Presidencia de la Nación

MINISTERIO DE MODERNIZACION


MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN

Resolución 699-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 28/12/2017

VISTO: el Expediente EX-2017-18923990-APN-DGAS#MM del Registro del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, la Ley de Ministerios N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438/92, y sus modificatorias, el Decreto N° 513 del 14 de julio de 2017, la Ley N° 27.078 sus modificatorias, el Decreto N° 632 del 10 de agosto de 2017 y el Decreto N° 1759 del 3 de abril de 1972, texto ordenado por Decreto 1883/91; y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 513 del 14 de julio de 2017 se modificó la Ley de Ministerios N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438/92 y modificatorias, derogándose el artículo 23 decies y transfiriéndose al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN las competencias del ex MINISTERIO DE COMUNICACIONES.

Que por el artículo 33 de la Ley N° 27.078 corresponde al Estado Nacional, a través del ex Ministerio de Comunicaciones, actual MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, la administración, gestión y control de los recursos órbita-espectro correspondientes a redes satelitales, de conformidad con los tratados internacionales suscriptos y ratificados por el Estado Argentino.

Que por Decreto N° 632 del 10 de agosto de 2017 se aprobó la conformación organizativa del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, estableciéndose los objetivos de la SECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de su SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO.

Que por artículo 8° del mencionado Decreto N°632/17, se establece que hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la medida en cuestión, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes de nivel inferior de la SECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de sus dependientes la SUBSECRETARÍA DE REGULACIÓN y la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO, las que transitoriamente mantendrán las acciones y dotaciones vigentes a la fecha con sus respectivos niveles, grados de revista previstos en el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y modificatorios.

Que por Decisión Administrativa N° 126 de fecha 26 de febrero de 2016 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES, creándose con dependencia de la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS SATELITALES que entiende en la tramitación de los pedidos de autorización para el uso e instalación de medios y sistemas satelitales.

Que el Artículo 2° del Reglamento de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto N° 1759/72, texto ordenado por Decreto N° 1883/91 faculta a los ministros a delegar sus facultades en sus inferiores jerárquicos.

Que en este contexto, y en función de optimizar las tareas del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, resulta oportuno y conveniente delegar en el Secretario de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y en el SUBSECRETARIO DE PLANEAMIENTO determinadas facultades que permitan la agilidad y eficiencia del organismo.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 513 del 14 de julio de 2017, la Ley de Ministerios N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438/92, y sus modificatorias y la Ley N° 27.078 sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Delégase en el señor SECRETARIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES las facultades de resolver las autorizaciones, registros, modificaciones y/o renovaciones de las estaciones radioeléctricas para los sistemas y servicios de las Estaciones Terrenas Maestras del Servicio Fijo por Satélite (SFS) y Servicio Móvil por Satélite (SMS).

ARTÍCULO 2°.- Deléganse en el señor SUBSECRETARIO DE PLANEAMIENTO de la SECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES las facultades de resolver el otorgamiento de las autorizaciones necesarias para el uso del Espectro Radioeléctrico en los siguientes sistemas y servicios; Servicio de Exploración de la Tierra por Satélite, Servicio Fijo por Satélite - Estaciones Remotas, Servicio Móvil Aeronáutico por Satélite, Servicio Móvil Aeronáutico (OR) por Satélite, Servicio Móvil Aeronáutico (R) por Satélite, así como las modificaciones y renovaciones de las mismas y Servicio Móvil por Satélite (SMS).

ARTÍCULO 3°.- Autorízase a los señores SECRETARIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y SUBSECREATARIO DE PLANEAMIENTO a subdelegar en los funcionario de sus dependencias que estimen procedente, las facultades conferidas por los artículos 1° y 2° de la presente medida.

ARTÍCULO 4°.- Las delegaciones establecidas por la presente resolución no implican la derogación o modificación de las delegaciones legales vigentes ni renuncia al derecho de avocación del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Andrés Horacio Ibarra.

e. 04/01/2018 N° 311/18 v. 04/01/2018
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