Presidencia de la Nación

TRIBUNAL FISCAL DE LA NACION


TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN

Resolución 7/2021

RESOL-2021-7-APN-TFN#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 26/02/2021

VISTO la resolución N° 6 de fecha 25 de febrero de 2021 del Tribunal Fiscal de la Nación y,

CONSIDERANDO:

Que mediante la resolución citada en el visto se procedió a ampliar el tope de personal que podrá asistir a prestar trabajos en forma presencial al Tribunal Fiscal de la Nación.

Que, por un error material e involuntario, restó mencionar correctamente el Anexo de la resolución y que donde dice “IF-2020-xxxxxxxxx-APN-CG#TFN” debió decir “IF-2021-16715718-APN-TFN#MEC”.

Que, en virtud del error habido, corresponde sustituir el artículo 1° de la Resolución N° 6 de fecha 25 de febrero de 2021 del Tribunal Fiscal de la Nación.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas en el Artículo 158 de la Ley N° 11.683 y sus modificaciones.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el Artículo 1° de la Resolución N° 6 de fecha 25 de febrero de 2021 del Tribunal Fiscal de la Nación por el siguiente:

“ARTÍCULO 1°.- Sustituir el Anexo IF-2020-71149445-APN-CG#TFN de la Resolución N° 56 de fecha 21 de octubre de 2020 del Tribunal Fiscal de la Nación por el Anexo IF-2021-16715718-APN-TFN%MEC, que forma parte integrante de la siguiente resolución.”

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Ruben Alberto Marchevsky

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 02/03/2021 N° 10950/21 v. 02/03/2021

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)
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