Presidencia de la Nación

MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION


Ministerio de Economía y Producción

PRESUPUESTO

Resolución 661/2008

Modifícase la Planilla Anexa al Artículo 50 de la Ley Nº 26.337 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2008.

Bs. As., 25/11/2008

VISTO el Expediente Nº S01:0465532/2008 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Ley Nº 26.337 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2008, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 50 de la Ley Nº 26.337 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2008, el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION fijó en PESOS TRES MIL OCHOCIENTOS MILLONES ($ 3.800.000.000) el importe máximo de colocación de Bonos de Consolidación y de Bonos de Consolidación de Deudas Previsionales, para el pago de las obligaciones contempladas en el Artículo 2º, inciso f) de la Ley Nº 25.152, las alcanzadas por el Decreto Nº 1318 de fecha 6 de noviembre de 1998 y las referidas en el Artículo 100 de la Ley Nº 11.672 – Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2005), por los importes que en cada caso se indican en la Planilla Anexa al citado artículo.

Que de acuerdo con las colocaciones efectuadas hasta la fecha por los distintos conceptos y totales asignados a cada uno de ellos, se observa que la partida "Artículo 7º Ley Nº 23.982 incisos b) y c)", la partida "Artículo 7º Ley Nº 23.982 incisos d), e) y g)" y la partida "Sentencias Judiciales ex agentes de YPF", carecen de saldos suficientes para cancelar los pedidos de colocación de bonos ya recibidos, como así también los que ingresen en lo que resta del año.

Que la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, organismo descentralizado del ámbito de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL, dependiente del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, el INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA EL PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES, organismo dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA y la CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES de la POLICIA FEDERAL, organismo dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, han informado que los montos autorizados a esos organismos en la Planilla Anexa al Artículo 50 de la Ley Nº 26.337 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2008, no serán utilizados en su totalidad, por lo cual se puede disponer de la suma de PESOS SETECIENTOS VEINTE MILLONES ($720.000.000), PESOS CIENTO TREINTA MILLONES ($130.000.000) y PESOS CIENTO OCHENTA MILLONES ($180.000.000), respectivamente.

Que en función de lo indicado en el considerando precedente, existen UN MIL TREINTA MILLONES ($1.030.000.000), que se liberan para ser aplicados a la partida "Artículo 7º Ley Nº 23.982 incisos b) y c)", la partida "Artículo 7º Ley Nº 23.982 incisos d), e) y g)" y la partida "Sentencias Judiciales ex agentes de YPF", como así también al resto de la partidas que componen la misma planilla, a efectos de reforzar los saldos disponibles, para atender los pedidos ya ingresados y pendientes de cancelación por estos conceptos, así como los que ingresen hasta la finalización del corriente ejercicio fiscal.

Que la modificación propuesta no altera el monto total a que se refiere el Artículo 50 de la Ley Nº 26.337 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2008.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de la facultad prevista en el tercer párrafo del Artículo 50 de la Ley Nº 26.337 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2008.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

RESUELVE:

Artículo 1º — Modifícase la Planilla Anexa al Artículo 50 de la Ley Nº 26.337 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2008, de acuerdo al Anexo de la presente resolución.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos R. Fernández

ANEXO

CAPITULO III

COLOCACION DE BONOS DE CONSOLIDACION DE DEUDAS

(En millones de Pesos)

CONCEPTO

TOTAL

Instituto de Ayuda Financiera para el Pago de Retiros y Pensiones Militares

470

Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina

91

Servicio Penitenciario Federal, Gendarmería Nacional y Prefectura Naval Argentina

335

Administración Nacional de la Seguridad Social

183

Artículo 7º de la Ley Nº 23.982, Incisos b) y c)

1.522

Artículo 7º de la Ley Nº 23.982, Incisos d), e) y g)

138

Artículo 7º de la Ley Nº 23.982, Inciso h)

302

Otras deudas que se cancelan mediante la entrega de Bonos de Consolidación

138

Beneficiarios de Leyes Nº 24.411; Nº 24.043; Nº 25.192 y Nº 25.471

421

Sentencias judiciales ex agentes de Yacimientos Petrolíferos Fiscales (YPF)

200

TOTAL

3.800

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