MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN
Resolución 729-E/2017
Reglamentación Decreto N° 1109/2017.
Ciudad de Buenos Aires, 28/12/2017
VISTO: el Expediente EX-2017-35443452-APN-DGAJ#MM del Registro del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias, el Decreto N° 1109 de fecha 28 de diciembre de 2017 y sus modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 13 del 10 de diciembre de 2015 se modificó la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias, creándose el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, con el propósito, entre otros, de diseñar, proponer y coordinar las políticas de transformación y modernización del Estado en las distintas áreas del Gobierno Nacional, su Administración central y descentralizada.
Que, entre las competencias asignadas al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, se encuentra la entender en el perfeccionamiento de la organización y funcionamiento de la Administración Pública Nacional Central y Descentralizada, procurando optimizar y coordinar los recursos humanos, técnicos, materiales y financieros con que cuenta. Que, en este contexto, por Decreto N° 1109 de fecha 28 de diciembre de 2017 se deroga a partir del 1° de enero de 2018 el Decreto N° 2345 del 30 de diciembre de 2008, sus modificatorios y sus normas complementarias.
Que por el artículo 2° del citado Decreto N° 1109/17 se dispuso que la relación contractual que vincule a las partes se regirá por las disposiciones del régimen aprobado por dicha norma, por las normas que se dicten en su consecuencia y por los contratos que a tal efecto se celebren, de acuerdo con el Modelo de Contrato que establezca la Autoridad de Aplicación pudiendo en cada caso incorporarse cláusulas especiales adecuadas a la contratación que se propusiera.
Que por el artículo 4° del Decreto N° 1109/17 se estableció que el régimen de contratación para personas humanas, con el objeto de la prestación de servicios profesionales autónomos que sean necesarios para el desarrollo de tareas, estudios, proyectos o programas especiales resultará de aplicación a la contratación de Consultores, Asesores o Asistentes.
Que el citado artículo 4° indica que los requisitos para acceder a tales funciones, las tareas correspondientes a cada una de ellas, así como los requisitos para los niveles que podrán revestir las mismas, serán determinados por la Autoridad de Aplicación, siendo, de acuerdo al artículo 12 del Decreto N° 1109/17, el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.
Que el artículo 6° del precitado Decreto establece que la Autoridad de Aplicación del mismo establecerá los distintos niveles de retribución, según lo dispuesto en el artículo 4°.
Que en este contexto se considera oportuno establecer los nuevos perfiles y el régimen retributivo según la función y experiencia de las personas humanas que presten servicios profesionales autónomos, propiciando un sistema de base igualitaria y transparente en la asignación del nivel de los honorarios, como así también aprobar el modelo de contrato que suscribirán dichos profesionales.
Que ha tomado la debida intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este MINISTERIO.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 23 octies del Decreto N° 513/17 y del artículo 12 del Decreto N° 1109/17.
Por ello,
EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébanse la descripción y los requisitos para cada función, correspondientes al régimen de contratación para personas humanas, con el objeto de la prestación de servicios profesionales autónomos que sean necesarios para el desarrollo de tareas, estudios, proyectos o programas especiales, los que como Anexo I (IF-2017-35552407-APN-MM) forman parte de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Establécense los rangos de retribución correspondientes al régimen de contratación para personas humanas, con el objeto de la prestación de servicios profesionales autónomos que sean necesarios para el desarrollo de tareas, estudios, proyectos o programas especiales que como Anexo II (IF-2017-35552654-APN-MM) forman parte integrante de la presente medida, según las funciones y niveles previstos en el artículo anterior.
ARTÍCULO 3°.- Apruébase el Modelo de Contrato que como ANEXO III (IF-2017-35552771-APN-MM) integra el presente régimen de contrataciones, pudiendo en cada caso incorporarse cláusulas especiales adecuadas a la contratación que se propusiera.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Andrés Horacio Ibarra.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial.)
ANEXO I
(Anexo sustituido por art. 1° de la Resolución N° 398/2018 del Ministerio de Modernización B.O. 4/7/2018)
I- CONSULTOR
I.1. Principales funciones y tareas:
A- Liderar proyectos de consultoría en el campo profesional específico.
B- Planificar y ejecutar actividades de consultoría en un campo profesional especializado.
C- Armar propuestas estratégicas con contenido teórico y práctico para la obtención de resultados.
D- Armar un plan de trabajo que contenga entregables para la consecución exitosa del objetivo.
E- Diseñar indicadores para la medición de avances del proyecto.
F- Coordinar y dirigir el diagnóstico y la puesta en marcha de la implementación.
G- Asesorar en temáticas de su especialidad y generar mecanismos de transferencia de conocimiento.
I. 2. Requisitos específicos para la función:
A. Formación: Título universitario de grado correspondiente a carrera afín, de duración no inferior a CUATRO (4) años.
B. Experiencia:
Nivel I: experiencia profesional pertinente hasta CINCO (5) años.
Nivel II: experiencia profesional pertinente superior a CINCO (5) años.
II- ASESOR
II. 1. Principales funciones y tareas:
A- Realizar un diagnóstico de situación teniendo en cuenta todas las variables.
B- Ejecutar actividades de consultoría y asesoramiento profesional. Siguiendo el plan de trabajo/estrategia establecida.
C- Efectuar el diseño detallado de procedimientos y sus manuales y/o documentación acordados y que son necesarios para la obtención de resultados.
D- Realizar relevamientos y análisis de información. E- Armar presentaciones de status de los proyectos.
F- Realizar el seguimiento de los indicadores de resultados de los proyectos.
G- Ejecutar trasferencia de conocimiento utilizando mecanismos establecidos previamente.
II. 2. Requisitos específicos para la función: A. Formación:
i. Título universitario de grado correspondiente a carrera afín, de duración no inferior a 4 años, ó
ii. Título universitario o terciario de carrera afín no inferior a TRES (3) años de duración, ó
iii. Título secundario y amplia experticia en su campo de especialización.
A efectos de acreditar la experticia en la materia, la autoridad superior del área que solicite la contratación deberá incorporar un informe circunstanciado de las aptitudes, habilidades, conocimientos, capacidades, antecedentes y experiencia laboral con que cuenta la persona cuyos servicios se propician contratar.
B. Experiencia:
Nivel I: experiencia laboral pertinente de hasta (5) años.
