MINISTERIO DE CULTURA
SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL
Resolución 7/2020
RESOL-2020-7-APN-SDC#MC
Ciudad de Buenos Aires, 15/05/2020
VISTO el Expediente Nº EX-2020-23834339- -APN-CGD#MECCYT, y la Resolución 2020-260-APN-MC y, CONSIDERANDO:
Que por medio de la Resolución citada en la presente se aprobó la creación del FONDO DESARROLLAR para la CONVOCATORIA NACIONAL PARA EL OTORGAMIENTO DE APOYO ECONÓMICO A ESPACIOS CULTURALES, con el objetivo de contribuir a la sostenibilidad de los espacios culturales y el trabajo cultural argentino.
Que se ha invitado a los espacios culturales con sede en todo el territorio nacional, a participar de la referida convocatoria promovida por el FONDO DESARROLLAR.
Que la misma se celebra dentro del conjunto de acciones federales que el PODER EJECUTIVO fomenta en el contexto de la emergencia sanitaria decretada mediante los DNU 260/2020 y 297/2020.
Que la convocatoria dio comienzo el día hábil inmediato posterior a la publicación del acto administrativo referenciado y se extenderá durante un período de treinta (30) días corridos, siendo su fecha límite el día 12 de mayo del corriente.
Que se ha tomado conocimiento de la existencia de una importante cantidad de postulantes a dicho emplazamiento en los tiempos transcurridos hasta la fecha.
Que en virtud del interés suscitado y las considerables postulaciones recibidas, resulta oportuno ejercer la mencionada facultad prorrogando por 8 (ocho) días la posibilidad de inscribirse en el presente llamamiento, siendo la fecha de cierre el día 20 de mayo del corriente.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención que le compete.
Que en la citada Resolución, en su artículo 4to. se designa como autoridad de aplicación e interpretación a la SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL y faculta a la misma para dictar las normas de carácter operativo y/o interpretativo que resulten necesarias para su implementación, con intervención de las áreas técnicas pertinentes dependientes de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA.
Que en igual sentido al punto anterior, el ANEXO 1ro de la Resolución 2020-260-APN-M establece específicamente, la competencia de esta Secretaría para prorrogar los plazos del llamado cuando resulte necesario para garantizar la amplitud y pluralidad de la convocatoria, mediante el dictado del acto administrativo pertinente, y acorde a las facultades y competencias otorgadas por el Decreto 50/19 y su modificatorio.
Por ello,
LA SECRETARIA DE DESARROLLO CULTURAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Dése por prorrogado el plazo de postulación para participar de la convocatoria del FONDO DESARROLLAR hasta el día 20 de mayo del corriente.
ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación, y cumplido, archívese. Maria Lucrecia Cardoso
SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL
Resolución 7/2020
RESOL-2020-7-APN-SDC#MC
Ciudad de Buenos Aires, 15/05/2020
VISTO el Expediente Nº EX-2020-23834339- -APN-CGD#MECCYT, y la Resolución 2020-260-APN-MC y, CONSIDERANDO:
Que por medio de la Resolución citada en la presente se aprobó la creación del FONDO DESARROLLAR para la CONVOCATORIA NACIONAL PARA EL OTORGAMIENTO DE APOYO ECONÓMICO A ESPACIOS CULTURALES, con el objetivo de contribuir a la sostenibilidad de los espacios culturales y el trabajo cultural argentino.
Que se ha invitado a los espacios culturales con sede en todo el territorio nacional, a participar de la referida convocatoria promovida por el FONDO DESARROLLAR.
Que la misma se celebra dentro del conjunto de acciones federales que el PODER EJECUTIVO fomenta en el contexto de la emergencia sanitaria decretada mediante los DNU 260/2020 y 297/2020.
Que la convocatoria dio comienzo el día hábil inmediato posterior a la publicación del acto administrativo referenciado y se extenderá durante un período de treinta (30) días corridos, siendo su fecha límite el día 12 de mayo del corriente.
Que se ha tomado conocimiento de la existencia de una importante cantidad de postulantes a dicho emplazamiento en los tiempos transcurridos hasta la fecha.
Que en virtud del interés suscitado y las considerables postulaciones recibidas, resulta oportuno ejercer la mencionada facultad prorrogando por 8 (ocho) días la posibilidad de inscribirse en el presente llamamiento, siendo la fecha de cierre el día 20 de mayo del corriente.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención que le compete.
Que en la citada Resolución, en su artículo 4to. se designa como autoridad de aplicación e interpretación a la SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL y faculta a la misma para dictar las normas de carácter operativo y/o interpretativo que resulten necesarias para su implementación, con intervención de las áreas técnicas pertinentes dependientes de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA.
Que en igual sentido al punto anterior, el ANEXO 1ro de la Resolución 2020-260-APN-M establece específicamente, la competencia de esta Secretaría para prorrogar los plazos del llamado cuando resulte necesario para garantizar la amplitud y pluralidad de la convocatoria, mediante el dictado del acto administrativo pertinente, y acorde a las facultades y competencias otorgadas por el Decreto 50/19 y su modificatorio.
Por ello,
LA SECRETARIA DE DESARROLLO CULTURAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Dése por prorrogado el plazo de postulación para participar de la convocatoria del FONDO DESARROLLAR hasta el día 20 de mayo del corriente.
ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación, y cumplido, archívese. Maria Lucrecia Cardoso
e. 16/05/2020 N° 20051/20 v. 16/05/2020