse incorporado al Sistema Previsional efectuando sus aportes a............
bajo el C.U.I.T. N°............en el cual efectúa y continuará efectuando sus aportes previsionales.
A tal fin declara que su actuación es independiente y autónoma, comprendida en las disposiciones de la Ley N° 24.241 y normas concordantes, cuyo puntual y estricto cumplimiento correrá por su cuenta exclusiva, como así también toda otra obligación derivada de la legislación impositiva y de seguridad social.
6. DERECHOS Y OBLIGACIONES
Los derechos y obligaciones del contratado serán exclusivamente los aquí previstos. Por consiguiente, no tendrá derecho a recibir de la Administración Pública Nacional ningún beneficio, prestación, compensación, indemnización u otro pago fuera de los estipulados expresamente en el presente y los previstos en el Decreto N°............
7. INTRANSFERIBILIDAD
A todos los efectos se entiende y así se acuerda que el presente contrato es intuitu personae, por lo que queda expresamente prohibida su cesión total o parcial, reservándose la contratante todos los derechos de accionar legalmente ante la violación de la presente obligación.
8. RESCISION
Cada una de las partes podrá, en todo momento, rescindir el presente notificando por escrito a la otra parte con TREINTA (30) días de anticipación.
En caso de incumplimiento de las obligaciones que se derivan del presente contrato por parte del contratado, la contratante podrá rescindirlo sin necesidad de notificarlo por anticipado.
9. DERECHO DE PROPIEDAD
Los derechos de propiedad de autor y de reproducción, así como cualquier otro derecho intelectual de cualquier naturaleza que sea, sobre cualquier informe, trabajo, estudio u obra producida como consecuencia de este contrato pertenecerán exclusivamente a la contratante.
10. INFORMACION NO PUBLICADA. CONFIDENCIAL
El contratado no podrá comunicar a persona alguna la información no publicada o de carácter confidencial de que haya tenido conocimiento, con motivo de la ejecución de sus obligaciones emanadas del presente contrato, salvo que así lo requiera su cometido o que la contratante lo hubiera autorizado expresamente para hacerlo.
Esta obligación de reserva o confidencialidad seguirá en vigor aún después del vencimiento del plazo de la rescisión o resolución del presente contrato, haciéndose responsable el contratado de los daños y perjuicios que pudiera irrogar la difusión de datos o informes no publicados.
11. DECLARACION
El contratado pondrá en conocimiento toda ocupación, empleo o actividad profesional pública o privada que haya ejercido o ejerza, aún encontrándose en goce de licencia de cualquier tipo, con el Estado Nacional, los Estados Provinciales, Municipales, Organismos Descentralizados y/u Organismos Internacionales, como así también los beneficios previsionales y de retiro que perciba. Esta declaración se hará con los alcances de Declaración Jurada.
De resultar falsa esta declaración o si tales actividades resultan incompatibles a juicio de la contratante, podrá ésta rescindir el presente contrato, sin derecho a indemnización o compensación alguna a favor del contratado, reservándose el derecho de accionar legalmente, si de tal violación pudiera surgir un daño o perjuicio.
12. SUSPENSION O INTERRUPCION DEL PROYECTO O PROGRAMA
Encontrándose esta contratación supeditada al desenvolvimiento o desarrollo del proyecto para el cual se lo efectuara, el contratado se aviene a que en caso de suspenderse o interrumpirse en forma total o parcial la continuación del proyecto o programa, en especial por falta de financiamiento del mismo, o cualquier otra causa, este contrato puede ser suspendido o directamente rescindido sin derecho a indemnización, en cuyo caso es de aplicación lo establecido en la Cláusula 8 de este contrato.
13. OBLIGACION FISCAL
El contratado no estará exento de ningún impuesto en virtud de este convenio y será de su exclusiva responsabilidad el pago de los impuestos con que se graven las sumas recibidas en virtud del presente contrato liberando expresamente a la contratante de toda obligación fiscal cuyo cumplimiento expreso sea ajeno a la misma.
14. COMPETENCIA
Para todo reclamo que pudiera derivarse de las previsiones del presente contrato las partes convienen que será competente el Fuero Contencioso Administrativo Federal con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ANEXO AL CONTRATO Debe incluirse:
-La denominación precisa de la función según lo establecido en el Anexo 1 del presente Régimen.
-Los Objetivos Generales y Específicos, las actividades y los resultados parciales y finales que se procuran obtener o alcanzar.
-El plazo y el cronograma del programa de trabajo a cumplimentar por el contratado que deberá incluir la dedicación horaria de la prestación de servicios acordada.
-La vinculación expresa de los títulos de educación formal de la persona a contratar y suexperiencia acreditada con relación al objeto del contrato.