Nivel II: experiencia laboral pertinente superior a CINCO (5) años.
III- ASISTENTE
111.1. Principales funciones y tareas:
A- Asistir al equipo de consultores/asesores en la ejecución de actividades de consultoría.
B- Ayudar en el relevamiento y análisis de información.
C- Plasmar la información en base de datos.
D- Asistir al cuerpo de consultores en la elaboración de avances de presentaciones.
E- Elaborar minutas de reuniones de avance.
111.2. Requisitos específicos para la función:
A. Formación: título secundario.
B. Experiencia:
Nivel I: experiencia en tareas atinentes hasta TRES (3) años.
Nivel II: experiencia en tareas atinentes superior a TRES (3) años.
Resolución 729-E/2017
Reglamentación Decreto N° 1109/2017.
Ciudad de Buenos Aires, 28/12/2017
VISTO: el Expediente EX-2017-35443452-APN-DGAJ#MM del Registro del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias, el Decreto N° 1109 de fecha 28 de diciembre de 2017 y sus modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 13 del 10 de diciembre de 2015 se modificó la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias, creándose el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, con el propósito, entre otros, de diseñar, proponer y coordinar las políticas de transformación y modernización del Estado en las distintas áreas del Gobierno Nacional, su Administración central y descentralizada.
Que, entre las competencias asignadas al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, se encuentra la entender en el perfeccionamiento de la organización y funcionamiento de la Administración Pública Nacional Central y Descentralizada, procurando optimizar y coordinar los recursos humanos, técnicos, materiales y financieros con que cuenta. Que, en este contexto, por Decreto N° 1109 de fecha 28 de diciembre de 2017 se deroga a partir del 1° de enero de 2018 el Decreto N° 2345 del 30 de diciembre de 2008, sus modificatorios y sus normas complementarias.
Que por el artículo 2° del citado Decreto N° 1109/17 se dispuso que la relación contractual que vincule a las partes se regirá por las disposiciones del régimen aprobado por dicha norma, por las normas que se dicten en su consecuencia y por los contratos que a tal efecto se celebren, de acuerdo con el Modelo de Contrato que establezca la Autoridad de Aplicación pudiendo en cada caso incorporarse cláusulas especiales adecuadas a la contratación que se propusiera.
Que por el artículo 4° del Decreto N° 1109/17 se estableció que el régimen de contratación para personas humanas, con el objeto de la prestación de servicios profesionales autónomos que sean necesarios para el desarrollo de tareas, estudios, proyectos o programas especiales resultará de aplicación a la contratación de Consultores, Asesores o Asistentes.
Que el citado artículo 4° indica que los requisitos para acceder a tales funciones, las tareas correspondientes a cada una de ellas, así como los requisitos para los niveles que podrán revestir las mismas, serán determinados por la Autoridad de Aplicación, siendo, de acuerdo al artículo 12 del Decreto N° 1109/17, el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.
Que el artículo 6° del precitado Decreto establece que la Autoridad de Aplicación del mismo establecerá los distintos niveles de retribución, según lo dispuesto en el artículo 4°.
Que en este contexto se considera oportuno establecer los nuevos perfiles y el régimen retributivo según la función y experiencia de las personas humanas que presten servicios profesionales autónomos, propiciando un sistema de base igualitaria y transparente en la asignación del nivel de los honorarios, como así también aprobar el modelo de contrato que suscribirán dichos profesionales.
Que ha tomado la debida intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este MINISTERIO.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 23 octies del Decreto N° 513/17 y del artículo 12 del Decreto N° 1109/17.
Por ello,
EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébanse la descripción y los requisitos para cada función, correspondientes al régimen de contratación para personas humanas, con el objeto de la prestación de servicios profesionales autónomos que sean necesarios para el desarrollo de tareas, estudios, proyectos o programas especiales, los que como Anexo I (IF-2017-35552407-APN-MM) forman parte de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Establécense los rangos de retribución correspondientes al régimen de contratación para personas humanas, con el objeto de la prestación de servicios profesionales autónomos que sean necesarios para el desarrollo de tareas, estudios, proyectos o programas especiales que como Anexo II (IF-2017-35552654-APN-MM) forman parte integrante de la presente medida, según las funciones y niveles previstos en el artículo anterior.
ARTÍCULO 3°.- Apruébase el Modelo de Contrato que como ANEXO III (IF-2017-35552771-APN-MM) integra el presente régimen de contrataciones, pudiendo en cada caso incorporarse cláusulas especiales adecuadas a la contratación que se propusiera.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Andrés Horacio Ibarra.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.
e. 29/12/2017 N° 102108/17 v. 29/12/2017
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial.)
ANEXOS
ANEXO I
(Anexo sustituido por art. 1° de la Resolución N° 398/2018 del Ministerio de Modernización B.O. 4/7/2018)
I- CONSULTOR
I.1. Principales funciones y tareas:
A- Liderar proyectos de consultoría en el campo profesional específico.
B- Planificar y ejecutar actividades de consultoría en un campo profesional especializado.
C- Armar propuestas estratégicas con contenido teórico y práctico para la obtención de resultados.
D- Armar un plan de trabajo que contenga entregables para la consecución exitosa del objetivo.
E- Diseñar indicadores para la medición de avances del proyecto.
F- Coordinar y dirigir el diagnóstico y la puesta en marcha de la implementación.
G- Asesorar en temáticas de su especialidad y generar mecanismos de transferencia de conocimiento.
I. 2. Requisitos específicos para la función:
A. Formación: Título universitario de grado correspondiente a carrera afín, de duración no inferior a CUATRO (4) años.
B. Experiencia:
Nivel I: experiencia profesional pertinente hasta CINCO (5) años.
Nivel II: experiencia profesional pertinente superior a CINCO (5) años.
II- ASESOR
II. 1. Principales funciones y tareas:
A- Realizar un diagnóstico de situación teniendo en cuenta todas las variables.
B- Ejecutar actividades de consultoría y asesoramiento profesional. Siguiendo el plan de trabajo/estrategia establecida.
C- Efectuar el diseño detallado de procedimientos y sus manuales y/o documentación acordados y que son necesarios para la obtención de resultados.
D- Realizar relevamientos y análisis de información. E- Armar presentaciones de status de los proyectos.
F- Realizar el seguimiento de los indicadores de resultados de los proyectos.
