Presidencia de la Nación

SECRETARIA DE HACIENDA


Secretaría de Hacienda

FONDO FEDERAL SOLIDARIO

Resolución 65/2009

Adhesión de todas las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a las disposiciones contenidas en el Decreto Nº 206/09.

Bs. As., 6/4/2009

VISTO el Expediente Nº S01:0124051/2009 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, los Decretos Nros. 206 de fecha 19 de marzo de 2009, 243 de fecha 26 de marzo de 2009 y la Resolución Conjunta Nº 157 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, Nº 20 del MINISTERIO DEL INTERIOR y Nº 313 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS de fecha 27 de marzo de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que, por el Decreto Nº 206 de fecha 19 de marzo de 2009, se creó el FONDO FEDERAL SOLIDARIO con el objeto de financiar obras que contribuyan a la mejora de la infraestructura sanitaria, educativa, hospitalaria, de vivienda o vial en ámbitos urbanos o rurales.

Que los Artículos 3º y 6º de la norma citada precedentemente establecen que el Fondo será distribuido entre las Jurisdicciones que hubieren adherido.

Que el Artículo 4º del Decreto Nº 243 de fecha 26 de marzo de 2009 determina que las Provincias y la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES que expresen su voluntad de adherir a las disposiciones contenidas en el Decreto Nº 206/09, deberán hacerlo mediante la norma jurisdiccional procedente que así lo disponga.

Que a la fecha todas las Provincias y la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES han manifestado su adhesión al decreto de creación del FONDO FEDERAL SOLIDARIO.

Que el Artículo 4º del Decreto Nº 243/09 establece que las normas de adhesión tendrán efecto a los fines de la distribución del Fondo, a partir de la fecha de publicación en el respectivo Boletín Oficial.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo establecido en el Artículo 3º del Decreto Nº 243/09 y en el Artículo 1º de la Resolución Conjunta Nº 157 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, Nº 20 del MINISTERIO DEL INTERIOR y Nº 313 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Por ello,

EL SECRETARIO DE HACIENDA

RESUELVE:

Artículo 1º — Téngase por adheridas al FONDO FEDERAL SOLIDARIO creado por el Decreto Nº 206 de fecha 19 de marzo de 2009 a todas las Provincias y a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, en las fechas que se detallan en el Anexo, que forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan C. Pezoa.

ANEXO

Jurisdicción

Fecha de adhesión

Buenos Aires

01/04/09

Ciudad Autónoma de Buenos Aires

03/04/09

Catamarca

27/03/09

Córdoba

01/04/09

Corrientes

30/03/09

Chaco

01/04/09

Chubut

03/04/09

Entre Ríos

30/03/09

Formosa

27/03/09

Jujuy

27/03/09

La Pampa

27/03/09

La Rioja

27/03/09

Mendoza

27/03/09

Misiones

30/03/09

Neuquén

31/03/09

Río Negro

02/04/09

Salta

26/03/09

San Juan

25/03/09

San Luis

01/04/09

Santa Cruz

01/04/09

Santa Fe

31/03/09

Santiago del Estero

26/03/09

Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur

27/03/09

Tucumán

27/03/09

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