SECRETARÍA GENERAL
AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO
Resolución 69/2018
RESOL-2018-69-APN-ACUMAR#SGP
Ciudad de Buenos Aires, 16/11/2018
VISTO el Expediente EX-2018-14304261-APN-SG#ACUMAR, las Leyes N°26.168, el Decreto N°263/2018, la Resolución N°213/2018 del Ministerio de Modernización, la Resolución N°1/2018 de la Jefatura de Gabinete de Ministros, las Resoluciones Presidencia ACUMAR N°5/2017 y N°185/2018, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 26.168 creó la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO (ACUMAR) como ente de derecho público interjurisdiccional, con competencias en el área de la Cuenca Matanza Riachuelo en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los partidos de Lanús, Avellaneda, Lomas de Zamora, Esteban Echeverría, La Matanza, Ezeiza, Cañuelas, Almirante Brown, Morón, Merlo, Marcos Paz, Presidente Perón, San Vicente, y General Las Heras, de la Provincia de Buenos Aires.
Que la citada Ley de creación establece en su artículo 2° in fine que ACUMAR dictará sus reglamentos de organización interna y de operación.
Que mediante el Decreto N°263/2018, se aprobaron los planes de Retiro Voluntario para el personal que presta servicios en las Entidades y Jurisdicciones comprendidas en el artículo 8o inciso a) de la Ley N°24.156 y se encuentre comprendido en las previsiones de la Ley N° 25.164 revistando en la planta permanente, y aquellos cuya relación de empleo se rija por la Ley N°20.744 (t.o.1976) vinculados laboralmente a través de contratos de trabajo por tiempo indeterminado en los términos del artículo 90 y concordantes de la ley citada en último término.
Que el artículo 15 del Decreto mencionado invitó al Sector Público Nacional comprendido en los incisos b) y c) del artículo 8° y en el inciso a) del artículo 9° de la Ley N° 24.156 y sus modificatorias, a adherir a sus previsiones o adoptar regímenes de similares características que el que aquí se dispone.
Que en virtud de la invitación efectuada ACUMAR adhirió al Decreto mencionado mediante la Resolución Presidencia ACUMAR N° 185/2018.
Que el citado Decreto fue reglamentado por la Resolución N°213/2018 del Ministerio de Modernización, la cual estableció como fecha de finalización del Régimen de Retiro Voluntario el 31 de julio de 2018.
Que mediante la Resolución N°1/2018 de la Jefatura de Gabinete de Ministros, se extendió dicho plazo hasta el día 30 de noviembre de 2018.
Que, consultado al respecto, el Ministerio de Modernización, mediante NO-2018-51976466-APN-ONEP#JGM, manifestó que la autoridad máxima de ACUMAR se encuentra facultada para resolver la ampliación de la vigencia del Retiro Voluntario aprobado por el Decreto N° 263/2018, en los términos del artículo 1° de la Resolución N° 1/2018, en virtud de lo previsto en el artículo 15 del mencionado Decreto.
Que el CONSEJO DIRECTIVO de ACUMAR aprobó la presente medida e instruyó a la PRESIDENCIA de ACUMAR al dictado del acto administrativo correspondiente.
Que ha tomado intervención la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS de ACUMAR.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 26.168 y la Resolución Presidencia ACUMAR N°5/2017.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Ampliar hasta el 30 de noviembre de 2018 el plazo para poder manifestar la voluntad de adherirse a uno de los planes de Retiro Voluntario aprobados por el Decreto N° 263/2018, en el marco de lo establecido en la Resolución Presidencia ACUMAR N°185/2018.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Dorina Bonetti
AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO
Resolución 69/2018
RESOL-2018-69-APN-ACUMAR#SGP
Ciudad de Buenos Aires, 16/11/2018
VISTO el Expediente EX-2018-14304261-APN-SG#ACUMAR, las Leyes N°26.168, el Decreto N°263/2018, la Resolución N°213/2018 del Ministerio de Modernización, la Resolución N°1/2018 de la Jefatura de Gabinete de Ministros, las Resoluciones Presidencia ACUMAR N°5/2017 y N°185/2018, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 26.168 creó la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO (ACUMAR) como ente de derecho público interjurisdiccional, con competencias en el área de la Cuenca Matanza Riachuelo en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los partidos de Lanús, Avellaneda, Lomas de Zamora, Esteban Echeverría, La Matanza, Ezeiza, Cañuelas, Almirante Brown, Morón, Merlo, Marcos Paz, Presidente Perón, San Vicente, y General Las Heras, de la Provincia de Buenos Aires.
Que la citada Ley de creación establece en su artículo 2° in fine que ACUMAR dictará sus reglamentos de organización interna y de operación.
Que mediante el Decreto N°263/2018, se aprobaron los planes de Retiro Voluntario para el personal que presta servicios en las Entidades y Jurisdicciones comprendidas en el artículo 8o inciso a) de la Ley N°24.156 y se encuentre comprendido en las previsiones de la Ley N° 25.164 revistando en la planta permanente, y aquellos cuya relación de empleo se rija por la Ley N°20.744 (t.o.1976) vinculados laboralmente a través de contratos de trabajo por tiempo indeterminado en los términos del artículo 90 y concordantes de la ley citada en último término.
Que el artículo 15 del Decreto mencionado invitó al Sector Público Nacional comprendido en los incisos b) y c) del artículo 8° y en el inciso a) del artículo 9° de la Ley N° 24.156 y sus modificatorias, a adherir a sus previsiones o adoptar regímenes de similares características que el que aquí se dispone.
Que en virtud de la invitación efectuada ACUMAR adhirió al Decreto mencionado mediante la Resolución Presidencia ACUMAR N° 185/2018.
Que el citado Decreto fue reglamentado por la Resolución N°213/2018 del Ministerio de Modernización, la cual estableció como fecha de finalización del Régimen de Retiro Voluntario el 31 de julio de 2018.
Que mediante la Resolución N°1/2018 de la Jefatura de Gabinete de Ministros, se extendió dicho plazo hasta el día 30 de noviembre de 2018.
Que, consultado al respecto, el Ministerio de Modernización, mediante NO-2018-51976466-APN-ONEP#JGM, manifestó que la autoridad máxima de ACUMAR se encuentra facultada para resolver la ampliación de la vigencia del Retiro Voluntario aprobado por el Decreto N° 263/2018, en los términos del artículo 1° de la Resolución N° 1/2018, en virtud de lo previsto en el artículo 15 del mencionado Decreto.
Que el CONSEJO DIRECTIVO de ACUMAR aprobó la presente medida e instruyó a la PRESIDENCIA de ACUMAR al dictado del acto administrativo correspondiente.
Que ha tomado intervención la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS de ACUMAR.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 26.168 y la Resolución Presidencia ACUMAR N°5/2017.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Ampliar hasta el 30 de noviembre de 2018 el plazo para poder manifestar la voluntad de adherirse a uno de los planes de Retiro Voluntario aprobados por el Decreto N° 263/2018, en el marco de lo establecido en la Resolución Presidencia ACUMAR N°185/2018.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Dorina Bonetti
e. 20/11/2018 N° 88119/18 v. 20/11/2018