G- Ejecutar trasferencia de conocimiento utilizando mecanismos establecidos previamente.
II. 2. Requisitos específicos para la función: A. Formación:
i. Título universitario de grado correspondiente a carrera afín, de duración no inferior a 4 años, ó
ii. Título universitario o terciario de carrera afín no inferior a TRES (3) años de duración, ó
iii. Título secundario y amplia experticia en su campo de especialización.
A efectos de acreditar la experticia en la materia, la autoridad superior del área que solicite la contratación deberá incorporar un informe circunstanciado de las aptitudes, habilidades, conocimientos, capacidades, antecedentes y experiencia laboral con que cuenta la persona cuyos servicios se propician contratar.
B. Experiencia:
Nivel I: experiencia laboral pertinente de hasta (5) años.
Nivel II: experiencia laboral pertinente superior a CINCO (5) años.
III- ASISTENTE
111.1. Principales funciones y tareas:
A- Asistir al equipo de consultores/asesores en la ejecución de actividades de consultoría.
B- Ayudar en el relevamiento y análisis de información.
C- Plasmar la información en base de datos.
D- Asistir al cuerpo de consultores en la elaboración de avances de presentaciones.
E- Elaborar minutas de reuniones de avance.
111.2. Requisitos específicos para la función:
A. Formación: título secundario.
B. Experiencia:
Nivel I: experiencia en tareas atinentes hasta TRES (3) años.
Nivel II: experiencia en tareas atinentes superior a TRES (3) años.
ANEXO II
(Anexo sustituido por art. 1° de la Resolución N° 109/2018 de la Secretaría de Gobierno de Modernización B.O. 14/12/2018)
ANEXO III
En la Ciudad de ............ a los ............ días del mes de ............ del año ............ se celebra el presente contrato de locación de servicios, (ad referéndum de Autoridad competente si correspondiere) entre la Administración Pública Nacional representada en este acto por............con domicilio en............de............ por una parte, y por la otra lo hace............constituyendo domicilio en............de............con Documento de Identidad N°............quien declara ser mayor de edad, de estado civil ............, de profesión............, de Nacionalidad............
El presente contrato de locación de servicios se encuadra en lo establecido por el artículo 64 de la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto N° 11.672 (t.o. 2005), y en el Decreto N° ............ y se conviene en un todo de acuerdo a los términos y condiciones particulares que seguidamente se enuncian:
1. OBJETO
El contratado prestará sus servicios de ............ de acuerdo con las condiciones generales, definición de resultados y cronograma de actividades y de avance que se detallan en el Anexo que también se suscribe y que forma parte integrante del presente.
La actividad a realizar por el contratado podrá sufrir modificaciones para ser adecuada a las variaciones que pueda experimentar el desarrollo de los objetivos para los que fue contratado y el mejor logro de éstos.
El contratado deberá mantener informado al (identificación del funcionario de reporte) sobre los aspectos referidos a la ejecución del presente contrato.
2. PRESUPUESTOS DE CONTRATACION
Las partes han tenido en mira a efectos de la celebración del presente acuerdo que:
a) No es intención ni se deriva del contrato, el establecimiento o la creación de una relación laboral de dependencia o una relación de principal y agente entre la contratante y el contratado, quedando entendido que el contratado es una persona independiente y autónoma en su relación con la contratante.
b) Los antecedentes profesionales del contratado, quien se obliga a realizar la prestación del servicio, poniendo en su ejecución la máxima diligencia y eficiencia y de conformidad con sanas prácticas profesionales. Deberá velar en todo momento, por proteger los intereses de la contratante y por no actuar en forma contraria a dichos intereses, adoptando todas cuantas medidas fueren razonables para la concreción de los servicios.
c) El contratado, sin perjuicio de la facultad de modificación otorgada a favor de la contratante, deberá respetar y encuadrar su conducta contractual dentro de los términos de referencia y las disposiciones legales que rigen esta contratación.
d) No está previsto ni autorizado ni resulta necesario conforme el objeto contractual, que el contratado, para el cumplimiento de este contrato, solicite el concurso de terceros. Si eventualmente lo hiciere, será responsable exclusivo por todos los reclamos de esas personas que tuvieren su origen en la circunstancia de su participación en el cumplimiento del presente contrato, o que estuvieren directa o indirectamente vinculados con esa circunstancia.
e) El contratado desvincula expresamente a la contratante de toda responsabilidad por reclamos de cualquier tipo por parte de terceros derivados de daños que pudieran ocasionarse con motivo del cumplimiento del presente contrato. Consecuentemente, responderá directamente, indemnizará o defenderá a su costa a la contratante en todos los juicios, reclamos, demandas y responsabilidades de toda naturaleza y especie, incluidas las costas y gastos que se deriven de actos u omisiones del contratado en el cumplimiento de cualquiera de los términos y condiciones del presente acuerdo.
f) La contratante, no asume responsabilidad alguna sobre los seguros de vida, enfermedad, accidentes de viajes u otros seguros que pudieran ser necesarios o convenientes a los fines del cumplimiento del presente contrato.
g) El contratado no tratará de obtener ni aceptará instrucciones de autoridades o personas ajenas a la contratante.
3. DURACION DEL CONTRATO
El servicio deberá realizarse dentro del plazo de ............ meses a partir del ............ finalizando en consecuencia el ............
Queda establecido que este contrato no importa una expectativa o derecho a prórroga a beneficio del contratado, pudiendo ser prorrogado o renovado únicamente de común acuerdo entre las partes mediante la suscripción de otro contrato. La continuación en la prestación de servicios, una vez operado el vencimiento del contrato, no importará en modo alguno la tácita reconducción del mismo, aun cuando las tareas fijadas en los términos de referencia excedan el plazo del presente contrato.
4. RETRIBUCION
El honorario total por todo concepto se ha convenido en PESOS............($............)
Forma de pago: En............pagos consecutivos, del primero el quinto día hábil del mes.
La persona contratada deberá presentar constancias del cumplimiento de los aportes previsionales y de las obligaciones impositivas que correspondan junto con la factura de los honorarios a percibir.
Se deja establecido que si la prestación a cargo de una de las partes se tornara excesivamente onerosa por acontecimientos extraordinarios e imprevisibles, la parte perjudicada podrá demandar la resolución de su contrato.
La otra parte podrá impedir la resolución ofreciendo mejorar equitativamente los efectos del contrato.
