COMISION ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77
CUENTAS BANCARIAS - GASTOS - COMISIONES E IMPUESTOS
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
29-Abr-2016
Resumen:
CONSIDERAR A LOS FINES DEL ARTICULO 4° DEL CONVENIO MULTILATERAL, QUE LOS GASTOS, COMISIONES E IMPUESTOS DEVENGADOS, RELACIONADOS CON LA UTILIZACION DE CUENTAS BANCARIAS, SON SOPORTADOS POR LOS VENDEDORES O PRESTADORES DE SERVICIOS, TITULARES DE LAS MISMAS, EN LA JURISDICCION DONDE DICHAS CUENTAS SE ENCUENTRAN ABIERTAS.
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 1° DE LA RESOLUCION 41/2016 DE LA COMISION PLENARIA CONVENIO MULTILATERAL DEL 18/8/77, B.O. 16/12/2016, PAGINA 26.