Presidencia de la Nación

MINISTERIO DE AGRICULTURA GANADERIA Y PESCA


MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

Resolución 710/2012

Créase el Proyecto de Medición y Evaluación de Emisiones de Oxido Nitroso en la Agricultura.

Bs. As., 16/8/2012

VISTO el Expediente Nº S01:0068670/2012 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Nº 120 de fecha 15 de marzo de 2011 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA se ha creado el PROGRAMA AGRICULTURA INTELIGENTE (Al) en el ámbito del referido Ministerio.

Que entre los considerandos de dicha resolución se resalta la importancia que tendrán los aspectos vinculados con la sustentabilidad ambiental y productiva para poder aprovechar las oportunidades y afrontar los desafíos que en términos de inserción comercial de productos agroindustriales enfrentará nuestro país.

Que el PROGRAMA AGRICULTURA INTELIGENTE (Al) prevé el desarrollo de herramientas para anticipar amenazas comerciales, así como la promoción de nuevos proyectos.

Que actualmente está en vigor la Directiva 2009/28 CE del PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de fecha 23 de abril de 2009 que, por sus exigencias respecto del control de emisiones de gases de efecto invernadero, constituye una amenaza para la producción y exportación de determinados productos agroindustriales argentinos.

Que sin perjuicio de los avances conseguidos en materia de negociaciones agrícolas internacionales, es preciso generar información de base científica que posibilite la caracterización de los sistemas de producción agrícola locales en términos de los impactos ambientales que generan.

Que se hace necesario desarrollar una red de monitoreo de las emisiones de óxido nitroso, por ser éste uno de los principales Gases de Efecto Invernadero (GEI) producidos por los sistemas agrícolas extensivos que se desarrollan en la REPUBLICA ARGENTINA.

Que se requiere, a partir de los datos generados por la mencionada red, elaborar trabajos científicos que caractericen el comportamiento de los sistemas agrícolas argentinos desde esa perspectiva.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades otorgadas por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones.

Por ello,

EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
RESUELVE:

Artículo 1° — Créase el Proyecto de Medición y Evaluación de Emisiones de Oxido Nitroso en la Agricultura, en el ámbito de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, enmarcado en los objetivos y lineamientos del PROGRAMA AGRICULTURA INTELIGENTE (Al) creado por la Resolución Nº 120 de fecha 15 de marzo de 2011 del mencionado Ministerio.

Art. 2° — El Proyecto mencionado en el artículo 1° de la presente medida tiene como objetivo principal desarrollar un sistema de monitoreo de las emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEl) con énfasis en el óxido nitroso en sistemas productivos agrícolas.

Art. 3° — Asígnase la suma de hasta PESOS UN MILLON TRESCIENTOS MIL ($ 1.300.000.-) para implementar y ejecutar las acciones derivadas del citado Proyecto durante el año 2012, PESOS CIEN MIL ($ 100.000.-) para el año 2013 y PESOS CIEN MIL ($ 100.000.-) durante el año 2014, que se imputarán a los presupuestos que se aprueben para cada ejercicio en la JURISDICCION 52 - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, Fuente de Financiamiento 11 - Tesoro Nacional, inciso 5 - Transferencias.

Art. 4° — Encomiéndase a la Dirección Nacional de Producción Agrícola y Forestal dependiente de la SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la planificación, ejecución y coordinación de las actividades que se materialicen en el marco del Proyecto de Medición y Evaluación de Emisiones de Oxido Nitroso en la Agricultura.

Art. 5° — Invítase a las instituciones, universidades, fundaciones y demás entidades públicas y privadas que desarrollen actividades vinculadas con la temática a suscribir convenios específicos para participar de las actividades propuestas por el mencionado Proyecto.

Art. 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Norberto G. Yauhar.
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