5. APORTES JUBILATORIOS Y PRESTACIONES MÉDICAS
El contratado manifiesta encontrarse incorporado al Sistema Previsional efectuando sus aportes a............
bajo el C.U.I.T. N°............en el cual efectúa y continuará efectuando sus aportes previsionales.
A tal fin declara que su actuación es independiente y autónoma, comprendida en las disposiciones de la Ley N° 24.241 y normas concordantes, cuyo puntual y estricto cumplimiento correrá por su cuenta exclusiva, como así también toda otra obligación derivada de la legislación impositiva y de seguridad social.
6. DERECHOS Y OBLIGACIONES
Los derechos y obligaciones del contratado serán exclusivamente los aquí previstos. Por consiguiente, no tendrá derecho a recibir de la Administración Pública Nacional ningún beneficio, prestación, compensación, indemnización u otro pago fuera de los estipulados expresamente en el presente y los previstos en el Decreto N°............
7. INTRANSFERIBILIDAD
A todos los efectos se entiende y así se acuerda que el presente contrato es intuitu personae, por lo que queda expresamente prohibida su cesión total o parcial, reservándose la contratante todos los derechos de accionar legalmente ante la violación de la presente obligación.
8. RESCISION
Cada una de las partes podrá, en todo momento, rescindir el presente notificando por escrito a la otra parte con TREINTA (30) días de anticipación.
En caso de incumplimiento de las obligaciones que se derivan del presente contrato por parte del contratado, la contratante podrá rescindirlo sin necesidad de notificarlo por anticipado.
9. DERECHO DE PROPIEDAD
Los derechos de propiedad de autor y de reproducción, así como cualquier otro derecho intelectual de cualquier naturaleza que sea, sobre cualquier informe, trabajo, estudio u obra producida como consecuencia de este contrato pertenecerán exclusivamente a la contratante.
10. INFORMACION NO PUBLICADA. CONFIDENCIAL
El contratado no podrá comunicar a persona alguna la información no publicada o de carácter confidencial de que haya tenido conocimiento, con motivo de la ejecución de sus obligaciones emanadas del presente contrato, salvo que así lo requiera su cometido o que la contratante lo hubiera autorizado expresamente para hacerlo.
Esta obligación de reserva o confidencialidad seguirá en vigor aún después del vencimiento del plazo de la rescisión o resolución del presente contrato, haciéndose responsable el contratado de los daños y perjuicios que pudiera irrogar la difusión de datos o informes no publicados.
11. DECLARACION
El contratado pondrá en conocimiento toda ocupación, empleo o actividad profesional pública o privada que haya ejercido o ejerza, aún encontrándose en goce de licencia de cualquier tipo, con el Estado Nacional, los Estados Provinciales, Municipales, Organismos Descentralizados y/u Organismos Internacionales, como así también los beneficios previsionales y de retiro que perciba. Esta declaración se hará con los alcances de Declaración Jurada.
De resultar falsa esta declaración o si tales actividades resultan incompatibles a juicio de la contratante, podrá ésta rescindir el presente contrato, sin derecho a indemnización o compensación alguna a favor del contratado, reservándose el derecho de accionar legalmente, si de tal violación pudiera surgir un daño o perjuicio.
12. SUSPENSION O INTERRUPCION DEL PROYECTO O PROGRAMA
Encontrándose esta contratación supeditada al desenvolvimiento o desarrollo del proyecto para el cual se lo efectuara, el contratado se aviene a que en caso de suspenderse o interrumpirse en forma total o parcial la continuación del proyecto o programa, en especial por falta de financiamiento del mismo, o cualquier otra causa, este contrato puede ser suspendido o directamente rescindido sin derecho a indemnización, en cuyo caso es de aplicación lo establecido en la Cláusula 8 de este contrato.
13. OBLIGACION FISCAL
El contratado no estará exento de ningún impuesto en virtud de este convenio y será de su exclusiva responsabilidad el pago de los impuestos con que se graven las sumas recibidas en virtud del presente contrato liberando expresamente a la contratante de toda obligación fiscal cuyo cumplimiento expreso sea ajeno a la misma.
14. COMPETENCIA
Para todo reclamo que pudiera derivarse de las previsiones del presente contrato las partes convienen que será competente el Fuero Contencioso Administrativo Federal con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ANEXO AL CONTRATO Debe incluirse:
-La denominación precisa de la función según lo establecido en el Anexo 1 del presente Régimen.
-Los Objetivos Generales y Específicos, las actividades y los resultados parciales y finales que se procuran obtener o alcanzar.
-El plazo y el cronograma del programa de trabajo a cumplimentar por el contratado que deberá incluir la dedicación horaria de la prestación de servicios acordada.
-La vinculación expresa de los títulos de educación formal de la persona a contratar y suexperiencia acreditada con relación al objeto del contrato.
ANEXO IV.
(Anexo sustituido por art. 3° de la Resolución N° 398/2018 del Ministerio de Modernización B.O. 4/7/2018)
FUNCIONES DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN
I- CONSULTOR
1.1. Principales funciones y tareas:
A. Liderar proyectos de consultoría en el campo profesional específico.
B. Planificar y ejecutar actividades de consultoría en un campo profesional especializado.
C. Armar propuestas estratégicas con contenido teórico y práctico para la obtención de resultados.
D. Armar un plan de trabajo que contenga entregables para la consecución exitosa del objetivo.
E. Diseñar indicadores para la medición de avances del proyecto.
F. Coordinar y dirigir el diagnóstico y la puesta en marcha de la implementación.
G. Asesorar en temáticas de su especialidad y generar mecanismos de transferencia de conocimiento.
1.2. Áreas de especialización:
A. PMI
B. Desarrollo: Seguridad IT, Telecomunicaciones, Arquitectura de Data Centers
C. Infraestructura: Plataformas de desarrollo, Bases de Datos y Arquitectura WEB
1.3. Requisitos específicos para la función:
A. Formación:
i. Título universitario de grado correspondiente a carrera afín, de duración no inferior a CUATRO (4) años, ó
ii. Título secundario y amplia experticia en su campo de especialización.
B. Experiencia:
Nivel I: experiencia profesional pertinente superior a TRES (3) años. Nivel II: experiencia profesional pertinente superior a CINCO (5) años.
