TRANSPORTE POR AUTOMOTOR DE PASAJEROS
TIPO DE BOLETO MINIMO - ESTABLECESE
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
21-Dic-2012
Resumen:
APLIQUESE, CON CADA MODIFICACION DE TARIFA, PARA LAS INFRACCIONES Y SANCIONES DEL DECRETO NRO. 253/95 Y SUS MODIFICATORIAS, Y ANUALMENTE PARA LA TASA NACIONAL DE FISCALIZACION DEL TRANSPORTE, SEGUN EL ARTICULO 9º DE LA LEY NRO. 17.233; EL PRECIO MINIMO DE LA TARIFA SIN SUBE, COMO VALOR UNITARIO POR CADA BOLETO MINIMO NORMADO Y HASTA TANTO LA AUTORIDAD COMPETENTE ESTABLEZCA LOS NUEVOS VALORES TARIFARIOS.