II- ASESOR
II. 1. Principales funciones y tareas:
A. Realizar un diagnóstico de situación teniendo en cuenta todas las variables.
B. Ejecutar actividades de consultoría y asesoramiento profesional. Siguiendo el plan de trabajo/estrategia establecida.
C. Efectuar el diseño detallado de procedimientos y sus manuales y/o documentación acordados y que son necesarios para la obtención de resultados.
D. Realizar relevamientos y análisis de información.
E. Armar presentaciones de status de los proyectos.
F. Realizar el seguimiento de los indicadores de resultados de los proyectos.
G. Ejecutar trasferencia de conocimiento utilizando mecanismos establecidos previamente.
11.2. Áreas de especialización:
A. PM.
B. Desarrollo: Seguridad IT, Telecomunicaciones o Arquitectura de Data Centers
C. Infraestructura: Plataformas de desarrollo, Bases de Datos o Arquitectura WEB
11.3. Requisitos específicos para la función:
A. Formación:
i. Título universitario de grado correspondiente a carrera afín, de duración no inferior a CUATRO (4) años, ó
ii. Título universitario o terciario de carrera afín no inferior a TRES (3) años de duración, ó
iii. Título secundario y experticia en su campo de especialización.
B. Experiencia:
Nivel I: experiencia profesional pertinente superior a TRES (3) años. Nivel II: experiencia profesional pertinente superior a CINCO (5) años.
III- ASISTENTE
ASISTENTE OPERADOR
111.1. Principales funciones y tareas:
A. Ejecutar actividades asegurando el logro de los resultados comprometidos en el contrato.
B. Ayudar en el relevamiento y análisis de información
C. Ejecutar los programas de implementación de los trabajos asignados.
D. Realizar actividades de transferencia de conocimientos y técnicas al personal de contraparte y/o en el marco de los programas definidos por el Consultor/Asesor.
111.2. Áreas de especialización.
A. Desarrollo
B. Infraestructura
111.3. Requisitos específicos para la función: A. Formación:
i. Título terciario ó
ii. Tecnicatura afín ó
iii. Título secundario y experticia en la materia. B. Experiencia:
Nivel II: experiencia en tareas atinentes superior TRES (3) años.
ASISTENTE COLABORADOR
111.4. Principales funciones y tareas:
A. Asistir al equipo de consultores/asesores en la ejecución de actividades de consultoría.
B. Ayudar en el relevamiento y análisis de información.
C. Plasmar la información en base de datos.
D. Asistir al cuerpo de consultores en la elaboración de avances de presentaciones.
E. Elaborar minutas de reuniones de avance.
F. Realizar tareas de apoyo técnico y de asistencia técnica global.
111.5. Áreas de especialización.
A. Desarrollo
B. Infraestructura
111.6. Requisitos específicos para la función:
A. Formación:
i. Tecnicatura afín ó
ii. Título secundario y experticia en la materia.
B. Experiencia: Nivel I: experiencia en tareas atinentes superior TRES (3)
REQUISITOS ESPECIFICOS: EXPERTICIA
Quienes no posean la formación académica señalada precedentemente deberán poseer experticia en el campo de su especialización. A tales efectos, se considera experticia: CONSULTOR
CONSULTOR PMI: poseer experiencia en el seguimiento y gestión de varios proyectos desarrollados en paralelo por grupos de trabajo que cooperan en la definición de soluciones de Seguridad IT, Telecomunicaciones y Centros de Datos, que deben integrarse e interoperar conformando una solución mayor; dominio de técnicas PM (Admin. De Proyectos); experiencia en la distribución de tareas, la asignación de plazos en función de los tiempos de entrega y costos asociados al proyecto, y en el uso de metodologías de documentación y seguimiento (PERT y GANTT]]
CONSULTOR SEGURIDAD IT: dominio de las usos y ventajas de las distintas tecnologías que aplican a la seguridad en el acceso a los datos en un centro de datos tales como distintos tipos de firewalls -UTM, WAF, etc., IPS, IDS, y appliances integradores de seguridad; dominio de las tecnologías que aseguran la autenticidad y no repudio de operaciones realizadas sobre datos críticos, tales como la infraestructura PKI de Firma Digital
TELECOMUNICACIONES: dominio de técnicas de administración de proyectos para el liderazgo de grupos de trabajo que cooperen en el relevamiento y análisis de los sistemas de comunicaciones necesarios (internos y externos], sus funcionalidades y arquitectura generales.
CONSULTOR ARQUITECTURA DE DATA CENTERS: poseer dominio de técnicas administración de proyectos para el liderazgo de grupos de trabajo que cooperen en el estudio y análisis de los parámetros de rendimiento, escalabilidad, disponibilidad, factibilidad y capacidad de un centro de datos.
CONSULTOR PLATAFORMAS DE DESARROLLO: poseer dominio de metodologías ágiles de desarrollo, y experiencia en el seguimiento, interoperabilidad e integración de varios proyectos producidos por grupos de desarrollo. Asimismo debe contar con experiencia en trabajo con grupos de desarrollo, en la distribución de tareas y la asignación de tiempos de desarrollo en función de los tiempos de entrega y costos asociados al proyecto, en el uso de metodologías de documentación y seguimiento (PERT y GANTT], en el uso e implementación de metodologías para la estimación, detección y corrección de bugs, y metodologías para estimar la calidad de la solución desarrollada (bugs corregidos/bugs totales estimados] CONSULTOR BASES DE DATOS: poseer experiencia en el uso de metodologías para el testeo de plataformas WEB con acceso a BD relacionales, no estructuradas y/o documentales, con el objeto de detectar cuellos de botella, aplicar ajustes y optimizar el rendimiento en el acceso desde los distintos puntos de ingreso de la solución; en el uso de herramientas de análisis de vulnerabilidades, con el objeto de evaluar la seguridad en el acceso a la BD desde el usuario final, la web o las apps móviles y aplicar posibles correcciones o ajustes para su mejora. ASESOR
PM: tener dominio de técnicas de administración de proyectos; experiencia en la distribución de tareas, la asignación de plazos en función de los tiempos de entrega y costos asociados al proyecto, y en el uso de metodologías de documentación y seguimiento (PERT y GANTT]]
ASESOR SEGURIDAD IT: capacidad de diseñar y dimensionar según proyecto, las distintas tecnologías que aplican a la seguridad en el acceso a los datos en un centro de datos, tales como firewalls, IPS, IDS, y appliances integradores de seguridad, justificando técnicamente su uso y su elección. Diseño y dimensionamiento según proyecto de los sistemas que aseguran la autenticidad y no repudio de operaciones realizadas sobre datos críticos, tales como la infraestructura PKI de Firma Digital.
Asimismo, deberá poseer dominio de los usos y ventajas de las distintas tecnologías que aplican a la seguridad en el acceso a los datos en un centro de datos y appliances integradores de seguridad; dominio de las tecnologías que aseguran la autenticidad y no repudio de operaciones realizadas sobre datos críticos.
ASESOR TELECOMUNICACIONES: Diseño y dimensionamiento de los Enlaces PaP, MPLS, Accesos a Internet, sistemas autónomos Multihommed, etc. que sean necesarios para llevar a cabo el proyecto. Diseño y dimensionamiento de cableado en FO y UTP, y protocolos asociados. Diseño y dimensionamiento de soluciones de Voz sobre IP, incluyendo asimismo los requisitos mínimos del equipamiento de red subyacente, de los enlaces externos para el caso de soluciones distribuidas, y diseño/dimensionamiento de los servicios asociados según requerimientos del proyecto
Asimismo, deberá poseer dominio y capacidad de especificar las características técnico funcionales de Enlaces PaP, MPLS, Accesos a Internet, sistemas autónomos Multihommed; dominio de instalaciones en FO y UTP, protocolos TCP/IP, y tramas Ethernet; dominio y capacidad de especificar en forma técnico funcional las características de una solución de Voz sobre IP, los requisitos mínimos del equipamiento de red subyacente, de los enlaces externos para el caso de soluciones distribuidas, y los servicios asociados.
ASESOR ARQUITECTURA DE DATA CENTERS: Diseño y dimensionamiento de los equipos de ITC de un centro de datos, con capacidad de realizar un análisis que permita definir la arquitectura óptima para la implementación de las aplicaciones y las BD que requiere el proyecto, así como la disponibilidad necesaria según análisis de riesgos y criticidad, el almacenamiento y rendimiento según especificación de la capacidad y tiempos de respuesta necesarios, y la escalabilidad según análisis histórico de volumen de datos y carga de procesamiento. El asesor debe ser capaz de justificar técnicamente cada una de los dimensionamientos y decisiones que resuelva adoptar en la elección de cada opción Asimismo, el asesor debe ser capaz de confeccionar las especificaciones técnicas de los sistemas de alimentación eléctrica no interrumpible (UPS), del sistema de racks, de los sistemas de Networking, de los servidores y su configuración, de los sistemas de almacenamiento (SAN/NAS), y de los sistemas de resguardo y recuperación; debe ser capaz, de justificar técnicamente cada una de las decisiones que resuelva adoptar en la elección de cada opción.
ASESOR PLATAFORMAS DE DESARROLLO: poseer dominio de los framework .NET y JAVA; tener capacidad de evaluar las ventajas y desventajas de cada plataforma según requerimientos funcionales del proyecto. Análisis y redacción de la justificación técnica. ASESOR BASES DE DATOS: poseer dominio de plataformas de BD relacionales, no estructuradas y/o documentales y sus entornos de aplicación; tener capacidad de definir el tipo más conveniente en función de los requerimientos funcionales de un proyecto, y la plataforma web que se esté usando; dominio de las arquitecturas necesarias para garantizar un acceso seguro a la BD desde la web o apps móviles.
ASESOR ARQUITECTURA WEB: poseer dominio de las ventajas y desventajas de las distintas plataformas de desarrollo web existentes, sean open o comerciales; dominio del impacto que producen en el desarrollo de un sitio web, en la escalabilidad, la portabilidad, en el acceso desde apps móviles, la accesibilidad, los tiempos de desarrollo, y la fuerza de trabajo necesaria; y dominio de los métodos de estimación de tiempos de desarrollo y de la fuerza de trabajo en función de la complejidad de un proyecto.
ASISTENTE
ASISTENTE OPERADOR
INFRAESTRUCTURA: poseer conocimientos en administración de redes (configuración de elementos de networking tales como routers, switches, equipos de seguridad, etc.), administración de dominios y usuarios de red, administración de resguardo y reposición de datos, con capacidad de operar y administrar los medios de almacenamiento, ampliación de equipamiento (agregado de discos, módulos de memoria, placas de red, etc.). Conocimientos para crear, copiar, y modificar máquinas virtuales (VMs) dentro de un hipervisor). DESARROLLO: poseer conocimientos en el desarrollo de código en base a un diseño funcional, manejo de diseños y lenguajes OO, desarrollo y uso de web services, desarrollo de aplicaciones para dispositivos móviles, testeo de aplicaciones con detección y documentación de bugs, administración de bases de datos (crear tablas, consultas SQL, etc.), manejo de HTML, XML y lenguajes de scripting web. ASISTENTE COLABORADOR
INFRAESTRUCTURA: tener experiencia en instalación de cableado estructurado (racks, bocas, patchcords, y demás elementos pasivos y elementos activos tales como switches, routers, servidores, etc.)
DESARROLLO: tener experiencia en instalación y configuración de software de base (sistemas operativos, servidores web, entornos de desarrollo, actualizaciones de aplicativos en PCs, etc.).
La autoridad superior del área que solicite la contratación deberá incorporar un informe circunstanciado de las aptitudes, habilidades, conocimientos, capacidades, antecedentes y experiencia laboral con que cuenta la persona cuyos servicios se propician contratar.
(Anexo sustituido por art. 3° de la Resolución N° 398/2018 del Ministerio de Modernización B.O. 4/7/2018)
FUNCIONES DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN
I- CONSULTOR
1.1. Principales funciones y tareas:
A. Liderar proyectos de consultoría en el campo profesional específico.
B. Planificar y ejecutar actividades de consultoría en un campo profesional especializado.
C. Armar propuestas estratégicas con contenido teórico y práctico para la obtención de resultados.
D. Armar un plan de trabajo que contenga entregables para la consecución exitosa del objetivo.
E. Diseñar indicadores para la medición de avances del proyecto.
F. Coordinar y dirigir el diagnóstico y la puesta en marcha de la implementación.
G. Asesorar en temáticas de su especialidad y generar mecanismos de transferencia de conocimiento.
1.2. Áreas de especialización:
A. PMI
B. Desarrollo: Seguridad IT, Telecomunicaciones, Arquitectura de Data Centers
C. Infraestructura: Plataformas de desarrollo, Bases de Datos y Arquitectura WEB
1.3. Requisitos específicos para la función:
A. Formación:
i. Título universitario de grado correspondiente a carrera afín, de duración no inferior a CUATRO (4) años, ó
ii. Título secundario y amplia experticia en su campo de especialización.
B. Experiencia:
Nivel I: experiencia profesional pertinente superior a TRES (3) años. Nivel II: experiencia profesional pertinente superior a CINCO (5) años.
II- ASESOR
II. 1. Principales funciones y tareas:
A. Realizar un diagnóstico de situación teniendo en cuenta todas las variables.
B. Ejecutar actividades de consultoría y asesoramiento profesional. Siguiendo el plan de trabajo/estrategia establecida.
C. Efectuar el diseño detallado de procedimientos y sus manuales y/o documentación acordados y que son necesarios para la obtención de resultados.
D. Realizar relevamientos y análisis de información.
E. Armar presentaciones de status de los proyectos.
F. Realizar el seguimiento de los indicadores de resultados de los proyectos.
G. Ejecutar trasferencia de conocimiento utilizando mecanismos establecidos previamente.
11.2. Áreas de especialización:
A. PM.
B. Desarrollo: Seguridad IT, Telecomunicaciones o Arquitectura de Data Centers
C. Infraestructura: Plataformas de desarrollo, Bases de Datos o Arquitectura WEB
11.3. Requisitos específicos para la función:
A. Formación:
i. Título universitario de grado correspondiente a carrera afín, de duración no inferior a CUATRO (4) años, ó
ii. Título universitario o terciario de carrera afín no inferior a TRES (3) años de duración, ó
iii. Título secundario y experticia en su campo de especialización.
B. Experiencia:
Nivel I: experiencia profesional pertinente superior a TRES (3) años. Nivel II: experiencia profesional pertinente superior a CINCO (5) años.
III- ASISTENTE
ASISTENTE OPERADOR
111.1. Principales funciones y tareas:
A. Ejecutar actividades asegurando el logro de los resultados comprometidos en el contrato.
B. Ayudar en el relevamiento y análisis de información
C. Ejecutar los programas de implementación de los trabajos asignados.
D. Realizar actividades de transferencia de conocimientos y técnicas al personal de contraparte y/o en el marco de los programas definidos por el Consultor/Asesor.
111.2. Áreas de especialización.
A. Desarrollo
B. Infraestructura
111.3. Requisitos específicos para la función: A. Formación:
i. Título terciario ó
ii. Tecnicatura afín ó
iii. Título secundario y experticia en la materia. B. Experiencia:
Nivel II: experiencia en tareas atinentes superior TRES (3) años.
ASISTENTE COLABORADOR
111.4. Principales funciones y tareas:
A. Asistir al equipo de consultores/asesores en la ejecución de actividades de consultoría.
B. Ayudar en el relevamiento y análisis de información.
C. Plasmar la información en base de datos.
D. Asistir al cuerpo de consultores en la elaboración de avances de presentaciones.
E. Elaborar minutas de reuniones de avance.
F. Realizar tareas de apoyo técnico y de asistencia técnica global.
111.5. Áreas de especialización.
A. Desarrollo
B. Infraestructura
111.6. Requisitos específicos para la función:
A. Formación:
i. Tecnicatura afín ó
ii. Título secundario y experticia en la materia.
B. Experiencia: Nivel I: experiencia en tareas atinentes superior TRES (3)
REQUISITOS ESPECIFICOS: EXPERTICIA
Quienes no posean la formación académica señalada precedentemente deberán poseer experticia en el campo de su especialización. A tales efectos, se considera experticia: CONSULTOR
CONSULTOR PMI: poseer experiencia en el seguimiento y gestión de varios proyectos desarrollados en paralelo por grupos de trabajo que cooperan en la definición de soluciones de Seguridad IT, Telecomunicaciones y Centros de Datos, que deben integrarse e interoperar conformando una solución mayor; dominio de técnicas PM (Admin. De Proyectos); experiencia en la distribución de tareas, la asignación de plazos en función de los tiempos de entrega y costos asociados al proyecto, y en el uso de metodologías de documentación y seguimiento (PERT y GANTT]]
CONSULTOR SEGURIDAD IT: dominio de las usos y ventajas de las distintas tecnologías que aplican a la seguridad en el acceso a los datos en un centro de datos tales como distintos tipos de firewalls -UTM, WAF, etc., IPS, IDS, y appliances integradores de seguridad; dominio de las tecnologías que aseguran la autenticidad y no repudio de operaciones realizadas sobre datos críticos, tales como la infraestructura PKI de Firma Digital
TELECOMUNICACIONES: dominio de técnicas de administración de proyectos para el liderazgo de grupos de trabajo que cooperen en el relevamiento y análisis de los sistemas de comunicaciones necesarios (internos y externos], sus funcionalidades y arquitectura generales.
CONSULTOR ARQUITECTURA DE DATA CENTERS: poseer dominio de técnicas administración de proyectos para el liderazgo de grupos de trabajo que cooperen en el estudio y análisis de los parámetros de rendimiento, escalabilidad, disponibilidad, factibilidad y capacidad de un centro de datos.
CONSULTOR PLATAFORMAS DE DESARROLLO: poseer dominio de metodologías ágiles de desarrollo, y experiencia en el seguimiento, interoperabilidad e integración de varios proyectos producidos por grupos de desarrollo. Asimismo debe contar con experiencia en trabajo con grupos de desarrollo, en la distribución de tareas y la asignación de tiempos de desarrollo en función de los tiempos de entrega y costos asociados al proyecto, en el uso de metodologías de documentación y seguimiento (PERT y GANTT], en el uso e implementación de metodologías para la estimación, detección y corrección de bugs, y metodologías para estimar la calidad de la solución desarrollada (bugs corregidos/bugs totales estimados] CONSULTOR BASES DE DATOS: poseer experiencia en el uso de metodologías para el testeo de plataformas WEB con acceso a BD relacionales, no estructuradas y/o documentales, con el objeto de detectar cuellos de botella, aplicar ajustes y optimizar el rendimiento en el acceso desde los distintos puntos de ingreso de la solución; en el uso de herramientas de análisis de vulnerabilidades, con el objeto de evaluar la seguridad en el acceso a la BD desde el usuario final, la web o las apps móviles y aplicar posibles correcciones o ajustes para su mejora. ASESOR
PM: tener dominio de técnicas de administración de proyectos; experiencia en la distribución de tareas, la asignación de plazos en función de los tiempos de entrega y costos asociados al proyecto, y en el uso de metodologías de documentación y seguimiento (PERT y GANTT]]
ASESOR SEGURIDAD IT: capacidad de diseñar y dimensionar según proyecto, las distintas tecnologías que aplican a la seguridad en el acceso a los datos en un centro de datos, tales como firewalls, IPS, IDS, y appliances integradores de seguridad, justificando técnicamente su uso y su elección. Diseño y dimensionamiento según proyecto de los sistemas que aseguran la autenticidad y no repudio de operaciones realizadas sobre datos críticos, tales como la infraestructura PKI de Firma Digital.
Asimismo, deberá poseer dominio de los usos y ventajas de las distintas tecnologías que aplican a la seguridad en el acceso a los datos en un centro de datos y appliances integradores de seguridad; dominio de las tecnologías que aseguran la autenticidad y no repudio de operaciones realizadas sobre datos críticos.
ASESOR TELECOMUNICACIONES: Diseño y dimensionamiento de los Enlaces PaP, MPLS, Accesos a Internet, sistemas autónomos Multihommed, etc. que sean necesarios para llevar a cabo el proyecto. Diseño y dimensionamiento de cableado en FO y UTP, y protocolos asociados. Diseño y dimensionamiento de soluciones de Voz sobre IP, incluyendo asimismo los requisitos mínimos del equipamiento de red subyacente, de los enlaces externos para el caso de soluciones distribuidas, y diseño/dimensionamiento de los servicios asociados según requerimientos del proyecto
Asimismo, deberá poseer dominio y capacidad de especificar las características técnico funcionales de Enlaces PaP, MPLS, Accesos a Internet, sistemas autónomos Multihommed; dominio de instalaciones en FO y UTP, protocolos TCP/IP, y tramas Ethernet; dominio y capacidad de especificar en forma técnico funcional las características de una solución de Voz sobre IP, los requisitos mínimos del equipamiento de red subyacente, de los enlaces externos para el caso de soluciones distribuidas, y los servicios asociados.
ASESOR ARQUITECTURA DE DATA CENTERS: Diseño y dimensionamiento de los equipos de ITC de un centro de datos, con capacidad de realizar un análisis que permita definir la arquitectura óptima para la implementación de las aplicaciones y las BD que requiere el proyecto, así como la disponibilidad necesaria según análisis de riesgos y criticidad, el almacenamiento y rendimiento según especificación de la capacidad y tiempos de respuesta necesarios, y la escalabilidad según análisis histórico de volumen de datos y carga de procesamiento. El asesor debe ser capaz de justificar técnicamente cada una de los dimensionamientos y decisiones que resuelva adoptar en la elección de cada opción Asimismo, el asesor debe ser capaz de confeccionar las especificaciones técnicas de los sistemas de alimentación eléctrica no interrumpible (UPS), del sistema de racks, de los sistemas de Networking, de los servidores y su configuración, de los sistemas de almacenamiento (SAN/NAS), y de los sistemas de resguardo y recuperación; debe ser capaz, de justificar técnicamente cada una de las decisiones que resuelva adoptar en la elección de cada opción.
ASESOR PLATAFORMAS DE DESARROLLO: poseer dominio de los framework .NET y JAVA; tener capacidad de evaluar las ventajas y desventajas de cada plataforma según requerimientos funcionales del proyecto. Análisis y redacción de la justificación técnica. ASESOR BASES DE DATOS: poseer dominio de plataformas de BD relacionales, no estructuradas y/o documentales y sus entornos de aplicación; tener capacidad de definir el tipo más conveniente en función de los requerimientos funcionales de un proyecto, y la plataforma web que se esté usando; dominio de las arquitecturas necesarias para garantizar un acceso seguro a la BD desde la web o apps móviles.
ASESOR ARQUITECTURA WEB: poseer dominio de las ventajas y desventajas de las distintas plataformas de desarrollo web existentes, sean open o comerciales; dominio del impacto que producen en el desarrollo de un sitio web, en la escalabilidad, la portabilidad, en el acceso desde apps móviles, la accesibilidad, los tiempos de desarrollo, y la fuerza de trabajo necesaria; y dominio de los métodos de estimación de tiempos de desarrollo y de la fuerza de trabajo en función de la complejidad de un proyecto.
ASISTENTE
ASISTENTE OPERADOR
INFRAESTRUCTURA: poseer conocimientos en administración de redes (configuración de elementos de networking tales como routers, switches, equipos de seguridad, etc.), administración de dominios y usuarios de red, administración de resguardo y reposición de datos, con capacidad de operar y administrar los medios de almacenamiento, ampliación de equipamiento (agregado de discos, módulos de memoria, placas de red, etc.). Conocimientos para crear, copiar, y modificar máquinas virtuales (VMs) dentro de un hipervisor). DESARROLLO: poseer conocimientos en el desarrollo de código en base a un diseño funcional, manejo de diseños y lenguajes OO, desarrollo y uso de web services, desarrollo de aplicaciones para dispositivos móviles, testeo de aplicaciones con detección y documentación de bugs, administración de bases de datos (crear tablas, consultas SQL, etc.), manejo de HTML, XML y lenguajes de scripting web. ASISTENTE COLABORADOR
INFRAESTRUCTURA: tener experiencia en instalación de cableado estructurado (racks, bocas, patchcords, y demás elementos pasivos y elementos activos tales como switches, routers, servidores, etc.)
DESARROLLO: tener experiencia en instalación y configuración de software de base (sistemas operativos, servidores web, entornos de desarrollo, actualizaciones de aplicativos en PCs, etc.).
La autoridad superior del área que solicite la contratación deberá incorporar un informe circunstanciado de las aptitudes, habilidades, conocimientos, capacidades, antecedentes y experiencia laboral con que cuenta la persona cuyos servicios se propician contratar.
- Anexo II sustituido por art. 2° de la Resolución N° 398/2018 del Ministerio de Modernización B.O. 4/7/2018;
- Anexo IV incorporado por art. 3° de la Resolución N° 106/2018 del Ministerio de Modernización B.O. 4/5/2018.